Tributos municipales. Justificantes de pago
Cuando se trata de recibos pagados mediante domiciliación bancaria en cualquier modalidad -pago único, fraccionado, Pago a la Carta (PAC) y Sistema Especial de Pago (SEP), el justificante de pago lo envía la entidad financiera al titular de la cuenta donde se realiza el cargo.
Hasta que no transcurren dos meses desde la fecha en que se realizó el pago, las entidades financieras no envían los ficheros con los pagados al Ayuntamiento, respetando el plazo de devolución de dichos cargos que establece la normativa sobre servicios de pagos SEPA.
Hasta que dicha información no llega al Ayuntamiento y posteriormente se confirma el pago, no es posible emitir un justificante del mismo.
De los recibos acogidos a alguna de las formas de domiciliación de pago fraccionado, sólo se podrá obtener el justificante del pago de la deuda total.
¿A quién va dirigido?
A las personas deudoras o autorizadas por estas.
Tramitación con identificación electrónica
Pueden solicitarse todos los justificantes de pago.
Presencialmente
Tal como se establece en el apartado Cómo realizar el trámite aportando la documentación que ahí se indica.
En línea (Internet):
- Accediendo al servicio Mi Carpeta> Tributos (requiere identificación del usuario con alguno de los certificados electrónicos admitidos por el sistema Cl@ve). Sólo justificantes de recibos de tributos periódicos (IBI, IAE, TPV, TRUA, OCU e IVTM).
- Realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.. Esta forma de solicitud no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Presencialmente:
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid: sólo justificantes del IVTM (con cita previa).
- Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa) se podrá obtener justificantes de pago de los tributos periódicos (IBI, IAE, IVTM, OCU, TRUA y TPV).
- Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes.
- Mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Oficinas de correos en la forma que reglamentariamente se establezca, y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Solicitud a través de instancia general
- Si la persona solicitante no es el/la titular:
- Autorización del/la titular o de la persona representante si es persona jurídica.
- Fotocopia del DNI de la persona autorizada y de la persona autorizante.
- Fotocopia del poder notarial o acta de nombramiento de la persona representante.
- Si el/la titular hubiera fallecido:
- Testamento o declaración de herederos/as donde figure la persona solicitante del justificante como heredero/a de la persona fallecida.
- Si no fuera heredero/a, autorización del/la heredero/a hacia la persona solicitante y fotocopia del DNI de la persona autorizada y de la persona autorizante.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Tasa de Residuos Urbanos
Si el/la solicitante no es titular del recibo: escritura, fotocopia de la escritura o autorización de la persona titular con copia del DNI.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)
Incluir los siguientes datos:
- Fecha en que se efectuó el ingreso.
- Banco o caja en que se efectuó el ingreso.
- Fecha de la escritura y notario/a que la otorgó.
- Situación de la finca transmitida.
- Datos de la persona solicitante.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Sólo se otorgarán a los/las titulares del vehículo, a los que presenten autorización de el/la titular, o a aquellas personas que acrediten interés legítimo mediante la aportación de contrato privado o documento que acredite la transmisión.
No obstante, cuando se trate de justificantes de pago del IVTM dirigidos a la Jefatura Provincial de Tráfico para que se autorice la transferencia de un vehículo, el Ayuntamiento de Madrid comunica a la D.G.T. la relación de recibos pendientes de pago de este impuesto, por lo que si está al corriente de pago del IVTM, no será necesario que lo acredite.
Información complementaria
Medios de entrega
- Se expiden al momento los justificantes solicitados:
- En línea a través de Mi Carpeta.
- Presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (sólo justificantes de IVTM) y en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (justificantes de IBI, IAE, IVTM, TRUA y TPV).
- Se envían al domicilio del/la solicitante los justificantes solicitados a través de los Registros
Más información
Teléfono Municipal 010 (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. BOE número 302 de 18 de diciembre de 2003.
- Artículo 34 de la Ley 16/2009, de Servicios de Pagos.
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto Legislativo 1065/2007 de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Ordenanza Fiscal 13/2021 General de Gestión, Recaudación e Inspección de 29 de diciembre de 2021. BOCM número 312 de 31 de diciembre de 2021.
- Reglamento por el que se regulan las funciones de fe pública en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos (BOCM de 7 de octubre de 2008) y Acuerdo de 28 de noviembre de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se determinan los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
-
Con cita previa obligatoria
-
Oficinas de Atención a la Ciudadanía. Línea Madrid
Sólo justificantes de pago de IVTM
-
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo justificantes de IBI, IAE, IVTM, TRUA y TPV
- Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid
-
Oficinas de Atención a la Ciudadanía. Línea Madrid
- Cita previa para IBI/Catastro. OAIC
- Cita previa para IAE. OAIC
- Cita previa para IVTM. OAIC
- Cita previa para TRUA/TPV. OAIC
- Concertar cita previa para Registro
- Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos. Línea Madrid
Modelos de formularios
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