Justificación de ayuda económica para titulares de Tarjeta Familia
Información
Descripción
Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, ponen en marcha las oficinas de tramitación, gestión y justificación de ayudas económicas para agilizar el acceso a las prestaciones económicas de Tarjetas Familia que habrán sido valoradas y propuestas previamente desde los Centros de Servicios Sociales de referencia de los ciudadanos de los 21 distritos de Madrid.
Las oficinas de tramitación de ayudas son unidades centralizadas de gestión y tramitación formadas por un equipo especializado que llevarán a cabo la tramitación de las ayudas valoradas desde los centros de servicios sociales.
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía titular de la Tarjeta Familia que deberán entregar las facturas justificativas de ayudas ya recibidas, previa citación por parte de su oficina de referencia.
Requisitos
Requisitos
Ser beneficiario de la Tarjeta Familia.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Los ciudadanos serán atendidos de manera presencial previa citación desde las Oficinas de Tramitación que se pondrán en contacto con los titulares de la Tarjeta Familia para indicarles el día y hora en la que deberán personarse junto con las facturas originales justificativas del gasto de la ayuda.
Más Información
Fundamento legal
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013
Ordenanza de las prestaciones económicas del sistema público de servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de septiembre de 2004
Entidad Gestora
Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad