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Comunicación de funcionamiento de piscinas y balnearios urbanos de uso público

Información

Descripción

El/la titular de una piscina/balneario urbano de uso público en el municipio de Madrid deberá comunicar al Ayuntamiento anualmente o después de permanecer las instalaciones más de 6 meses cerradas, que su instalación reúne las condiciones generales para su correcto funcionamiento.

La nueva Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la ciudad de Madrid exime a los/las titulares de las piscinas de Comunidades de Vecinos de la presentación de la “comunicación de apertura de piscinas de temporada” que venían obligados a realizar anualmente.

¿A quién va dirigido?

Titular de una piscina/balneario urbano de uso público en el municipio de Madrid.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación

Documentación

Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.

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