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Premio Emprendedoras 2024

Del 20/02/2024 hasta 03/04/2024 Tramitar en línea
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes

En proceso el análisis y selección de 50 proyectos que pasarán a la siguiente fase.

 

Publicado el decreto de nombramiento del Jurado del Premio Emprendedoras 2024

Publicación del decreto de nombramiento de los miembros del jurado del Premio Emprendedoras 2024, de fecha 19 de marzo de 2024. Ver en "Información relacionada".

Información

Descripción

Convocada la XIV edición del Premio Emprendedoras, una de las líneas de reconocimiento del Ayuntamiento de Madrid al trabajo de las mujeres emprendedoras.

El objetivo principal es contribuir al reconocimiento de proyectos originales, creativos e innovadores liderados por mujeres para promover e impulsar el emprendimiento femenino, así como la generación de empleo e incremento de la actividad económica del país, contribuyendo a eliminar la brecha de género existente.

El Premio Emprendedoras 2024 está dotado económicamente con 100.000 euros en diferentes premios, además de otras aportaciones en especie.

Este premio es de ámbito nacional. 

 

 

¿A quién va dirigido?

Empresas lideradas por mujeres.

Plazo

20/02/2024 - 03/04/2024

Requisitos

Requisitos

Podrán participar en el Premio Emprendedoras 2024 las empresas (personas físicas o jurídicas) que reúnan los siguientes requisitos:

1.   Deberá ser pyme, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003 (DOUE núm. 124, de 20 de mayo de 2003).

2.   Estar constituida en alguna de las siguientes formas jurídicas:

  • Persona física: empresaria individual o autónoma, emprendedora de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.
  • Persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

3.   Estar participadas en más del 50% por mujeres. Más del 50% de las acciones o participaciones de la empresa tiene que estar en posesión de mujeres.

4.   Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2019. Se admitirán las
solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre que al premio
se presenten con una nueva línea de negocio y quede debidamente acreditado que ésta se ha
iniciado entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de publicación de la convocatoria..

5.  Haber emitido facturación por el proyecto empresarial que se presenta al premio, con
anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

6.   Disponer de un proyecto empresarial que sea original, creativo, disruptivo e innovador, con
o sin base tecnológica, orientado a cubrir necesidades en diferentes ámbitos: medioambiente,
salud y bienestar, gastronomía, educación, comercio, moda, finanzas, comercio electrónico,
turismo, industria, infraestructuras, logística, energía o similares.

7.   Contar con un servicio o un prototipo de producto testado en el mercado con resultados ya medidos o medibles.

8. Hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de
las obligaciones por reintegro de subvenciones.

9. No estar incurso en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones
establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La acreditación del cumplimiento de los requisitos 5.1, 5.3, 5.4, 5.6, 5.8 y 5.9 se realizará
mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.

Para más información, consultar las bases de la convocatoria (disponibles en "Información relacionada").

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Personas jurídicas:

Las personas jurídicas deberán presentar la solicitud obligatoriamente:

En caso de que la solicitud para participar en la convocatoria se realice a través de un representante con plena capacidad de obrar, tal representación deberá acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 5 de la LPAC. A tal efecto, serán admisibles las inscripciones realizadas en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración General del Estado (REA-AGE).

No será necesario acreditar la representación cuando la instancia de solicitud se firme con un sistema de identificación electrónica asociado al NIF de la empresa solicitante.

Personas físicas:

En el caso de optar por presentar la solicitud y documentación correspondiente en alguna de las entidades previstas en el artículo 16.4 de la LPAC, deberán remitir, dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en esta convocatoria, un correo electrónico a premioemprendimiento@madrid.es, adjuntando certificación de la entidad correspondiente en la que conste fecha y hora de presentación. En cualquier caso, la solicitud y documentación deberá ser recibida por la Dirección General de Emprendimiento en un plazo de 10 días naturales al siguiente de su presentación.

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 20 de febrero hasta el 3 de abril de 2024 (ambos inclusive (30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 42, de 19 de febrero de 2024).

Documentación

Documentación

  1. Formulario de solicitud. La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada por la persona interesada que, en su caso, cuente con poder suficiente para ello. Las personas jurídicas lo han de realizar obligatoriamente en línea: realizando la solicitud a través del enlace 'Registro Electrónico' disponible en 'Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). La personas físicas pueden presentarlo en línea o presencialmente, se pueden descargar el formulario en "Información relacionada" - "Modelos de formularios". Consultar el apartado "Cómo realizar el trámite".

  2. Resumen ejecutivo del plan de empresa. A la solicitud se deberá adjuntar un resumen ejecutivo del plan de empresa que deberá ceñirse a las siguientes características:

    • Redactado en español y con una extensión de entre 4 y 5 páginas. No serán admitidos documentos con un número de páginas de información mayor o menor a lo indicado.

    • Recoger obligatoriamente información sobre los siguientes puntos:

      1. Sector de actividad del proyecto.

      2. Descripción de la actividad empresarial.

      3. En el caso de las personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, indicar el número de socios, si son hombres o mujeres y el porcentaje de participación de cada una de ellas (indispensable para comprobar el cumplimiento del apartado 5.3).

      4. Fecha de inicio de actividad o de nueva línea de negocio, según proceda en cada caso.

      5. Cronograma que refleje la evolución de la facturación, indicando la fecha de inicio de facturación y los importes facturados desde dicha fecha hasta la fecha de publicación de la convocatoria. La facturación ha de referirse, en exclusiva, al proyecto que se presenta al premio.

      6. Reflejar los aspectos de la actividad empresarial que manifiesten que se cumplen con los criterios de valoración de las candidaturas establecidos en el apartado 11.

    • Plan de acción: se incluirá un cronograma y descripción de las actividades a llevar a cabo en cada una de las etapas programadas para la ejecución del proyecto, indicando, en su caso, en la etapa en que se encuentra en el momento de participación en esta convocatoria.

    • Se podrán presentar imágenes y gráficos de apoyo, pero siempre sin superar el límite de 5 páginas.

    • Se puede incluir el perfil profesional de las personas promotoras, pero en ningún caso se facilitarán datos personales de las mismas.

Se puede descargar un modelo de resumen ejecutivo para adjuntar a tu solicitud una vez cumplimentado en: https://www.madridemprende.es/premio-emprendedoras/

modelo de resumen ejecutivo 

Para más información, consultar las bases de la convocatoria (disponibles en "Información relacionada").

Más Información

Tramitación

El procedimiento de evaluación y resolución se dividirá en tres fases:

Primera fase: presentación y selección inicial de candidaturas

Tras la finalización del plazo de presentación de las candidaturas, se analizará la documentación presentada y, atendiendo a los criterios establecidos en el apartado 11 de las bases, se seleccionarán las 50 empresas que pasarán a la siguiente fase. 

  • Publicada la convocatoria del Premio Emprendedoras 2024 con fecha 19 de febrero de 2024, BOAM nº 9574 (19/02/2024) Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
  • Plazo de presentación de solicitudes: desde el 20 de febrero hasta el 3 de abril de 2024, ambos inclusive (30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 42, de 19 de febrero de 2024).

Segunda fase: presentación del proyecto empresarial ante el jurado y selección de las candidaturas.

Las 50 empresas finalistas serán convocadas para realizar una breve presentación (elevator pitch) ante el jurado, de cinco minutos máximo de duración.

El jurado, teniendo en cuenta los criterios de valoración, nominará a 3 empresas para optar a
los 3 premios “Emprendedora del año 2024” y decidirá el orden de clasificación atendiendo a
los criterios del apartado 11 de las bases y a la exposición efectuada en el elevator pitch.

El jurado nominará a 3 empresas para cada uno de los 11 accésits. Entre las nominaciones se
elegirán las empresas ganadoras de cada accésit, atendiendo a los criterios del apartado 11 de
las bases y a la exposición efectuada en el elevator pitch.

Tercera fase: nombramiento de ganadoras y entrega de premios

En el acto de entrega de premios, al que acudirán las 50 seleccionadas, el jurado hará público
el fallo y propondrá las empresas finalistas y ganadora del primero, segundo y tercer premio
“Emprendedora del año 2024”, y las empresas finalistas y ganadora de cada uno de los 11
accésits. 

En caso de que no existiera ninguna candidata para optar a alguna de las categorías previstas
para los accésits, el jurado podrá optar por nombrar una segunda ganadora en alguna de las
restantes categorías o dejarla desierta.

Información complementaria

Patrocinadores

Para la puesta en marcha y el desarrollo de esta convocatoria, el Ayuntamiento de Madrid cuenta con el patrocinio de Womenalia, la Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid ASEME, la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Onda MadridPwC EspañaIBM y Crisalion Mobility.

Dotación del premio

 La dotación económica total por parte del Ayuntamiento de Madrid asciende a 100.000 euros, desglosada de la siguiente manera:

  • Primer premio a la “Emprendedora del año 2024” dotado económicamente con 20.000 euros.
  • Segundo premio a la “Emprendedora del año 2024” con una dotación económica de 15.000 euros.
  • Tercer premio a la “Emprendedora del año 2024” con una dotación económica de 10.000 euros.

11 accésits dotados económicamente con 5.000 euros cada uno de ellos, en las siguientes categorías:

  1. Emprendedora joven, donde se valorará la juventud de la persona emprendedora.
  2. Emprendedora madrileña:
  3. Emprendedora de los centros de emprendimiento e innovación del Ayuntamiento de Madrid.
  4. Emprendedora con el mejor elevator pitch.
  5. Emprendedora con el proyecto con mayor potencial de crecimiento y proyección internacional.
  6. Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito tecnológico.
  7. Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito de la denominada economía naranja (industrias culturales y creativas).
  8. Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito de la salud y el bienestar.
  9. Emprendedora con el mejor proyecto en el sector HORECA y Food Tech.
  10. Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito medioambiental.
  11.  Emprendedora con el mejor proyecto en el sector STEM.

Los premios principales y los accésits no son compatibles, de forma que una misma empresa
no podrá ser ganadora del primero, segundo o tercer premio “Emprendedora del año 2024” y
ser galardonada, a la vez, con uno o varios accésits.

Además, las empresas ganadoras recibirán en especie diferentes aportaciones por parte de los patrocinadores:

  • Womenalia: dotará los tres premios principales y los once accésits con una entrevista en Womenalia.com, redacción y publicación de un artículo dentro de la plataforma Womenalia.com (con más de 300.000 usuarias registradas) y difusión en redes sociales del artículo y la entrevista.
  • Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME) dotará los tres premios principales y los once accésits con la cuota gratuita de socia durante un año y difusión en dicha asociación.
  • Universidad Rey Juan Carlos (URJC) dotará los tres premios principales con un programa de mentoría.
  • Onda Madrid: dotará los tres premios principales con una entrevista radiofónica y difusión a través de la web de Telemadrid y de sus redes sociales.
  • PwC España: dotará el primer premio “Emprendedora del año 2024” con ocho semanas de mentoría relacionados con los aspectos claves para el crecimiento de la empresa ganadora desarrollados por profesionales del área de Empresas de Alto Crecimiento de PwC.
  • IBM: dotará los tres premios principales “Emprendedora del año 2024” con el acceso al programa “Startup with IBM” con créditos de IBM Cloud para más de 100 servicios durante 12 meses con sesiones de coaching de expertos.
  • Crisalion Mobility: dotará el primer premio “Emprendedora del año 2024” con 10 horas de mentoría por parte de su comité directivo.

Criterios de valoración

Las candidaturas presentadas serán valoradas con un máximo de 20 puntos según los criterios
que se establecen a continuación: 

  1. Originalidad y creatividad del proyecto empresarial. Se valorará el carácter diferenciador y novedoso de la candidatura. Máximo 3 puntos.
  2. Disruptividad e innovación. La innovación puede referirse a un nuevo producto, un nuevo servicio, un nuevo modelo organizativo, un nuevo proceso, un nuevo enfoque de la solución o similar. Máximo 3 puntos.
  3. Viabilidad técnica y económica. Se realizará una evaluación realista de su viabilidad en el mercado. Máximo 3 puntos.
  4. Importancia de la necesidad que cubre. Se evaluará su capacidad para resolver un problema significativo y no satisfecho en el mercado, ofreciendo una solución única y escalable que impacte positivamente a la sociedad. Máximo 3 puntos.
  5. Plan de ingresos y facturación realizada por el proyecto que se presenta al premio. Máximo 3 puntos.
  6. Posibilidades de escalar a corto y medio plazo. Escalabilidad entendida como la capacidad para que pueda ser desarrollado en ámbitos distintos de aquellos para los que fue inicialmente diseñado. Máximo 3 puntos.
  7. Por ser proyectos pertenecientes a sectores tradicionalmente reservados al hombre. Máximo 2 puntos.

Para más información, consultar las bases completas de la convocatoria en el apartado "Documentación relacionada".

Entidad Gestora

Subdirección General de Fomento del Emprendimiento * Dirección General de Emprendimiento del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

Tramitar

Presencial

Sin cita previa

Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa

Únicamente para personas físicas

Con cita previa obligatoria

Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid

Únicamente para personas físicas.

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