Subvenciones a espacios independientes de creación contemporánea 2020
El objeto de la presente convocatoria es la promoción de las artes visuales, cine y audiovisuales, artes escénicas y performativas, a través de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a espacios independientes de creación artística.
A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por espacios independientes de creación contemporánea aquellas iniciativas desarrolladas por entidades privadas que gestionen espacios permanentes y accesibles al público, de diversa configuración y aforo, con un proyecto cultural cuyas actividades pueden tener lugar en el propio espacio o fuera de éste, destinados principalmente al desarrollo y la difusión de la creación artística, apoyando las prácticas creativas con dotaciones, infraestructuras y estructuras propias, mediante la organización de programas específicos dirigidos a creadores o artistas.
No se considerarán espacios independientes de creación contemporánea a efectos de la presente convocatoria los siguientes:
- Plataformas digitales, aunque las mismas tengan a su disposición espacios en los que puedan realizar actividades.
- Escuelas o centros cuya actividad esté dirigida principalmente a la formación.
- Espacios o establecimiento comerciales.
- Galerías de arte.
- Espacios destinados a la prestación de servicios en los que el ámbito artístico resulte complementario o accesorio.
¿A quién va dirigido?
Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las entidades culturales sin ánimo de lucro, que gestionen espacios independientes de creación contemporánea en el término municipal de Madrid.
Plazo
17/09/2020 - 07/10/2020Las entidades solicitantes deberán ostentar la titularidad de la gestión del Espacio de Creación en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación del mismo y deberán comprometerse, mediante declaración responsable, a mantener la actividad del Espacio de Creación accesible al público con proyecto cultural estable y continuo hasta, como mínimo, el día 31 de diciembre de 2021
No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración pública, entidad del sector público, financiera o de crédito.
La ayuda prevista en la presente convocatoria será incompatible con cualquier otra convocatoria de subvenciones que durante el ejercicio 2020 promueva la Dirección General de Programas y Actividades Culturales del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid.
No podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley General de Subvenciones).
Con base en lo establecido en el art.15.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante OBRGS), en ningún caso se podrá acceder a la condición de beneficiario cuando estén pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus Organismos Públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se hubiera realizado o no.
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Presencialmente: los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el mencionado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden optar por presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando la solicitud, el Anexo y el resto de la documentación exigida se remitan por correo administrativo o se presenten en un registro distinto al del Ayuntamiento de Madrid, el solicitante deberá comunicarlo en un plazo máximo de 24 horas (desde dicha presentación o envío), mediante correo electrónico a la siguiente dirección: subvencionesdgpac@madrid.es. En este supuesto, deberá existir constancia de la transmisión y recepción de dicho correo electrónico, de la fecha de presentación o envío por correo administrativo de la solicitud de subvención, así como de la debida identificación del solicitante.
Plazo de solicitud: del 17 de septiembre al 7 de octubre de 2020. (15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 225 de 16 de septiembre de 2020.
- Solicitud
- Anexo I, que incluye la ficha del presupuesto total para el periodo subvencionable del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021.
- Memoria del Proyecto de programación cultural del Espacio de Creación que deberá incluir la descripción de la trayectoria del Espacio de Creación y de su personal directivo y el proyecto de programación cultural correspondiente al periodo subvencionable, del 1 de enero de 2020 a 31 de diciembre de 2021.
Tramitación
Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independinetes de creación. BOAM, nº, 8729 de 16 de septiembre de 2020.
Fase 2 Propuesta de Resolución provisional: Publicada en BOAM, nº, 8771 de 18 de noviembre de 2020. Plazo para presentar alegaciones del 19 de noviembre al 2 de diciembre (10 días hábiles desde el día siguiente a su publicación).
Fase 3 Resolución definitiva. Publicado el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se conceden las subvenciones. BOAM número 8797 de 30 de diciembre de 2020.
Información complementaria
- Más información: ver Bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada"
Fundamento legal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
- Supletoriamente, la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
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Con cita previa obligatoria
Modelos de formularios
Información relacionada
- Otros contenidos
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BOAM nº 8797/2539 (30/12/2020) - Resolución de 29 de diciembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
Resolución de la convocatoria
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BOAM nº 8771/2095 (18/11/2020) - Resolución de 17 de noviembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación de la propuesta de Resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
Propuesta de Resolución provisional
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BOAM nº 8754/1811 (22/10/2020) - Resolución de 21 de octubre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte, de fecha 21 de octubre de 2020, por el que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
Decreto por el que se concede plazo para la subsanación de las solicitudes
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BOAM nº 8729/1485 (16/09/2020) - Resolución de 11 de septiembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte, de fecha 3 de septiembre de 2020, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
Bases completas de la convocatoria
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BOAM nº 8741/1601 (02/10/2020) - Resolución de 29 septiembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte, de fecha 25 de septiembre de 2020, por el que se aprueba la rectificación de errores materiales en el texto de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
Rectificación de errores
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BOAM nº 8797/2539 (30/12/2020) - Resolución de 29 de diciembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.