Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Recursos ante el Ayuntamiento
Revisión de actos y actuaciones de aplicación de los tributos locales y los actos de imposición de sanciones tributarias.
- En línea (Internet): realizando la solicitud a través del Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar en línea (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
- Presencialmente:
- Registros de la Agencia Tributaria Madrid (con cita previa).
- Registros de los distritos (con cita previa).
- Restantes registros del Ayuntamiento de Madrid (con cita previa).
- Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas.
- En todas aquellas oficinas de registro que establezcan las disposiciones vigentes.
- También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Solicitud en formulario normalizado disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios.
Tramitación
La resolución será en el plazo de un mes. Transcurrido éste, se entenderá desestimado en todo caso.
Recurso
Contra la liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas cabe interponer, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de recibir la notificación:
- Recurso potestativo de reposición, previo a la Reclamación económico - administrativa, ante el órgano que dictó el acto liquidatorio.
- O bien, directamente, Reclamación económico - administrativa, previa al contencioso - administrativo, ante el Tribunal Económico - Administrativo Municipal.
Fundamento legal
- Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.
- Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Madrid. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 23 de diciembre de 2020. BOCM número 316 de 29 de diciembre de 2020.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 23 de diciembre de 2020. BOCM número 316 de 29 de diciembre de 2020.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Modelos de formularios
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