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Factura Electrónica

Información

Descripción

El Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos se han adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) de la Administración General del Estado. A través de FACe un amplio número de entidades y personas proveedoras presentarán obligatoriamente sus facturas electrónicas dirigidas al Ayuntamiento de Madrid o a sus Organismos Autónomos a partir del 15 de Enero de 2015.

El Punto general de entrada de facturas electrónicas ofrece un Portal web para presentar la factura electrónica y permite a las entidades y personas proveedoras, si lo desean, conectar sus sistemas de facturación con FACe de manera automática.

Además el sistema está integrado con la aplicación  Gestión de Facturación Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y con otros sistemas del sector privado, lo que permite un envío cómodo y sencillo de sus facturas electrónicas.

Disponibilidad horaria del sistema

El registro contable de facturas del Ayuntamiento de Madrid permanecerá siempre disponible para el registro automático de facturas electrónicas que provengan del "Punto general de entrada de facturas electrónicas".

¿A quién va dirigido?

Entidades y personas proveedoras que tengan que presentar facturas al Ayuntamiento de Madrid o a sus Organismos Autónomos y que cumplan con los requisitos según la normativa aplicable.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea: a través del enlace disponible en el apartado "Tramitar - En Línea"  Punto general de entrada de facturas electrónicas.

También pueden descargar la aplicación Gestión de Facturación Electrónica que permite la generación de facturas electrónicas de una manera cómoda y sencilla. Un programa especialmente dirigido a PYMEs, microPYMEs y autónomos

Más Información

Información complementaria

Las facturas electrónicas se deben ajustar al formato estructurado «Facturae», versión 3.2.1., que se describe mediante el esquema XSD (XML Schema Definition) publicado en la página web http://www.facturae.es/. Además, la factura debe firmarse electrónicamente con un certificado electrónico reconocido.

Para la tramitación de facturas electrónicas mediante FACe las entidades y personas proveedoras tienen que identificar la Oficina contable, la Unidad Gestora y la Unidad Tramitadora. Cada una de estas unidades tiene un código DIR3 que se puede consultar en el siguiente enlace:

Consulte el directorio de unidades FACe

Aquí podrá consultar el listado de órganos gestores y unidades tramitadoras que aceptan facturas a través de este portal.

Toda la documentación del proyecto (manuales, documentación de integración, ejemplos, etc.) se puede encontrar en:

Folleto explicativo

Información relativa al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado

Qué es una factura electrónica

Fundamento legal

Normativa municipal:

Legislación consolidada:

Otras normas:

  • Directiva 2014/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a la facturación electrónica en la contratación pública.
  • Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
  • Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
  • Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • Resolución de 10 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se establecen las condiciones técnicas normalizadas del punto general de entrada de facturas electrónicas.
  • Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establecen las condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.
  • Resolución de 21 de marzo de 2014, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se publica la Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y de las Secretarías de Estado de Hacienda y de Presupuestos y Gastos, por la que se publica una nueva versión, 3.2.1, del formato de factura electrónica "facturae".
  • Recomendación 94/820/CE de la Comisión, de 19 de octubre de 1994, relativa a los aspectos jurídicos del intercambio electrónico de datos.

Entidad Gestora

Intervención General del Ayuntamiento de Madrid

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