Subvenciones para incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales 2022
Información
Descripción
Convocatoria para incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales, y para el apoyo a los gimnasios y escuelas de danza y música ubicados en los mercados municipales afectados por las restricciones de actividad establecidas en la normativa de la Comunidad de Madrid por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19.
¿A quién va dirigido?
Categoría 1: Usuarios de los locales comerciales ubicados en los mercados municipales de Madrid que hayan iniciado su actividad con posterioridad al 1 de enero de 2020.
Categoría 2: los usuarios de locales de uso deportivo y escuelas de danza y música en los mercados municipales que hayan iniciado su actividad con anterioridad al 1 de enero de 2020.
Cuantía máxima de las ayudas:
Categoría 1 La cuantía de la ayuda se calculará aplicando los porcentajes que figuran en el anexo I de las bases de la convocatoria para los distintos mercados. La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario será de hasta 1.000 euros por mensualidad, hasta un máximo de doce meses, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2022.
Categoría 2. La cuantía de la ayuda se calculará aplicando los porcentajes que figuran en el anexo I de las bases de la convocatoria para los distintos mercados. La cuantía máxima de la ayuda por beneficiario será de hasta 10.000 euros por mensualidad completa, durante el periodo comprendido entre el 22 de junio de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.
Plazo
12/05/2022 - 30/09/2022
Requisitos
Requisitos
Las personas físicas o jurídicas que soliciten la subvención deberán reunir los siguientes requisitos desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de pago de la subvención:
- Estar formal y legalmente constituidas e inscritas.
- Su actividad debe realizarse en un mercado municipal.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Presencial: presentando el “formulario de solicitud” que está disponible en “modelo de formularios” junto con la documentación exigida en el apartado “documentación”.
-
Plazo: Del 12 de mayo al 30 de septiembre de 2022
Documentación
Documentación
Formulario de solicitud, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico)
- Información administrativa y certificados del solicitante:
- Copia del contrato de cesión de uso del local suscrito entre el concesionario del mercado y el solicitante.
- Certificado del concesionario del mercado municipal de que el usuario está al corriente del pago de sus obligaciones económicas con la concesión.
- Justificación de los gastos: copia de los recibos de pago de tarifas por mensualidades al concesionario por parte del usuario del local o locales que deberán estar fechados dentro del año 2020, 2021 o 2022 y sellados o firmados por el concesionario.
- Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Copia de la escritura de constitución y los estatutos de la sociedad o persona jurídica inscritos en el Registro Mercantil.
- Acreditación, en su caso, de la autorización para la presentación de la solicitud
Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales, así como para apoyar a los locales de uso deportivo y escuelas de danza y música en mercados municipales afectados por las restricciones establecidas en la normativa de la Comunidad de Madrid por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. BOAM nº 9135 de fecha 11 de mayo de 2022. Ver apartado "Información relacionada".
- Fase 2 propuesta de resolución provisional
- Fase 3 propuesta de resolución definitiva
- Fase 4 resolución definitiva
Información complementaria
- Mas información: Ver bases de la convocatoria en el apartado 'Información relacionada'
Fundamento legal
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (BOCM nº 278, de 22 de noviembre de 2013).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma
- Convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamieno de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2022. BOAM nº. 9135, de 11 de mayo de 2022. BOCM nº 111, de 11 de mayo de 2022.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
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En línea
Presencial
Con cita previa obligatoria
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid