- En Linea: A través del formulario disponible en "Tramitar en línea"
- Plazo de solicitud: Desde el 24 de abril hasta el 22 de noviembre de 2024.
Los interesados podrán presentar su solicitud directamente, actuar mediante representante o a través de una empresa instaladora adherida.
La solicitud para participar se formalizará en el impreso normalizado que habrá de ser generado y cumplimentado a través de la aplicación informática calderasyclima y se acompañará de la documentación que se detalla en el apartado 12 de la convocatoria.
Los solicitantes, sus representantes o la empresa instaladora adherida a través de la que presenten la solicitud, en su caso, deberán remitir posteriormente, con el límite del 31 de enero de 2025, a través de la página web descrita anteriormente, la documentación que se detalla en el apartado 13 de la convocatoria para justificar la ejecución de la instalación.
Si de la revisión de la documentación, ésta resultara ser insuficiente o incorrecta, la Entidad Colaboradora lo pondrá en conocimiento del interesado y le concederá un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos o errores. Transcurrido dicho plazo sin que haya tenido lugar la subsanación, se propondrá el desistimiento de la solicitud.
Una vez comprobado por parte de la Entidad Colaboradora que las solicitudes cumplen con los requisitos exigidos, y de forma previa a su otorgamiento, la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental elaborará, una propuesta de resolución provisional debidamente motivada acerca de la concesión o denegación de las subvenciones e incluirá la relación de solicitudes integradas en la lista de espera con derecho a optar a los fondos en caso de renuncia o desistimiento de algún interesado, y se concederá un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones. Una vez finalizado el plazo de alegaciones elaborará una propuesta de resolución definitiva, de forma motivada, acerca de la concesión o denegación de las subvenciones, que será publicada en el BOAM, indicando expresamente que se considerará aceptada por el beneficiario en el caso de no manifestar oposición o renuncia a la propuesta en un plazo de diez días hábiles.
Finalizado el plazo para manifestar la renuncia a las subvenciones, se procederá a la Resolución de la convocatoria mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que será publicado en el BOCM, en el BOAM y en su Sede Electrónica (https://sede.madrid.es).
Para más información, ver apartados del 12 al 15 de la Convocatoria