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Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Fuencarral-El Pardo 2023

Información

Descripción

Las finalidades de esta convocatoria de subvenciones son la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023, así como paliar las posibles  consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social actual. 

La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:

  • Modalidad de Proyectos.
  • Modalidad de Gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sedes sociales y otros espacios

¿A quién va dirigido?

Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Fuencarral - El Pardo y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones.

Requisitos

Requisitos

 Las entidades ciudadanas solicitantes de subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y tener su domicilio social en este Distrito.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Haber realizado la presentación de las cuentas justificativas, en plazo, de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -en adelante RGS- se hubiera realizado o no.
  • No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones. 

Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán incompatibles con otras fuentes de financación públicas.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace `Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

  • El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 21 de junio (15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS. BOCM número 113 de 13 de mayo de 2021.

Documentación

Documentación

Formulario de solicitud, Anexo I y/o Anexo II

Las solicitudes en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea (Registro electrónico) 

Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.

Los proyectos deberán recoger expresamente una referencia específica relativa al impacto de género del proyecto. La entidad reflejará esta información en la ficha descriptiva del Anexo I- Memoria explicativa del proyecto.

Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de Sedes Sociales, junto a la solicitud de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.

La solicitud de subvención y los Anexos deberán suscribirse por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en cada uno de los documentos el nombre y firma del representante legal.

Documentación que deberá acompañar a la solicitud:

  • Documento acreditativo de la representación de la entidad, en aquellos casos en los que la solicitud sea firmada mediante certificado de persona física en lugar de hacerlo con el de representante de persona jurídica..
  • Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del RGS.
  • Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la entidad no tiene pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
  • Para el caso de solicitudes de la modalidad de gastos de mantenimiento se acompañará declaración en la que se haga constar que el inmueble para el que se solicitan las ayudas es la sede social de la entidad o lugar donde se desarrollan habitualmente sus actividades, no siendo el domicilio particular de miembros de la asociación.

En todas estas declaraciones, la entidad deberá dejar constancia de que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.

Las declaraciones señaladas en los puntos 2.2 a 2.5, de la presente convocatoria están incluidas en el texto del modelo de solicitud de subvención que se adjunta a esta convocatoria.

  • En los proyectos que tengan prevista la atención directa a menores de 18 años, declaración responsable mediante la cual la entidad se comprometa a no adscribir a la ejecución del proyecto a profesionales que tengan una condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual y a exigir para ello, como requisito en el proceso de contratación del personal, una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, de acuerdo al artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia de género.

  • Para el caso de solicitudes de subvención para financiar gastos de funcionamiento- gastos de adquisición de mobiliario y/o equipamiento, se aportará presupuesto o factura pro-forma de los conceptos para los que solicita subvención, impuestos incluidos..

  • Las solicitudes de la modalidad de gastos de funcionamiento- gastos de adquisición de mobiliario y/o equipamiento se acompañarán de declaración en la que se haga constar el número de proyectos realizados en el municipio de Madrid por la entidad en los dos años precedentes, firmado por la persona responsable de la entidad, indicando que dispone de toda la documentación acreditativa de la ejecución de los mismos, que será puesta a disposición de la administración municipal en el caso de ser requerida. Dicha declaración figura incluida en el texto del modelo anexo II que se adjunta a esta convocatoria

    Se aportará, además, certificación que recoja los proyectos desarrollados en cada uno de los dos años anteriores al de la respectiva convocatoria. La certificación será expedida por la persona que ocupe la Secretaría de la entidad y contendrá información sobre el desarrollo de los proyectos y plazo de ejecución aportando, en su caso, programas y/o material de difusión de los proyectos ejecutados. Asimismo, la persona que ocupe la Secretaría deberá certificar que no es un local cedido por el Ayuntamiento.

Por el solo hecho de presentar la solicitud, las entidades solicitantes y las personas que ostenten su representación legal autorizan al Ayuntamiento de Madrid a utilizar los datos de carácter personal contenidos en la documentación aportada para los fines de valoración de las solicitudes y, caso de resultar beneficiarias, para el seguimiento y control de los proyectos subvencionados. Las personas titulares de los datos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que les atribuye la legislación de protección de datos (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales) ante la Coordinación del Distrito Fuencarral-El Pardo,.Avenida Monforte de Lemos, 40– 28029 Madrid.

El órgano instructor comprobará de oficio los siguientes extremos: la inscripción de la entidad en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y el domicilio de su sede social, a efectos de confirmar su adscripción al distrito. Estos extremos se verificarán por el personal municipal de acuerdo con los datos obrantes en la base de datos del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos.

Asimismo, el órgano instructor comprobará que las entidades se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid, haciéndolo constar en el expediente mediante la oportuna diligencia.

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Más Información

Tramitación

  • Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por la que se regirá la convocatoria de subvenciones de Fomento del Asociacionismo de este distrito. BOAM nº 9394 de 31 de mayo de 2023
  • Fase 2 propuesta de resolución provisional:  Publicada en la Sede electrónica el 20 de septiembre de 2023.

  • Fase 3 propuesta de resolución definitiva:

  • Fase 4 resolución definitiva: 

 

Fundamento legal

  •  Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del título I. Artículos 22-34.

  •  Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 55-66.

  • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-30.

  • Reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones y Otras Entidades Ciudadanas, de 24 de abril de 2018.

  • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004. Capítulo II del título III. Artículos 35-52.

Entidad Gestora

Distrito de Fuencarral-El Pardo del Ayuntamiento de Madrid

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