Solicitud de autorización de ampliación de horarios de locales y establecimientos
Con carácter excepcional, y caso por caso para cada local, establecimiento o actividad que lo solicite y cuente con licencia de funcionamiento en vigor, se podrá autorizar ampliaciones o reducciones de horarios, en atención a las peculiaridades de la población, condiciones de insonorización, afluencia turística o duración del espectáculo.
- Se autorizarán exclusivamente ampliaciones de horarios para aquellas actividades incluidas en el Catálogo de de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.
- Disponer de la licencia de funcionamiento en vigor.
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios', donde se indique:
- Nombre, apellidos, Documento Nacional de Identidad y domicilio a efectos de notificaciones del interesado, y, en su cado, de la persona que le represente, así como expresión del lugar, fecha y firma del interesado.
- Si el solicitante fuera persona jurídica, deberá aportar poder de representación de la persona que actúe en su nombre.
- Los días y el horario máximo solicitado.
- Copia de la licencia de funcionamiento del local o indicación del número de expediente en que fue concedida.
- Memoria explicativa de las causas por las que se pretende el cambio solicitado.
- Pólizas de seguros de incendios y de responsabilidad civil relativas al ejercicio de la actividad así como justificante acreditativo de encontrarse vigentes las mismas.
Información complementaria
Más información: puede consultar el horario general de apertura de locales de espectáculos públicos y actividades recreativas en el apartado "Información Relacionada".
Fundamento legal
- Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
- Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones
- ORDEN 42/2017, de 10 de enero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público
Entidad Gestora
Agencia de Actividades del Ayuntamiento de Madrid