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Subvenciones para la promoción y desarrollo de los soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior 2023

Del 08/03/2023 hasta 29/03/2023 Tramitar en línea

Información

Descripción

La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, tiene como objetivo fomentar y promover el desarrollo de proyectos de comunicación de ámbito distrital o inferior, garantizando la función social de los medios que promueven una información de cercanía y proximidad, especialmente vinculada a las necesidades de la ciudadanía.

Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".

¿A quién va dirigido?

Personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, con domicilio en el municipio de Madrid, que tengan como actividad, única o entre otras, la edición de prensa escrita local, y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.

Plazo

08/03/2023 - 29/03/2023

Requisitos

Requisitos

Requisitos de las personas físicas y jurídicas:

  • En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.
  • Tener número de depósito legal registrado.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No tener pendiente de justificación fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hubiera realizado o no.
  • No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Requisitos de las publicaciones:

  • Contener información específica y detallada sobre el distrito/barrio al menos en un 70% de la publicación.
  • Estar en funcionamiento.
  • Ajustarse a la normativa sobre la propiedad intelectual.
  • Tener una tirada mínima de 8.000 ejemplares y un mínimo de 10 páginas por ejemplar. A los efectos de calcular el mínimo de páginas exigible, se entiende por página completa la que tenga un área igual o superior a 530 cm2. Si las páginas de la publicación tienen un formato con un área inferior, a los efectos indicados se tomará como número de páginas el resultado de dividir el número de páginas total de la publicación entre dos. En todos los casos, se computará como página tanto la portada como la contra portada.
  • Incluir información periodística al menos en un 35% de la publicación.
  • Garantizar la distribución total o parcial de la tirada de manera directa entre los vecinos de su ámbito de actuación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • Las personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro:

En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). 

  • Las personas físicas podrán optar por alguno de los siguientes medios:

- Electrónicamente, de la misma forma prevista para las personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro en el apartado anterior.

- Presencialmente: preferentemente en el Registro del Área de Gobierno de Vicealcaldía, en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Plazo de presentación de la solicitud: del 8 de marzo al 29 de marzo, (15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 56 de fecha 7 de marzo de 2023).
  • Plazo de alegaciones a la propuesta de resolución provisional: del 23 de mayo al 5 de junio de 2023.
  • Plazo de aceptación de subvenciones: del 13 al 19 de junio de 2023, (5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en sede electrónica).
  • Publicación del decreto de aprobación de la resolución: 14 de septiembre de 2023. Boletín número 9339.

 

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios". 
  • Documentación que se especifica en el artículo 12 de la presente convocatoria.

Más Información

Tramitación

Fase 1. Convocatoria

Aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones para la promoción y desarrollo de los soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales). BOAM n.º 9339 del 7 de marzo de 2023.

Plazo de presentación de la solicitud: del 8 de marzo al 29 de marzo de 2023.

Fase 2. Propuesta de resolución provisional

Fecha de publicación: 22 de mayo de 2023

Plazo de alegaciones a la propuesta de resolucíon provisional: del 23 de mayo al 5 de junio de 2023 (10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en la sede electrónica).

 Fase 3. Propuesta de resolución definitiva y comunicación de aceptación

Fecha de publicación: 12 de junio.

Plazo de aceptación: del 13 al 19 de junio de 2023, (5 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación en la sede electrónica).

Fase 4. Publicación del decreto de aprobación de la resolución

Fecha de publicación: 14 de septiembre de 2023. BOAM núm. 9339.

Consulte el apartado "Información relacionada".

 

 

 

Entidad Gestora

Dirección General de Coordinación Territorial y Desconcentración

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