Subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación 2020
Plazo de solicitud convocatoria 2021
Del 18 de enero al 8 de febrero de 2021
Convocatoria de subvenciones dirigida a la financiación de proyectos realizados en los mercados municipales, galerías de alimentación definidas en el Anexo I de la Convocatoria, y en los locales de estos establecimientos, para las siguientes inversiones:
- Obras de construcción, reforma integral, modernización o acondicionamiento de edificios, locales o instalaciones.
- Supresión de barreras arquitectónicas.
- Modernización de aseos públicos y dependencias para uso de los trabajadores de estos establecimientos.
- Mejora de la accesibilidad de las instalaciones.
- Obras e instalaciones destinadas al consumo racional de recursos energéticos o reducción de impacto medioambiental de los residuos generados.
- Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
- Acciones de promoción.
- Instalación de equipos de frío industrial.
- Adquisición e instalación de mostradores, vitrinas y expositores de venta al público.
- Aplicación de nuevas tecnologías para el comercio electrónico
- Certificación, calificación, de la eficiencia energética en mercados municipales y galerías de alimentación
- Obtención e implantación de estándares de calidad, planes de seguridad, cartas o guías de servicios
- Proyectos de colaboración con la red de huertos urbanos y desarrollo de experiencias de agrocompostaje
- Adquisición de equipos de estudios de evolución del acceso de clientes a los mercados municipales y galerías de alimentación
Los porcentajes y máximos de subvención a obtener podrán consultarse en el artículo 6 de la Convocatoria.
Más información y gastos excluidos de subvención en el texto de la convocatoria, en el apartado "Información relacionada".
¿A quién va dirigido?
- Titulares de concesión administrativa de los mercados municipales
- Usuarios que ejercen la actividad de comercio o servicios en locales de mercados municipales
- Titulares de galerías de alimentación con autorización inicial de actividad concedida por el Ayuntamiento de Madrid según los Reglamentos de Galerías de Alimentación de 1965, 1967, 1969, 1971 o 1976. En el Anexo I de esta Convocatoria pueden consultar el listado de galerías de alimentación que cumplen estos requisitos.
- Quienes ejerzan la actividad de comercio en un local de las galerías de alimentación indicadas en el punto anterior.
Plazo
18/01/2021 - 08/02/2021- Desarrollar su actividad en dichos mercados y/o galerías de alimentación y realizar la inversión en los mismos.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid salvo que estén debidamente garantizadas.
- Las Asociaciones sin ánimo de lucro deben de estar legal y formalmente constituidas.
- Los usuarios de locales deben tener la consideración de pyme.
- Plazo de ejecución: del 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021, salvo subvenciones de carácter plurianual.
- Las galerías de alimentación, realizadas las obras subvencionadas, deberán cumplir lo siguiente:
- Un mínimo de 5 establecimientos activos.
- Al menos 4 establecimientos con una superficie inferior a 500 metros cuadrados.
- Y al menos el 35% de los establecimientos de la galería se dedicarán al comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas.
- Para poder proceder a la tramitación de la ayuda, la inversión mínima será, con carácter general, de 2.000 euros en el caso de locales y 6.000 euros en el caso de mercados y galerías.
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
- Presencialmente: en cualquiera de los registros u oficinas de asistencia en materia de registro de las Administraciones Públicas, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o por cualquier otro medio contemplado en dicho artículo.
- Plazo de presentación de solicitudes: Para la convocatoria 2021, desde el 18 de enero al 8 de febrero de 2021
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios"
- Memoria descriptiva de la actividad que contenga datos generales, comerciales y técnicos de la persona física o jurídica solicitante.
- Datos del proyecto:
- Memoria descriptiva detallada de la inversión a realizar,
- Facturas o presupuestos económicos que integran el proyecto, con descripción de cada una de los conceptos incluidos y desglose del gasto por unidades.
- Planos de situación de la actividad comercial y de las inversiones para las que se solicita subvención.
- Previsión de fases de ejecución y cronograma de actuaciones.
NOTA: No se admitirán a trámite las solicitudes que no se acompañen de al menos un presupuesto definido y detallado de los gastos para los que se solicita ayuda y de una memoria de las actuaciones objeto de las inversiones.
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: publicación del Decreto de 27 de enero de 2020 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación correspondiente a los años 2020 y 2021. BOAM nº 8568 de 27 de enero de 2020. BOCM nº 22, de 27 de enero de 2020.
- Fase 2 propuesta de resolución provisional
- Fase 3 propuesta de resolución definitiva
- Fase 4 resolución definitiva
Información complementaria
Más información: ver bases completas y anexos de la convocatoria en "información relacionada"
Fundamento legal
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (BOCM Nº 278, de 22 de noviembre de 2013).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma
- Convocatoria de subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación correspondiente al año 2019. BOCM nº 22, de 27 de enero de 2020
Entidad Gestora
Dirección General de Comercio y Hostelería
Tramitar
Modelos de formularios
Documentación asociada
Información relacionada
- Otros trámites
- Otros contenidos
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BOAM nº 8568/146 (27/01/2020) - Decreto de 9 de enero de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación correspondiente a los años 2020 y 2021.
Convocatoria de subvenciones 2020-2021
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BOAM nº 7053/2251 (22/11/2013) - Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
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BOAM nº 8568/146 (27/01/2020) - Decreto de 9 de enero de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación correspondiente a los años 2020 y 2021.