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Cita previa con el Punto de Atención del Ayuntamiento de Madrid para transmisión de empresas

Información

Descripción

El Ayuntamiento de Madrid es una de las entidades adheridas al programa del Plan de Apoyo a la Transmisión de Empresas, en el marco de su compromiso de apoyo integral al emprendimiento y con el objetivo de facilitar la continuidad de empresas viables pero en peligro de desaparecer por problemas distintos a los económicos: relevo generacional, enfermedad, cambio de domicilio, etc.

La Ventanilla Única del Emprendedor (VUEM) es el Punto de Atención (PDA) que ofrecerá los servicios básicos a las personas físicas o jurídicas interesadas en los procesos de compraventa de negocios en el municipio de Madrid. 

 

 

¿A quién va dirigido?

  • Empresarios, empresarias  y profesionales que tienen la necesidad o posibilidad de transmitir su negocio.
  • Empresariado e inversores que buscan nuevas oportunidades o proyectos empresariales.
  • Personas emprendedoras y empresarios o empresarias autónomos que evalúan la posibilidad de adquirir un negocio ya existente antes de iniciar desde cero una nueva actividad empresarial.

 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Más Información

Tramitación

Recibida la solicitud, en un plazo máximo de dos días hábiles, la Ventanilla Única del Emprendedor contactará con la persona vendedora o compradora para concertar el día y hora de la primera reunión en la que se dará información y asesoramiento precisos sobre los requerimientos, se creará y publicará con el beneplácito del interesado el anuncio de compra o venta en la plataforma www.transmisionempresas.es y posteriormente, si hay respuesta positiva, se facilitarán los contactos con posibles compradores o vendedores asesorando y acompañando a ambas partes.

Se podrá disponer de una sala privada para las reuniones entre las partes.

Es conveniente recordar que es un servicio básico gratuito, personalizado y que requerirá más de una cita.

Dependiendo del caso concreto se aconsejará el paso a una entidad que preste los servicios complementarios advirtiendo del posible coste económico.

Información complementaria

El Plan de Apoyo a la Transmisión de Empresas distingue un bloque de servicios básicos de carácter gratuito y un bloque de servicios complementarios que podrá conllevar una contraprestación económica. En ambos casos se ofrece atención personalizada por parte de un asesor técnico ya se trate de una persona con interés por la venta de su negocio o por la compra.

  • Servicios básicos:
    • Información y orientación sobre el proceso de compra o de venta del negocio en una reunión concertada y personalizada.
    • Publicación de un anuncio en la web de transmisión de empresas una vez que el asesor ha supervisado la propuesta (venta - compra).
    • Facilitación de contactos con compradores - vendedores que se hayan interesado por el negocio anunciado.
    • Envío de información general acerca de los procesos de transmisión de empresas.
  • Servicios complementarios:
    • Elaboración de la documentación necesaria para activar el proceso de transmisión.
    • Búsqueda activa de compradores - vendedores por parte del asesor de negocios.
    • Gestión del proceso y negociación con compradores - vendedores.
    • Coordinación del proceso de due diligence y asesoramiento hasta el cierre de la transacción.

Condiciones de obligado cumplimiento por parte de la persona que solicita el servicio:

  1. El servicio de transmisión de empresas se prestará de manera gratuita por el Punto de Atención elegido a las personas interesadas en vender su empresa ('vendedores') o en comprar una empresa ('compradores').
  2. Para ello es necesaria la realización de una entrevista individual a los 'compradores' y 'vendedores'. La entrevista se realizará presencialmente o por videoconferencia.
  3. El servicio no se presta a intermediarios o asesores de 'compradores” o 'vendedores'.
  4. Con carácter general, el acceso a cualquier información facilitada por los 'vendedores' al personal del Punto de Atención en relación con la empresa o actividad que quieran vender quedará restringida al personal del Punto de Atención y de la DGIPYME (Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa).  No obstante, con el consentimiento del 'vendedor', el personal del Punto de Atención podrá facilitar a 'compradores' información anonimizada sobre la empresa mediante, por ejemplo, un anuncio en la página web del servicio de transmisión de empresas (www.transmisionempresas.es) y / o mediante un perfil ciego de la empresa.
  5. El personal del Punto de Atención iniciará procesos de transmisión, actuando en ellos de manera neutral entre un 'vendedor' y un 'comprador', y los facilitará concertando una reunión en un espacio apropiado del Punto de Atención (por ejemplo una sala de reuniones) o por videoconferencia, en la que participará personal del Punto de Atención, el 'vendedor' y el 'comprador', pudiendo estar acompañados tanto uno como otro por sus respectivos asesores.
  6. Antes de la celebración de la reunión de presentación entre un 'vendedor' y un 'comprador', el 'vendedor' deberá aportar los documentos que le solicite el Punto de Atención para comprobar que es propietario de una empresa en funcionamiento.
  7. Antes de la celebración de la reunión de presentación entre un 'vendedor' y un 'comprador', el 'comprador' deberá firmar un acuerdo de confidencialidad.
  8. Ni el Punto de Atención elegido o su personal, ni la DGIPYME (Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa) o su personal, serán responsables de los pactos a los que pudiera llegar un 'vendedor' con un 'comprador', aunque podrán seguir el desarrollo de los procesos de transmisión iniciados, recabando periódicamente información de 'vendedor' y 'comprador' sobre la situación del proceso de transmisión.

Entidad Gestora

Dirección General de Emprendimiento

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