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Subvenciones para el fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías 2025 (CAMBIA 360)

Plazo abierto Del 15/04/2025 hasta 02/10/2025 Tramitar en línea

Información

Descripción

Objeto y finalidad:

Ayudas para la adquisición de la adquisición de vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid, que podrán ser nuevos, o haber sido matriculados por el concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador que realice la venta al destinatario último de la ayuda siempre que no superen los 9 meses de antigüedad.

Podrán tratarse de furgonetas o camiones (categorías N1 y N2) con categoría de clasificación ambiental 'CERO emisiones', 'ECO' y 'C', o de motocicletas eléctricas, ciclomotores eléctricos, y cuatriciclos eléctricos.

Se subvencionará de igual modo a través de la presente convocatoria la renovación de los dispositivos de producción de frío en aquellos vehículos isotermos, refrigerados o frigoríficos con categoría de clasificación ambiental 'C', 'ECO' o 'CERO emisiones', siempre y cuando el accionamiento del nuevo dispositivo sea exclusivamente eléctrico, y con independencia del sistema de propulsión del vehículo.

Se incluye también la adquisición de bicicletas nuevas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas y cuatriciclos eléctricos, dedicados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.

El achatarramiento de vehículos de categoría ambiental 'A' (sin distintivo ambiental), será un requisito para optar a la ayuda en vehículos con categoría de clasificación ambiental 'C', y un incentivo para incrementar el importe a percibir en vehículos con clasificación ambiental 'CERO emisiones' y 'ECO', ya sea de las categorías N1 y N2, o se trate de motocicletas eléctricas, ciclomotores eléctricos, o cuatriciclos eléctricos.

La finalidad de las ayudas es reducir las emisiones de elementos contaminantes y mejorar la eficiencia energética que genera el sector del tráfico rodado, mejorando a su vez la calidad del aire y reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero.

Actividad subvencionable:

  • Ámbitos 1, 2 y 3: Adquisición de furgonetas y camiones ligeros, de las categorías N1 y N2 (CERO emisiones, ECO y C) 
  1. Que estén destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.
  2. Cuenten con la categoría de clasificación ambiental 'CERO emisiones', 'ECO' y 'C', tal y como se definen en los Anexos IIXI del Reglamento General de Vehículos, aprobado mediante el Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
  • Ámbito 4: Dispositivos de producción de frío
  1. Cuando el vehículo comercial adquirido N1 o N2 se trate de un vehículo isotermo, refrigerado o frigorífico que disponga de un dispositivo de producción de frío para la regulación de la temperatura de la carga, independiente del sistema de propulsión de dicho vehículo.
  2. También será de aplicación, a la renovación de los dispositivos de producción de frío para la regulación de la temperatura de la carga en vehículos N1 o N2 usados, cuando se trate de vehículos isotermos, refrigerados o frigoríficos, con categoría de clasificación ambiental 'C', 'ECO' o 'CERO emisiones', siempre que el nuevo dispositivo instalado sea de accionamiento eléctrico, con independencia del sistema de propulsión del vehículo.
  • Ámbito 5: Adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas y cuatriciclos eléctricos
  1. Que desarrollen la actividad de distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.
  2. Reúnan las características especificadas en las bases.

El crédito destinado a esta convocatoria asciende en total a 750.000 euros, con el siguiente desglose:

  • Ámbitos 1, 2 y 3: 670.000 euros.
  • Ámbito 4: 70.000 euros.
  • Ámbito 5: 10.000 euros.

Las cuantías de ayudas para cada uno de los ámbitos en que se clasifican los vehículos están establecidas en el apartado 7.1 de la Convocatoria. 

¿A quién va dirigido?

Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en la presente convocatoria las personas físicas mayores de edad, autónomos y personas jurídicas privadas o entidades sin personalidad, que desarrollen actividades económicas que impliquen la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.

El plazo para la presentación de solicitudes se inicia a las 10 horas del 15 de abril de 2025, vencimiento del plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (7 de abril de 2025), sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica y concluirá el 30 de septiembre de 2025.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 6.6. de la convocatoria, la fecha de compraventa, de matriculación en su caso, y el pago del precio del vehículo, incluido el abono de posibles cantidades a cuenta, o bajo cualquier otro concepto, deberán ser posteriores posteriores a 1 de octubre de 2024 y anterior a 30 de septiembre de 2025.

Plazo

15/04/2025 - 02/10/2025

Requisitos

Requisitos

  • Tener la residencia establecida en la ciudad de Madrid en el momento de la publicación de la convocatoria. En el caso de las personas físicas, han de figurar empadronadas en la ciudad de Madrid; en el caso de otro tipo de personas o entidades, deberán tener su domicilio social, fiscal o, en su defecto, disponer de una sucursal abierta en esta ciudad.
  • Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • La actividad económica ejercida debe conllevar la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.
  • Realizar la actuación subvencionable en los términos y en el periodo que se especifican en la presente convocatoria.
  • Destinar el vehículo adquirido a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid durante un periodo de tiempo no inferior a dos años.
  • Presentar la solicitud de ayuda conforme a lo establecido en el apartado 10 de la convocatoria.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Tratándose de vehículos de los ámbitos 1, 2 y 3 y ámbito 4 (en este último caso, cuando la adquisición del dispositivo de frío esté vinculada a la adquisición del vehículo), las   solicitudes de ayuda se presentarán en el concesionario/punto de venta adherido en que el beneficiario vaya a adquirir el vehículo, a través de la aplicación informática disponible al efecto en https://madrid.es/cambia360 y se atenderán hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios, por orden de presentación.

Tratándose del ámbito 5 y 4, cuando la adquisición del dispositivo de producción de frío no está vinculada a la adquisición de un vehículo también pueden ser presentadas las solicitudes de ayuda directamente por el interesado.

Una vez abierta la aplicación, debe optarse por 'Alta Beneficiario' (si es un interesado quien quiere presentar la solicitud directamente) y cumplimentar toda la información. Hecho esto, la Entidad Colaboradora 'Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) enviará unas claves de acceso para entrar en 'Iniciar Sesión'.

Los ámbitos que deban presentar la solicitud a través de un concesionario/punto de venta, tienen que optar primero por 'Alta Punto de Venta', si el concesionario no estuviera previamente adherido al Plan de Ayudas, para obtener las claves de acceso.

A través de la aplicación informática referenciada, los interesados en las ayudas objeto del presente programa podrán conocer el listado actualizado y ubicación de los concesionarios/puntos de venta adheridos al Programa Cambia 360.

Los interesados presentarán una solicitud por vehículo, con un máximo de 7 solicitudes por beneficiario.

El enlace directo a la aplicación electrónica estará disponible durante el periodo de presentación de solicitudes. 

Documentación

Documentación

Junto con la solicitud de la ayuda se acompañará la documentación señalada a continuación.

  • Documentación acreditativa de las facultades de representación, en el caso de que se actúe a través de representante.
  • Para los casos de adquisición directa del vehículo:

Presupuesto detallado y aceptado por el solicitante, o en su caso factura, sin que sea necesario aportar tres presupuestos aun en el caso de que el importe del vehículo supere la cuantía de un contrato menor, que deberá reflejar al menos:

  1. Número de presupuesto.
  2. Fecha de presupuesto y de su aceptación.
  3. Datos de concesionario/punto de venta.
  4. Datos del vehículo: en los ámbitos 1, 2 y 3, marca y modelo del vehículo, categoría de clasificación ambiental (CERO, ECO, C, o nuevas categorías que se regulen en el transcurso de la convocatoria) y en el ámbito 5, los requisitos técnicos que exige la convocatoria.
  5. Datos del beneficiario: nombre y apellidos, NIF y domicilio completo.
  6. En el caso de optar por el incentivo para la instalación de dispositivos de producción de frío de accionamiento eléctrico para la regulación de la temperatura de las mercancías, en el presupuesto se deberá diferenciar el coste de la instalación de dicho dispositivo, sobre el que se calculará el importe a aplicar.
  7. IVA aplicable.
  • En los casos de los vehículos N1 y N2 cuya adquisición se vaya a realizar mediante leasing financiero o arrendamiento por renting del vehículo nuevo, se aportará precontrato o contrato proforma, en el que deberán figurar los siguientes datos:
  1. Datos del vehículo: marca, modelo y categoría de clasificación ambiental (CERO, ECO, C o nuevas categorías que se regulen en el transcurso de la convocatoria).
  2. Datos del beneficiario: nombre y apellidos, NIF y domicilio completo.
  3. La duración del contrato.
  4. El importe del mismo.
  5. En su caso, parte de la cuota correspondiente al dispositivo de producción de frío 100% eléctrico que lleve incorporado el vehículo comercial.
  • Tratándose de la instalación de equipos de dispositivos de accionamiento exclusivamente eléctrico para la producción de frío para el control de la temperatura de la carga en vehículos usados (ámbito 4), se aportará presupuesto detallado y aceptado por el solicitante, o factura, que deberá reflejar al menos:
  1. Número de referencia.
  2. Fecha de aceptación del presupuesto o fecha de la factura.
  3. Datos de la empresa que ha llevado a cabo la instalación del dispositivo.
  4. Datos del vehículo: en los ámbitos 1, 2 y 3, marca, modelo, categoría y matrícula de clasificación ambiental (CERO emisiones, ECO, C o nuevas categorías de clasificación ambiental que se regulen en el transcurso de la convocatoria) y en el ámbito 4 los requisitos técnicos.
  5. Datos del beneficiario: nombre, apellidos, NIF y domicilio completo.
  6. IVA aplicable.
  • En caso de no autorizar la consulta de los datos tributarios y de la seguridad social, y cuando el incentivo solicitado sea superior a tres mil euros, se deberá aportar necesariamente los documentos que justifiquen hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con una validez en el momento de su presentación no inferior a 3 meses.
  • En el caso de no autorizar expresamente la consulta, se deberá aportar documentación acreditativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas, para constatar el ejercicio de una actividad económica.
  • En el caso de no autorizar expresamente la consulta, se deberá aportar la documentación acreditativa de los datos identificativos fiscales (Número de Identificación Fiscal, razón social y domicilio fiscal).
  • En el caso de achatarramiento, de no autorizar expresamente la verificación por el Ayuntamiento de Madrid, deberá adjuntar el documento acreditativo correspondiente de que el solicitante es el obligado al pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y está al corriente de ese impuesto en el Ayuntamiento de Madrid en el momento de la publicación de la convocatoria en el BOAM.
  • En caso de oposición a la verificación de datos de identidad, deberá adjuntarse documento acreditativo de la identidad del solicitante (DNI/NIF)
  • En caso de oposición a la consulta de la inscripción en el Padrón Municipal de Madrid, deberá adjuntarse documento acreditativo de la residencia establecida en el municipio de Madrid en el momento de la publicación de la convocatoria en el BOAM.
  • En caso de alegar la existencia de una sucursal en Madrid, deberá acreditarse dicha circunstancia documentalmente.

Más Información

Información complementaria

Gestión mediante Entidad Colaboradora de la Administración: El órgano concedente actuará a través de la  Entidad Colaboradora 'Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM)', cuya colaboración se ha formalizado mediante el correspondiente Convenio.

Concesionarios/Puntos de venta adheridos al Programa Cambia 360:

Si la solicitud de ayuda se presenta a través de concesionario/punto de venta en el que se ha adquirido el vehículo, por tratarse de los ámbitos 1, 2, 3 y 4, o se haya optado por este procedimiento en el ámbito 5, será requisito indispensable que dichas empresas estén adheridas al programa Cambia 360.

Podrán ser concesionarios/puntos de venta adheridos al Programa Cambia 360 las empresas habilitadas para la comercialización de vehículos mediante venta y que colaboren en la difusión y tramitación de las ayudas, al compartir los principios y objetivos básicos de reducción de emisiones, mejorando el conocimiento del público general sobre el uso de vehículos de bajas emisiones, y así lo manifiesten mediante la adhesión al Plan.

Para adherirse al Programa Cambia 360, los Concesionarios/Puntos de venta deberán registrarse en la página web habilitada al efecto, a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria, en el apartado 'Concesionarios/Puntos de venta' cumplimentado el correspondiente formulario, debidamente firmado y sellado, que se deberá acompañar de la siguiente documentación:

  • Poder de representación.
  • Copia acreditativa del Número de Registro Industrial identificativo del establecimiento o certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

La documentación anteriormente indicada deberá remitirse a la Entidad Colaboradora para que, una vez que haya recibido y validado su contenido, dar de alta en la aplicación informática a los correspondientes concesionarios como puntos de venta adheridos al Plan Cambia 360, a los efectos de que puedan comenzar a recepcionar las solicitudes de ayuda que presenten aquellos clientes que adquieran el vehículo en su concesionario y quieran optar a ellas.

Aquellos concesionarios/puntos de venta que se hubieran adherido a la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360), de anualidades anteriores y que deseen adherirse de nuevo a esta convocatoria de 2025, deberán manifestar su voluntad a través de la página web y comunicar, en caso de que se hubieran producido, los cambios respecto a la documentación aportada en la convocatoria anterior. En caso contrario, no será necesario que vuelvan a aportar esa documentación.

Fundamento legal

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Dirección General Planificación e Infraestructuras de la Movilidad

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