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Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en el Ayuntamiento de Madrid

Información

Descripción

A través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones todas las personas físicas y jurídicas pueden presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid, reclamaciones por deficiencias, tardanzas, desatenciones, incidencias no atendidas o cualquier otra anomalía en el funcionamiento de los servicios municipales, y también felicitaciones por la correcta prestación de los servicios y por la actuación de los empleados municipales.

En el ámbito tributario, se podrán presentar sugerencias, reclamaciones, felicitaciones y peticiones de información relacionadas directa o indirectamente con los tributos y precios públicos municipales.

No tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su presentación suspenderá o interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente.

Su presentación no condiciona el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.

Requisitos

Requisitos

Contendrán los datos que permitan la identificación y localización del solicitante para poder darle respuesta y el objeto de su sugerencia y reclamación, felicitación y, en su caso, petición e información (de carácter tributario).

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • Por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante.
  • Presencialmente: en los registros de las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid, en el resto de las Oficinas del Registro municipal, en los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación

Documentación

  • Formulario de solicitud. Puede optar por cualquiera de los tres disponibles:
    • Formulario de tramitación en línea.

    • Formulario para rellenarlo en la web, descargarlo y presentarlo presencialmente.

    • Formulario para imprimirlo, rellenarlo a mano y presentarlo presencialmente.

  • Documentación que la persona solicitante considere relevante.

  • En el caso de actuar como representante, deberá aportar la documentación que acredite dicha representación.

Más Información

Información complementaria

  • Respuesta al solicitante
    Se procurará responder dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la sugerencia o reclamación.
    El plazo de respuesta no podrá, en ningún caso, ser superior a 2 meses.
    El solicitante podrá consultar el estado de tramitación de la sugerencia o reclamación presentada introduciendo el número de referencia de la solicitud y, o bien el documento de identificación si lo facilitó al presentarla, o bien la dirección de correo electrónico.

Fundamento legal

  • Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, aprobada en Pleno el 26 de febrero de 2019 y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid  el 11 de marzo de 2019.
  • Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía.

Entidad Gestora

Subdirección General de Calidad y Evaluación

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