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Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Colectivos y parkings

Información

Descripción

Los colectivos y parkings deben darse de alta en el sistema de gestión de accesos a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro (SGDC) acudiendo, con cita previa, a la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía (Oficina de la ZBEDEP Distrito Centro). 

Una vez dados de alta, les facilitarán los usuarios y contraseñas con los que podrán realizar las gestiones electrónicamente accediendo a la aplicación Gestión de accesos de la ZBEDEP Distrito Centro.

También disponen de un Centro de Soporte para comunicar incidencias en la gestión. 

No es necesario que vuelvan a tramitar el alta y los permisos las personas (físicas o jurídicas) que estaban ya dadas de alta y tenían permiso de acceso para la antigua Zona de Bajas Emisiones "Madrid Central", siempre que cumplan los requisitos de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro.

Las medidas de restricción de tráfico adoptadas en caso de activarse el Protocolo durante episodios de alta contaminación atmosférica tienen el carácter medidas extraordinarias, y, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, prevalecen sobre otros regímenes de circulación previstos en dicha norma, y, en concreto sobre las disposiciones relativas a la circulación en la ZBEDEP Distrito Centro.

¿A quién va dirigido?

  • Centros educativos
  • Parkings de uso público o privado
  • Dependencias o establecimientos con reserva de estacionamiento no dotacional en la vía pública
  • Titulares de talleres de reparación de vehículos

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • Gestión de matrículas: en línea a través del enlace disponible en el apartado “Tramitar - En Línea”:  Acceso a Madrid Central para colectivos y parkings.

Documentación

Documentación

  • Parkings de uso público:
    • Inscripción o acreditación de la solicitud de inscripción del aparcamiento en el Censo de Locales del Ayuntamiento de Madrid.
    • Alta en el IAE del titular.
    • Si el parking no dispone de sistema de captación de matrículas por imagen: licencia urbanística o documentación acreditativa del número de plazas de que dispone, con indicación del número de plazas especiales reservadas a Personas con Movilidad Reducida.
  • Parkings de uso privado:
    • Documentación acreditativa de la titularidad del parking.
    • Si el parking no dispone de sistema de captación de matrículas por imagen: licencia urbanística o documentación acreditativa del número de plazas de que dispone, con indicación del número de plazas especiales reservadas a Personas con Movilidad Reducida.
  • Titulares de talleres de reparación de vehículos: la tramitación del alta requerirá la previa comprobación de los siguientes extremos:
    • Inscripción o acreditación de la solicitud de inscripción del taller en el Censo de Locales del Ayuntamiento de Madrid.
    • Alta en el IAE del titular.
    • Número de vado del paso de carruajes.
    • Licencia urbanística o documentación acreditativa del número de plazas que destina el taller al estacionamiento de vehículos.

Más Información

Fundamento legal

  • Ordenanza de Movilidad Sostenible.

 

Entidad Gestora

Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental

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