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Subvenciones nominativas de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos

Información

Descripción

Las entidades que tengan reconocida una subvención nominativa en los presupuestos de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Archivos del Ayuntamiento de Madrid deben presentar su solicitud de iniciación del trámite a través de esta página web.

¿A quién va dirigido?

Entidades que tengan reconocida una subvención nominativa en alguno de los programas presupuestarios de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Archivos.

De acuerdo con la normativa, las subvenciones nominativas se conceden en régimen de concesión directa. Por tanto, este procedimiento no es de concurrencia competitiva, es decir, no está abierto a entidades que no tienen reconocida una subvención nominativa.

 

Requisitos

Requisitos

  • Tener reconocida una subvención nominativa en los presupuestos de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Archivos.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No está incursa en ninguna de las causas legales de prohibición, conforme al artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de la subvención y, en su caso, estar al corriente de pago o no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Plazo: aunque no hay un plazo determinado para presentar la solicitud, se recomienda hacerlo en el primer trimestre del año.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".  
  • Memoria de actividades que incluya una descripción de las mismas, los objetivos que se pretenden conseguir, el plazo de realización, el público al que esté dirigido la actividad y los indicadores previstos para la evaluación, así como el compromiso con la igualdad entre hombres y mujeres y un análisis del proyecto desde la perspectiva de género.
  • Presupuesto de gastos e ingresos que incluya todas las ayudas públicas y privadas que se han solicitado o recibido para la misma actividad.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1: presentación de la solicitud.
  • Fase 2: tramitación por la Dirección General de la propuesta de resolución provisional.
  • Fase 3: aceptación por el beneficiario de la propuesta.
  • Fase 4: firma del decreto del concesión por la Delegada del Área de Gobierno.

 

 

Fundamento legal

A la presente convocatoria le será de aplicación:

  • Artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Artículo 65 del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Artículo 30 de la Ordenanza de 30 de octubre del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueban las Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por e Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

 

Entidad Gestora

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.

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