Taxi. Baja de tarjetas de identificación
Información
Descripción
La tarjeta de identificación de conductor de autotaxi deberá darse de baja comunicandolo al Ayuntamiento de Madrid por el titular de la licencia o, en su caso, por sus herederos, en los siguientes supuestos:
- Cuando se solicite autorización para la transmisión de la licencia o para la sustitución del vehículo a la que se halle afecto.
- Cuando se solicite la suspensión temporal o excedencia.
- Cuando el conductor asalariado cese en su relación laboral o varíe su jornada laboral. Las tarjetas se entregarán en el plazo máximo de un mes desde que se produzca el cese de la relación laboral o la variación de la jornada laboral.
- Cuando se produzca el fallecimiento del titular de la licencia.
- En los casos previstos en el artículo 30 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, cuando proceda la devolución del permiso municipal de conductor de autotaxi. Las tarjetas se entregarán simultáneamente a la entrega del permiso municipal.
¿A quién va dirigido?
Personas que sean titulares de una tarjeta identificativa de conductor, ya sean titulares de licencia como conductores asalariados.
Importe
Gratuito.
Requisitos
Requisitos
La tarjeta de identificación se deberá dar de baja junto en los siguientes casos:
- Cuando solicite autorización para la transmisión de la licencia.
- Cuando solicite la suspensión temporal o excedencia.
- Cuando el conductor asalariado cese en su relación laboral o varíe su jornada laboral. Las tarjetas se entregarán en el plazo máximo de un mes desde que se produzca el cese de la relación laboral o la variación de la jornada laboral.
- Cuando se produzca el fallecimiento del titular de la licencia (será entregada por sus herederos).
- En los casos previstos en el artículo 30 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, cuando proceda la devolución del permiso municipal de conductor de autotaxi.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: Realizando solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
- Presencial: Se presentarán las solicitudes, junto con la documentación preceptiva.
- En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En la calle Albarracín, 33, planta baja. Con cita previa obligatoria.
Puede solicitar la cita para realizar el trámite a través de los canales de atención de Línea Madrid:
- Solicitud cita en línea: a través del enlace de Cita previa en tramitación presencial. Seleccione en “Categoría” [Movilidad] y en “Trámite o servicio” [TAXI.Tarjeta de identificación de conductor del conductor].
- Solicitud cita por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
- Línea Madrid en redes sociales:
- Twitter: @Lineamadrid
- Messenger de Facebook: @Lineamadrid
- Contactar a través Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid' que encontrará flotando en la página”.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en Tramitar en línea (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
Más Información
Recurso
Si no está conforme con la resolución del expediente podrá interponer un recurso de reposición, de carácter potestativo, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación.
El recurso de reposición tiene carácter potestativo; es decir, su presentación ante el órgano que impuso la tramitación del expediente es voluntaria. El solicitante puede acudir directamente a la vía contencioso administrativo interponiendo un recurso ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Rreguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Información complementaria
Fundamento legal
- Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.
https://www.boe.es/eli/es-md/l/1998/11/27/20/con - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/39 - Ordenanza Reguladora del Taxi, de 28 de noviembre de 2012.
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=00dd1186c996f710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default - Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público urbano en automóviles de turismo de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989.
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=0ef5d94a931d3810VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default
Entidad Gestora
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
Tramitar
En línea
Presencial
Con cita previa obligatoria
Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid
Para la entrega de la solicitud y la tarjeta identificativa de conductor.