Pago de sanciones administrativas en periodo voluntario
Información
Descripción
A través de este trámite se puede efectuar el pago en periodo voluntario de las sanciones administrativas (excepto multas de circulación) impuestas por el Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de la potestad sancionadora que le corresponde.
Para efectuar el ingreso se debe contar con el documento de pago que incluya en la parte superior derecha el código emisor 289905.
¿A quién va dirigido?
Personas físicas, personas jurídicas y, cuando una Ley les reconozca capacidad de obrar, grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica y patrimonios independientes o autónomos.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
El pago del importe de dicha sanción podrá hacerse efectivo por cualquiera de los siguientes medios:
- En línea (hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario de pago) a través del enlace disponible en "Tramitar en línea":
- Mediante tarjeta de crédito o débito: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.
- Por Banca Electrónica si es cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
- Con Certificado digital: Banco Santander SA, Banco Sabadell SA, Banco Popular SA y Caixabank, si dispone de certificado electrónico de clase 2CA emitido por la FNMT o alguno de los certificados electrónicos admitidos y habilitados para estas entidades.
- Por teléfono (hasta las 20 horas del último día del periodo voluntario de pago):
- Por Banca Telefónica si es cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
- A través del teléfono de atención a la ciudadanía 010 (914 800 010 desde fuera del municipio de Madrid), mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro).
- Presencialmente:
- En cualquier entidad financiera y bancaria autorizada mediante el documento de ingreso.
- En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid y en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro).
Documentación
Documentación
Documento de pago de sanción con código emisor 289905 emitido por el Ayuntamiento de Madrid
Más Información
Fundamento legal
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
- Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora en la Administración de la Comunidad de Madrid, en aquellos aspectos que resulte compatible con la Ley 39/2015.
- Legislación sectorial aplicable.
Entidad Gestora
Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid
Con cita previa obligatoria
Teléfono
010 ( 915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)