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Autorización para la realización de tratamientos fitosanitarios

Información

Descripción

La aplicación de productos fitosanitarios deberá llevarse a cabo previa autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid, y sólo podrá realizarse por profesionales orientados por un Asesor registrado (Registro Oficial de Productores y Operadores Fitosanitarios) en la gestión integrada de plagas y tras la suscripción de un contrato entre el interesado y el profesional o empresa que realice el tratamiento.

Requisitos

Requisitos

Documento de asesoramiento:

  1. Descripción somera de la zona o recinto a tratar.
  2. Identificación de especie/s afectadas.
  3. Identificación d el plaga o enfermedad a tratar.
  4. Nivel de incidencia de la plaga o enfermedad.
  5. Producto o productos fitosanitarios más adecuados. Dosis y equipos de aplicación.
  6. Viabilidad o eficacia del tratamiento propuesto.
  7. Valoración de los riesgos inherentes al tratamiento.
  8. Precauciones que deben adoptarse para prevenir riesgos derivados de la peligrosidad del producto fitosanitario.
  9. Métodos de señalización y balizamiento de las zonas a tratar. Plazos de reentrada tras el tratamiento.
  10. Forma en que se ha priorizado la utilización de productos fitosanitarios de bajo riesgo.

Plan de trabajo

  1. Datos identificativos del interesado contratante.
  2. Datos identificativos de la empresa contratada. de inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitarios (ROPO)”. 
  3. Datos identificativos del asesor. de inscripción en el R.O.P.O. (Registro Oficial de Productores y Operadores Fitosanitarios)
  4. Superficie (m2) tratada o de unidades tratadas.
  5. Identificación de especie/s afectadas.
  6. Identificación de la plaga o enfermedad a tratar.
  7. Fecha o fechas de aplicación.
  8. Producto fitosanitario: materia activa, nombre comercial y de inscripción en el registro para el uso indicado.
  9. Dosis y método de aplicación.
  10. Métodos de señalización y balizamiento de las zonas a tratar. Plazos de reentrada tras el tratamiento.

Además:

  1. Maquinaria empleada. Nº de inscripción en el R.O.M.A. (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola).
  2. Medidas de información a vecinos y usuarios, con atención especial a los grupos vulnerables.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'. 
  • Plano de localización de la zona a tratar (mínimo e:1:1000).
  • Documento de asesoramiento de gestión integrada de plagas.
  • Plan de trabajo.
  • Contrato suscrito entre el interesado y el profesional o empresa que realice el tratamiento.

Más Información

Información complementaria

Los documentos que presente el solicitante deberán incorporar la información mínima requerida en el R.D. 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Entidad Gestora

Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes

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