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Servicio de Bicicletas compartidas. Solicitud de autorización

Del 07/02/2022 hasta 25/02/2022 Tramitar en línea

Información

Descripción

El artículo 193 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible somete el aprovechamiento especial del dominio público municipal que supone el estacionamiento de bicicletas eléctricas de pedales destinadas a su arrendamiento sin base fija a la previa obtención de la correspondiente autorización demanial temporal.

Los requisitos para poder ser beneficiarios de dichas autorizaciones, se han publicado en el BOAM nº 9070 de 4 de febrero de 2022 donde se recoge el Decreto de 1 de febrero de 2022, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se inicia el procedimiento de autorización demanial de aprovechamiento especial del dominio público municipal que supone el arrendamiento de bicicletas de pedales con pedaleo asistido sin base fija.

El plazo para la presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOCM, es decir, hasta el día 25 de febrero de 2022 incluido.

La solicitud debe incluir la siguiente documentación:

  • Fotografía y/o esquema del vehículo, reflejando su aspecto exterior así como los elementos del mismo que aseguren la identificación del nombre o denominación comercial de la empresa que presta el servicio y su condición de vehículo para arrendamiento (artículo 192.5 OMS).
  • Documentación que acredite las homologaciones (artículo 192.1.b OMS) que pueda cumplir el mismo en su conjunto o cualquiera de sus elementos.
  • Documentación que identifique la ubicación y formato en la bicicleta de pedaleo asistido del número de serie de fabricación o número de unidad otorgado por la empresa titular del servicio para identificación de la unidad concreta en cada caso (artículo 192.1.f OMS).
  • Sistemas de información para la interoperabilidad, tales como conectores automáticos, servicios web o similares, que pondrá a disposición del Ayuntamiento de Madrid para garantizar la información en tiempo real al consistorio sobre la geolocalización de los vehículos, así como el acceso al cuadro de mando que permita evaluar el uso medio de las bicicletas autorizadas y su actualización.
  • Número máximo de vehículos que solicita para cada una de las dos zonas que se establecen en el Anexo (interior y exterior de M30) y la distribución que propone realizar en las mismas, con determinación exacta, en formato electrónico procesable a través de sistemas GIS (por ejemplo, fichero geojson, kmz, kml o similares).
  • Calendario de controles y descripción de actividades de mantenimiento preventivo y correctivo para asegurar el buen estado de los vehículos (artículo 192.1.c OMS), incluyendo procedimientos para la identificación y retirada de vehículos que puedan presentar riesgos de seguridad.
  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones generales de la autorización demanial temporal del aprovechamiento especial del dominio público municipal, que supone el arrendamiento de bicicletas de pedales con pedaleo asistido sin base fija al amparo del artículo 193 de la ordenanza de movilidad sostenible, según el modelo que aparece como Anexo II del citado Decreto, en el que se incluye la declaración responsable expresa de que su empresa consta inscrita en el Registro Público de Empresas Adheridas al Sistema Arbitral de Consumo al que se refiere el artículo 31 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, conforme a lo previsto en el artículo 193.e de la OMS.

¿A quién va dirigido?

Empresas arrendadoras de servicios de bicicletas sin base fija que quieran obtener la correspondiente autorización demanial temporal imprescindible para prestar sus servicios en la ciudad de Madrid.

Plazo

07/02/2022 - 25/02/2022

Requisitos

Requisitos

Encontrarse constituidas como empresas y dadas de alta conforme la legislación vigente.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.

Documentación

Documentación

  • Fotografía y/o esquema del vehículo, reflejando su aspecto exterior así como los elementos del mismo que aseguren la identificación del nombre o denominación comercial de la empresa que presta el servicio y su condición de vehículo para arrendamiento (artículo 192.5 OMS).
  • Documentación que acredite las homologaciones (artículo 192.1.b OMS) que pueda cumplir el mismo en su conjunto o cualquiera de sus elementos.
  • Documentación que identifique la ubicación y formato en la bicicleta de pedaleo asistido del número de serie de fabricación o número de unidad otorgado por la empresa titular del servicio para identificación de la unidad concreta en cada caso (artículo 192.1.f OMS).
  • Sistemas de información para la interoperabilidad, tales como conectores automáticos, servicios web o similares, que pondrá a disposición del Ayuntamiento de Madrid para garantizar la información en tiempo real al consistorio sobre la geolocalización de los vehículos, así como el acceso al cuadro de mando que permita evaluar el uso medio de las bicicletas autorizadas y su actualización.
  • Número máximo de vehículos que solicita para cada una de las dos zonas que se establecen en el Anexo (interior y exterior de M30) y la distribución que propone realizar en las mismas, con determinación exacta, en formato electrónico procesable a través de sistemas GIS (por ejemplo, fichero geojson, kmz, kml o similares).
  • Calendario de controles y descripción de actividades de mantenimiento preventivo y correctivo para asegurar el buen estado de los vehículos (artículo 192.1.c OMS), incluyendo procedimientos para la identificación y retirada de vehículos que puedan presentar riesgos de seguridad.
  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones generales de la autorización demanial temporal del aprovechamiento especial del dominio público municipal, que supone el arrendamiento de bicicletas de pedales con pedaleo asistido sin base fija al amparo del artículo 193 de la ordenanza de movilidad sostenible, según el modelo que aparece como Anexo II del citado Decreto, en el que se incluye la declaración responsable expresa de que su empresa consta inscrita en el Registro Público de Empresas Adheridas al Sistema Arbitral de Consumo al que se refiere el artículo 31 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, conforme a lo previsto en el artículo 193.e de la OMS.
  • Además de la documentación relacionada en el apartado 'Descripción', las empresas que resulten propuestas para el otorgamiento de una autorización demanial temporal para el aprovechamiento especial del dominio público municipal que supone el estacionamiento de bicicletas de pedales con pedaleo asistido, deberán aportar a la Administración Municipal en el plazo concedido para ello, como requisito previo y necesario para el otorgamiento de la autorización, copia de la póliza de seguro en vigor y justificante de encontrarse al corriente de pago de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier riesgo relacionado con el arrendamiento y uso de las bicicletas (artículo 193.c OMS), incluyendo en particular la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a la persona usuaria, a otras personas y bienes o al patrimonio municipal.

En el apartado 'Información relacionada' se adjunta un modelo de declaración responsable que deberá cumplimentarse y adjuntarse al trámite.

Más Información

Fundamento legal

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad * Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación

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