Subvenciones para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario 2026
Información
Descripción
La presente convocatoria tiene por objeto regular el contenido y el procedimiento de concesión de
las ayudas correspondientes a la anualidad 2026 para el achatarramiento de autobuses y autocares (categoría M3) destinados al transporte público discrecional o al transporte privado complementario en la ciudad de Madrid.
La finalidad última de esta línea de ayudas es reducir las emisiones de elementos contaminantes y mejorar la eficiencia energética del sector del tráfico rodado en la ciudad de Madrid, con la consiguiente mejora de la calidad del aire y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Las solicitudes de ayuda se presentarán por medios electrónicos, mediante la aplicación informática disponible al efecto en la página web:
https://www.cambia360autobuses.es/
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado “Más
información – Tramitación”
Plazo
18/05/2026 - 18/06/2026
Requisitos
Requisitos
Son requisitos para obtener la subvención:
- Ser titular del vehículo (persona física o jurídica) con alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de publicación de la presente convocatoria:
- de transporte público discrecional de viajeros en autobús.
- de transporte privado complementario de viajeros en autobús.
- Realizar la actividad subvencionable en los términos y en el período que se especifican en la presente convocatoria, aportando la documentación justificativa establecida.
- Ser titular del vehículo para cuyo achatarramiento se solicita la subvención de manera ininterrumpida, desde al menos el 1 de enero de 2022 y hasta la baja definitiva voluntaria del vehículo y su achatarramiento, que deberá realizarse en fecha posterior a la publicación de la convocatoria en el BOAM.
- Ser el obligado al pago del IVTM en el Ayuntamiento de Madrid, de manera continuada, desde el 1 de enero de 2022 hasta el momento de la publicación de la presente convocatoria en el BOAM y estar al corriente de pago de ese impuesto durante todo ese periodo.
Para más información, ver apartado 5 del Decreto de Convocatoria.
Página web: https://www.cambia360autobuses.es/
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En Linea: A través del formulario disponible en "Tramitar en línea".
- Plazo de solicitud: se podrán solicitar desde el día 18 de mayo de 2026 y finalizará el día 18 de junio de 2026, ambos incluidos
Las solicitudes de ayuda se tramitarán íntegramente por medios telemáticos, mediante el formulario de solicitud disponible en el portal web: https://www.cambia360autobuses.es/
Una vez cumplimentado, deberá ser firmado mediante certificado electrónico emitido por algún proveedor de servicios de certificados reconocido, y presentado a través de esa misma aplicación.
Documentación
Documentación
La solicitud para participar se formalizará en el impreso normalizado específico para esta convocatoria que estará disponible en la plataforma web:
https://www.cambia360autobuses.es/
A este formulario se acompañará la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de las facultades de representación en caso de que la solicitud no sea firmada mediante un certificado electrónico en el que conste la identidad de la entidad solicitante
- Documento justificativo de la titularidad de la cuenta corriente indicada en la solicitud para el cobro de la subvención
Para más información, ver apartado 8 del Decreto de la Convocatoria.
Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: publicación de las bases por las que se regirá la convocatoria pública de subvenciones para el achatarramiento de autobuses o autocares de transporte público discrecional o de transporte privado complementario, correspondiente a la anualidad 2026. BOAM nº 10089 (19/3/2026).
Información complementaria
Para más información:
- AECIM. Asociación de Empresas del Metal de Madrid
- calle Príncipe de Vergara 74, 28006 – Madrid
- Teléfono: 91 561 03 30
- E-mail: cambia360buses@aecim.org
- WEB: https://www.cambia360autobuses.es/
Fundamento legal
- Bases reguladoras previstas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (BOE número 276, de 18 de noviembre de 2003) y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE número 176, de 25 de julio de 2006)
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013)
- También se regula por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; (BOE número 236, de 2 de octubre de 2015), por las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, por las normas del Derecho Privado.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid - Dirección General Sostenibilidad y Control Ambiental