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Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica. Autorización de acceso para empresas y autónomos cuya actividad se ejerza en un local u oficina de la zona

Aviso a los comerciantes y establecimientos

Aviso a los comerciantes y establecimientos: Las personas jurídicas deberán llevar a cabo sus trámites y gestiones a través de la Sede electrónica.

Información

Descripción

Hasta el 31 de diciembre de 2024, las empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica podrán dar de alta un único vehículo turismo con clasificación ambiental A (y, por tanto, sin distintivo ambiental), que podrán modificar hasta dos veces en cada mes natural, cuyo acceso resulte imprescindible para el adecuado desarrollo de su actividad.

En cumplimiento del artículo 22.6 y de la disposición transitoria primera de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, los turismos con categoría ambiental A que a 1 de enero de 2022 no se encontraban domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurasen de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior, no podrán obtener o mantener la autorización de acceso a la ZBEDEP Plaza Elíptica a partir del 1 de enero de 2024.

En cualquier caso, el establecimiento de un período de aviso en Madrid Zona de Bajas Emisiones, no será de aplicación a la ZBEDEP Plaza Elíptica, cuyas restricciones de acceso y circulación entraron en vigor el 22 de febrero de 2022, tras el correspondiente periodo de aviso de dos meses.

¿A quién va dirigido?

Empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBEDEP Plaza Elíptica.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Las empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBEDEP Plaza Elíptica deben darse de alta en el sistema de gestión de accesos de dicha zona (SGPE).

Para ello, habrán de presentar, a través de la sede electrónica municipal, una declaración responsable.

Se concederá una única alta en el SGPE a cada número de identificación fiscal (NIF/NIE), con independencia del número de locales que la empresa o el autónomo posea o disponga en la ZBEDEP Plaza Elíptica. Todo local u oficina solo podrá estar vinculado, exclusivamente, a un único número de identificación fiscal y a una única alta en el SGPE, con independencia de que su uso pueda ser compartido por diversas empresas o autónomos.

Una vez realizada el alta inicial en el SGPE, podrán dar de alta directamente estos permisos para un vehículo a través de la sede electrónica municipal.

Como se ha indicado, tanto el trámite de alta en el SGPE como la posterior autorización de un vehículo podrán realizarse:

  • En línea, a través de los siguientes enlaces disponibles en el apartado “Tramitar - En Línea”:
    • En la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

Documentación

Documentación

Declaración responsable, en la que se haga constar:

  1. el número de inscripción en el Censo de Locales del Ayuntamiento de Madrid o el justificante de haber solicitado dicha inscripción;

  2. la ubicación precisa del local u oficina en el cual se ejerce la actividad en la ZBEDEP Plaza Elíptica;

  3. y que se encuentra de alta en el IAE. El Ayuntamiento de Madrid comprobará de oficio el alta en el IAE de la empresa.

Más Información

Fundamento legal

  • Ordenanza de Movilidad Sostenible.

 

Entidad Gestora

Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental

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