Pago de impuestos, tasas, precios públicos y multas de circulación por Internet
Pago en período voluntario y en período ejecutivo
- Impuestos, tasas y precios públicos.
- Multas de circulación.
- Sanciones administrativas.
Disponer de un documento de pago en plazo, ya sea recibo, liquidación, abonaré o carta de pago en el que debe figurar en la esquina superior derecha, un código de emisor de los relacionados a continuación:
- 28997.8 Pago de recibos en período voluntario.
- 28990.5 Pago de tributos en período voluntario y en período ejecutivo con el 5% de recargo, distintivos SER, precios públicos (cursos, talleres...) y sanciones administrativas.
- 28992.9 Pago de multas de circulación en período voluntario.
- 28995.4 Pago de deudas en período ejecutivo.
Puede acceder al pago haciendo clic en las imágenes correspondientes
Datos: debe introducir el identificador en el campo que aparece en la parte superior izquierda del recibo.
Plazo: el pago por Internet puede realizarse hasta las 20 horas del último día de su período voluntario de pago.
Datos: debe introducir los datos relativos al identificador, control, Dígito de Control (DC) e importe.
Datos: debe introducir los datos relativos al código de sujeto, abonaré, control, Dígito de Control (DC) e importe.
Plazo:
- Notificaciones del 1 al 15 de cada mes: hasta el día 20 de dicho mes.
- Notificaciones del 16 al último de cada mes: hasta el día 5 del mes siguiente.
Si el último día no fuera hábil se ampliaría al inmediato hábil siguiente.
Datos: debe introducir los datos relativos al boletín, control, Dígito de Control (DC), importe y matrícula.
Plazo: consultar el trámite Multas de circulación. Pagar una sanción.
Datos: debe introducir los datos relativos al identificador, control, Dígito de Control (DC) e importe.
Plazo:
- Notificaciones del 1 al 15 de cada mes: hasta el día 20 de dicho mes.
- Notificaciones del 16 al último de cada mes: hasta el día 5 del mes siguiente.
Si el último día no fuera hábil se ampliaría al inmediato hábil siguiente.
El pago por Internet podrá realizarse hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario de pago:
- Mediante tarjeta de crédito o débito: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.
- Por Banca Electrónica si es cliente/a de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
- Con Certificado digital a través de las siguientes entidades: Banco Santander S.A., Banco Sabadell S.A. y Caixabank, si dispone de certificado electrónico de clase 2CA emitido por la FNMT o alguno de los certificados electrónicos admitidos y habilitados para estas entidades.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid