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Cementerios Municipales. Título de derecho funerario

Información

Descripción

Es el documento acreditativo de la adquisición del Derecho de Uso de la unidad de enterramiento. La Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid podrá modificar la ubicación física de la unidad de enterramiento a que se refiere el Título, previo aviso y por razón justificada. Se debe presentar para solicitar los servicios de inhumación, exhumación y traslado de cadáveres y restos.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Presencialmente: en la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid.

Más Información

Información complementaria

Adquisición del título

  • Concesión por un plazo máximo de 75 años.
  • Concesión por períodos no superiores a setenta y cinco años renovables, hasta el periodo máximo recogido en el punto anterior. 

Transmisión del título

  • Intervivos, previo pago de la tarifa correspondiente, y mediante la comunicación a la Empresa Municipal de Servicios Funerarios, en el que conste la voluntad fehaciente y libre de la persona transmitente, así como la aceptación de la nueva persona titular.
  • Mortis causa, previo pago de la tarifa correspondiente, y de acuerdo con las normas de derecho sucesorio. 

Extinción del título

Se produce en los siguientes supuestos:

  • Por el transcurso del período fijado en las concesiones.
  • Por incumplimiento de la obligación del titular respecto a asegurar el cuidado y aspecto exterior del espacio físico asignado, previa declaración del estado ruinoso de la construcción.
  • Por el transcurso de quince años desde el fallecimiento de la persona titular sin que las personas herederas reclamen.
  • Por incumplimiento respecto al abono de las tarifas y tasas correspondientes a prestaciones o licencias solicitadas.
  • Renuncia expresa a la titularidad

Fundamento legal

  • Constitución Española, artículo 132.1.
  • Código Civil, artículos 339-1º y 333.
  • Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local, artículo 80.1.
  • Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de Entidades Locales.
  • Decreto 124/1997 del Reglamento de Sanidad Mortuoria.
  • Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios  

Entidad Gestora

Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.

Tramitar

Presencial

Con cita previa obligatoria

Servicios Funerarios de Madrid (SFM)

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