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Centros de día para mayores

Información

Descripción

Los Centros de día son recursos de atención sociosanitaria, preventiva y rehabilitadora que se integran dentro de la red de dispositivos de Servicios Sociales destinados a la atención del colectivo de personas mayores. Se trata de un servicio prestado en régimen diurno que cubre las necesidades de las personas usuarias y las de sus familias, mediante:

  • Una atención profesional y especializada.
  • Un trabajo interdisciplinar y centrado en la persona, distintos programas y actividades adaptados a las personas y a sus necesidades.
  • El apoyo multidisciplinar a las familias y/o cuidadores.

Los objetivos de este recurso son:

  • Mejorar el bienestar y la calidad de vida
  • Prevenir la pérdida de autonomía y el deterioro funcional y/o cognitivo
  • Compensar los déficits y/o necesidades.
  • Mejorar las condiciones de atención en situaciones precarias.
  • Favorecer la permanencia de las personas usuarias en su medio habitual, evitando y/o posponiendo una institucionalización innecesaria.
  • Apoyar a las familias y/o cuidadores.
  • Fomentar relaciones interpersonales

¿A quién va dirigido?

Personas mayores que tengan cumplidos 60 años de edad.

Importe

Será calculado a partir de los ingresos económicos que tenga el solicitante, y aplicando a su Renta Mensual Per Cápita (RMPC) el baremo previsto. Tanto el baremo como la aportación del usuario se revisará anualmente con fecha 1 de enero.

Requisitos

Requisitos

  • Requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española, ser nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o tener residencia legal en España.

b) Estar empadronada en el municipio de Madrid en la fecha de la presentación de la solicitud. Cuando se trate de personas mayores que residan con familiares hasta seis meses al año será requisito suficiente que los familiares estén empadronadas en el municipio de Madrid.

c) No encontrarse afectadas por el régimen de incompatibilidades previsto en la Ordenanza 10/2022, de 28 de junio.

d) Haber obtenido, por aplicación de los baremos de valoración, la puntuación mínima exigida.

e) Haber solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia.

f) Acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos.

  • Requisitos específicos

a) Tener la edad que se indica a continuación:

1.º Para acceder a centros de día, para personas mayores con deterioro físico o relacional, tener cumplidos 60 años y estar afectados por un deterioro físico o relacional, que haga aconsejable su atención en un centro.

2.º Para acceder a centros de día, para personas con deterioro cognitivo tipo enfermedad de Alzheimer u otras demencias, tener cumplidos 60 años, padecer la enfermedad tipo Alzheimer u otras demencias y presentar una situación que haga aconsejable su atención en un centro especializado.

3.º Excepcionalmente, podrán acceder a estos centros personas menores de 60 años cuando se encuentren en una situación que aconseje este recurso, previo el correspondiente informe de los servicios sociales municipales.

b) Precisar de una serie de cuidados personales o sociales, que no permita la atención en su domicilio.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: en los Centros Municipales de Servicios Sociales del distrito municipal en el que se encuentre empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.

Pago

Pago

Ver precios de los servicios.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.

  • Para el resto de documentación a presentar ver el formulario de solicitud en "Modelos de formularios".

Más Información

Tramitación

  1. Presentación de la solicitud en el Centro de Servicios Sociales correspondiente al distrito municipal donde esté empadronado o resida el solicitante.
  2. Valoración y propuesta por parte del Trabajador Social municipal.
  3. Alta del servicio. Una vez valorada la idoneidad de la prestación del servicio por los técnicos municipales, la ocupación de la plaza vendrá determinada por la disponibilidad de las plazas vacantes.

Información complementaria

En el supuesto de plazas insuficientes se deriva la solicitud a la lista de espera.

Fundamento legal

  • Ley 12/2022, 21 diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM de 22 de diciembre).
  • Ordenanza 10/2022, de 28 de junio, reguladora del servicio de ayuda a domicilio para personas mayores y personas con discapacidad y de los servicios de centros de día, residencias y apartamentos para personas mayores y de los centros municipales de Atención Integral Neurocognitiva.
  • Decreto del la Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad de fecha 15 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores para el año 2024.

Entidad Gestora

Distritos Municipales del Ayuntamiento de Madrid

Tramitar

Presencial

Con cita previa obligatoria

Centros de Servicios Sociales Municipales

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