Tasa Residuos Urbanos de Actividades (TRUA). Bonificaciones y reducciones
- Reducción por inicio de actividad
- Reducción a inmuebles desocupados de larga duración
- Reducción a entidades sin fines lucrativos
- Reducción a centros de investigación y enseñanza
- Supuestos de no sujeción
¿A quién va dirigido?
Propietarios de inmuebles que cumplan con la condición concreta de la solicitud
Los requisitos necesarios variarán en función de la reducción o no sujeción concreta que se pretenda realizar. Consultar el apartado "Más información".
En línea (Internet)
- Con identificación electrónica: realizando la solicitud a través del enlace “Tramitación directa. Oficina virtual de tributos” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Presencialmente:
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid (con cita previa).
- Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa).
- Oficinas municipales de asistencia en materia de registro (con cita previa) y otros registros oficiales.
La documentación necesaria variará en función de la reducción o no sujeción concreta que se pretenda realizar (si tiene dudas consulte en el apartado "Más información")
Información complementaria
Información sobre reducciones |
Información sobre supuestos de no sujeción |
Información sobre cómo realizar un trámite relacionado con el IBI o la TRUA |
Fundamento legal
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 29 de diciembre de 2021. BOCM número 312 de 31 de diciembre de 2021.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
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