Solicitud de Vertido / Identificación Industrial
Información
Descripción
Las empresas que realicen actividad industrial o comercial y viertan aguas a la red de saneamiento municipal, deberán solicitar en todos los casos el alta en el registro de Identificación Industrial, rellenando el formulario que figura en este trámite, señalando en él la opción “Identificación Industrial” y adjuntando la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa del consumo de agua del último año
- En el caso de utilizar productos tóxicos, fotocopia del contrato de Gestor de Residuos y dos albaranes de recogida.
Además, algunas empresas (según las condiciones detalladas más abajo) deberán realizar también una Solicitud de Vertido, utilizando el mismo formulario y señalando en él la opción: “Nueva Solicitud Vertidos + Identific. Industrial”. Al seleccionar esta opción se despliega el bloque de datos de los vertidos, para que sea completado. A los dos documentos anteriores habría que adjuntar dos documentos más, siendo necesario, por tanto, aportar la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa del consumo de agua del último año
- En el caso de utilizar productos tóxicos, fotocopia del contrato de Gestor de Residuos y dos albaranes de recogida.
- Memoria de la actividad (ver guía en información relacionada)
- Caracterización del vertido realizado por empresa homologada.
Una vez evaluada la solicitud de vertido presentada y realizadas las inspecciones y comprobaciones correspondientes, se otorgará la Autorización de Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento de la ciudad de Madrid, que tiene una vigencia de 5 años, transcurridos los cuales es necesario aportar un nuevo formulario relleno seleccionando la opción “Renovación Solicitud de Vertidos”.
Las solicitudes realizadas se volcarán automáticamente en el sistema de tramitación informática del Ayuntamiento de Madrid y las notificaciones se realizarán vía electrónica a través de “Mi carpeta”.
¿Quién está obligado a realizar Solicitud de Vertido?
Las empresas que realizan actividad industrial o comercial y se encuentran en alguno de los supuestos siguientes:
- El consumo de agua es mayor que 22.000 m3/año.
- El consumo de agua es mayor que 3.500 m3/año y la actividad que se desarrolla, se encuentra incluida dentro del Anexo III del Decreto 57/2005, de 30 de junio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
- A petición del órgano ambiental del Ayuntamiento de Madrid, si una vez examinada la identificación industrial, se detecta su necesidad en base a sus especiales características y/o a los productos que se utilicen en su proceso.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
Identificación Industrial
- Solicitud rellenando el formulario que figura en este trámite, señalando en él la opción “Identificación Industrial”
- Documentación acreditativa del consumo de agua del último año
- En el caso de utilizar productos tóxicos, fotocopia del contrato de Gestor de Residuos y dos albaranes de recogida.
Solicitud de Vertido
- Solicitud rellenando el formulario que figura en este trámite, señalando en él la opción “Nueva Solicitud Vertidos + Identific. Industrial”
- Documentación acreditativa del consumo de agua del último año
- En el caso de utilizar productos tóxicos, fotocopia del contrato de Gestor de Residuos y dos albaranes de recogida.
- Memoria de la actividad (ver guía en información relacionada)
- Caracterización del vertido realizado por empresa homologada.
Renovación Solicitud de Vertidos
La Autorización de Vertidos tiene una vigencia de 5 años, trascurridos los cuales hay que volver a realizar una nueva solicitud, seleccionando esta opción en el formulario de este trámite y aportando de nuevo toda la documentación como si fuera una nueva solicitud.
Cambio de titularidad
El nuevo titular de la actividad deberá realizar una nueva solicitud aportando toda la documentación como si fuera nueva solicitud, reflejando los datos anteriores si procede.
Cese de la actividad
Se deberá comunicar al Ayuntamiento solicitando el cierre del expediente.
Más Información
Información complementaria
Información y consultas:
- Correo electrónico: vertidos@madrid.es
- Teléfono genérico: 914 800 000
División de Vertidos Industriales. Departamento de control y Seguimiento. Servicio de Alcantarillado. Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes del Ayuntamiento de Madrid. C/ Montalbán, 1 5ª planta.
Requerimiento de medidas adicionales: para garantizar el buen funcionamiento del servicio, el Ayuntamiento podrá requerir al titular del vertido la adopción de las medidas adicionales que permitan reducir la carga contaminante.
Fundamento legal
Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid. BOAM núm. 5709, 22 de junio 2006. (BOCM núm. 146, 21 de junio 2006).
Ley 10/1993 de Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 269 de 12 de noviembre).
- Correción de errores de la Ley 10/1993, (BOCMnº 307, de 27 de diciembre de 1994).
- Modificación de la Ley 10/1993, incluida en la Disposición Adicional Segunda de Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid (BOCMnúm. 76, de 31 de marzo de 2003).
- Decreto 57/2005, de 30 de junio, por el que se revisan los Anexos de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos industriales (BOCMnúm. 159, de 6 de julio de 2005).
- Decreto 40/1994, de 21 de abril, por el se aprueban los modelos de documentos a los que hace referencia la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento (BOCMnúm. 114, de 16 de mayo de 1994).
- Decreto 62/1994, de 16 de junio, por el que se establecen normas complementarias para la caracterización de los vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento.(BOCMnúm. 157, de 5 de julio de 1994).
- Decreto 148/1996 de 31 de octubre, sobre normas complementarias para la valoración de la contaminación y aplicación de tarifas por depuración de aguas residuales.
- Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOCM nº 309 de 29 de diciembre de 2014), que modifica el artículo 10 de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento
Entidad Gestora
Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes del Ayuntamiento de Madrid. División de Vertidos Industriales. Departamento de Control y Seguimiento. Servicio de Alcantarillado Calle Montalbán, 1 5º planta.
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Presencial
Sin cita previa
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Solicitud de Vertidos e Identificación Industrial (presencial)