Impuesto Bienes Inmuebles (IBI). Bonificaciones y exenciones
Información
Descripción
- Bonificación por familia numerosa.
- Bonificación por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar.
- Bonificación a viviendas de protección oficial y equiparables.
- Bonificación a los mercados municipales.
- Bonificación a empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria.
- Bonificación a centros públicos de investigación.
- Bonificación a cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.
- Exenciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
¿A quién va dirigido?
Podrán realizar cualquiera de estos trámites los/las sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
Con identificación electrónica: realizando la solicitud a través del enlace disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
Presencialmente: en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
Documentación
Documentación
La documentación y los requisitos varian según la bonificación o exención concreta que se pretenda realizar.
Más Información
Fundamento legal
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Redacción vigente.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid