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Ocupación temporal de la vía pública por obras, trabajos o utilización de vehículos especiales

Este trámite no es válido para la reserva de contenedores

Si la reserva es para la instalación de contenedores y/o sacos de residuos de construcción y demolición, pinche aquí para acudir al trámite correspondiente.

Información

Descripción

Las obras de reparaciones o trabajos de mantenimiento en calzada o acera en general, las podas, las cargas y descargas de materiales (incluidas las mudanzas), las labores de mantenimiento de mobiliario urbano, etcétera, son los casos más comunes de ocupación temporal de la vía pública.

Para otras ocupaciones de la vía pública, como mudanzas, sacos de escombros, contenedores para material de obra, etc,  consulte 'Otros trámites' en el apartado 'Información relacionada'.

Importe

 Tasas para 2024:

  • Por expedición de documentos administrativos: 60,52 euros.
  • Por ocupación temporal de la vía pública:
    • Reserva de espacio temporal para aparcamiento de vehículos: 0,58 euros por metro lineal o fracción, paralelamente al bordillo de la acera reservada, y día o fracción.
    • Reserva de espacio temporal para su ocupación con grúas, acopio de materiales,casetas, maquinaria y equipos de cualquier clase, vinculados o no a obras y cualesquiera otros elementos análogos: 0,58 euros por metro cuadrado o fracción, y día o fracción.
    • Si el estacionamiento está autorizado en batería: se incrementará la cuota anterior en un 50 por 100

 

 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando  la solicitud a través del enlace al 'Registro Electrónico' disponible en el apartado 'Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Plazo: antes de veinte días naturales a la fecha solicitada para la realización del servicio, siendo el plazo máximo legal para su contestación de tres meses.

Documentación

Documentación

 

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en 'Tramitar en línea' (Registro Electrónico) y 'Modelos de formularios'.
  • Justificante del pago de la tasa por expedición de documentos administrativos. Tenga en cuenta que:
    • Si la solicitud se realiza en línea, en el mismo proceso se requerirá el pago electrónico, que adjuntará automáticamente el justificante de pago a la solicitud.
    • En el caso de tramitación presencial, el pago debe realizarse utilizando los impresos de autoliquidación disponibles en el apartado 'Modelos de formularios'.
  • Plano de la zona de ocupación según cartografía municipal (pinche para acceder a la web de Geoportal del Ayuntamiento de Madrid) con indicación de estacionamiento, acera, distancias, mobiliario urbano, desvíos y señalización.
  • Declaración responsable (disponible en el apartado Modelos de Formularios).
  • Otra documentación complementaria que considere oportuna.

La Administración podrá solicitar la presentación de cualquiera de los documentos que se citan en la declaración responsable o cualquier otra que se considere necesaria para resolver la autorización de ocupación.

Más Información

Tramitación

  • Informe técnico.

Una vez presentada la solicitud por la persona interesada, se procederá a la evaluación por el personal técnico de la conveniencia o idoneidad de la ocupación solicitada, procediendo a requerir la subsanación de la solicitud, en el caso de ser necesario.

  • Resolución del expediente:

Se procede a la autorización o denegación de la solicitud.

  • Notificación:

En caso de autorización se entregará la liquidación para abonar la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

 

Fundamento legal

  • LEY - - Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

  • ORDENANZA - - Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías públicas por Realización de Obras y Trabajo, de 30 de enero de 1992.

  • ORDENANZA - - Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018 Artículos 27 y ss.

  • ORDENANZA FISCAL - - Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, de 30 de noviembre de 1998.

  • ORDENANZA FISCAL - - Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, de 6 de octubre de 1989.

Entidad Gestora

Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, a través de la Subdirección General de Agentes de Movilidad y Juntas Municipales de los Distritos.

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