Taxi. Revisión administrativa anual
Información
Descripción
La revisión administrativa anual (Revista) tiene por objeto comprobar el mantenimiento de los requisitos y condiciones de las licencias de autotaxi previstos en el Decreto 74/2005, de 28 de julio y en la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28 de noviembre de 2012.
De acuerdo con el artículo 56.2 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, se fija el Calendario de la Revisión Administrativa para el 2022 al que tendrán que ajustarse las licencias de autotaxi.
Calendario de la Revisión Administrativa para el año 2022 (ABIERTO).
MES | DESDE LICENCIA Nº | HASTA LICENCIA Nº |
MARZO | 1 | 2000 |
ABRIL | 2.001 | 4000 |
MAYO | 4.001 | 6000 |
JUNIO | 6.001 | 8000 |
JULIO | 8.001 | 10.000 |
SEPTIEMBRE | 10.001 | 12.000 |
OCTUBRE | 12.001 | 14.000 |
NOVIEMBRE | 14.001 | 15.776 |
Las licencias de autotaxi cuyo número ordinal terminen en número PAR pasarán la revisión de su licencia en el año 2022.
No obstante lo anterior, todos los vehículos Eurotaxi deberán pasar la revisión durante el año 2022, con indenpendencia del número ordinal de terminación de la licencia.
Para las licencias de autotaxi cuyo número terminen en número IMPAR, se fijará su calendario de revisión en la Instrucción de 2023.
Los titulares de más de una licencia podrán tramitar conjuntamente la revisión administrativa de todas sus licencias pares, debiendo presentarla en el mes que corresponda al número de licencia más bajo.
¿A quién va dirigido?
Titulares de las licencias de autotaxi.
Plazo
01/03/2022 - 30/11/2022
Importe
- Tasa: 17,25 euros.
Abonadas mediante pago en la sede electronica. En caso de problemas con pagos de tasas indebidas puede consultar el siguiente vínculo: Devolución de tasas.
El pago de la tasa sólo será válido para la tramitación del expediente actual. No puede ser reutilizado en otras tramitaciones. En caso de detectarse esto el Ayuntamiento de Madrid tomara las medidas oportunas.
Las tasas abonadas estan destinadas al coste de la tramitación del expediente, tanto los recursos logísticos como humanos que la adminitración destina al mismo.
Requisitos
Requisitos
Serán objeto de comprobación los requisitos y condiciones de las licencias de autotaxi previstos en el Decreto 74/2005, de 28 de julio y en la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28 de noviembre de 2012 título V, desde la última revisión, particularmente:
a) Conductores asalariados y Conductores titulares:
- Ser titular de permiso de conducción de la Clase B en vigor.
- Ser titular del permiso municipal de conductor de autotaxi.
- Estar inscrito en el Registro Municipal de Licencias (Tarjeta de identificación).
- Estar en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social de acuerdo con la legislación laboral vigente.
b) Vehículo:
- Domicilio en la Comunidad de Madrid.
- Disponer de autorización de circulación como autotaxi, ITV en vigor, antigüedad y seguro de responsabilidad civil.
- Taxímetro: Revisión metrológica en vigor con las tarifas vigentes.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: Realizando solicitud y pago a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
Para más información: consultar la ayuda. Si realizando el trámite tiene errores o fallos puede consultar este vínculo: Preguntas frecuentes uso formularios electrónicos.
- Presencial: Se presentarán las solicitudes, junto con la documentación preceptiva.
- En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En la calle Albarracín, 33, planta baja. Con cita previa obligatoria.
- Puede solicitar la cita para realizar el trámite a través de los canales de atención de Línea Madrid:
- Solicitud cita en línea: a través del enlace www.madrid.es/citaprevia. Seleccione en “Tipo de servicio” [Gestión del taxi] y en “Gestión” [Licencia de autotaxi]
- Solicitud cita por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 915 298 210, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
- Línea Madrid en redes sociales:
- Twitter: @Lineamadrid
- Messenger de Facebook: @Lineamadrid
- Contactar a través Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid' que encontrará flotando en la página”.
Documentación
Documentación
Para el año 2022 y con el fin de simplificar la documentación a presentar, se comprobará la aportación de los siguientes:
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
- Justificante del pago de la tasa prevista en la ordenanza fiscal vigente. Tenga en cuenta que:
- Si la solicitud se realiza en línea, en el mismo proceso se requerirá el pago electrónico, que adjuntará automáticamente el justificante de pago a la solicitud.
- En caso de tramitación presencial, el pago debe realizarse utilizando exclusivamente los impresos de autoliquidación PDF disponibles en el apartado ‘Modelos de formularios'
- Si se presentan varias licencias a revisión, se presentará un justificante de abono de la tasa por cada licencia.
- Informe de vida laboral que acredite la cotización a la Seguridad Social del titular de la licencia durante los últimos doce meses, o desde la última revisión, expedido por la Administración competente.
- Informe de vida laboral de los conductores o vida laboral de empresa que acredite la cotización a la Seguridad Social de los conductores durante los últimos doce meses, o desde la última revisión, expedido por la Administración competente. Si se trata de colaboradores familiares informe de vida laboral.
- Recibo de pago efectuado a través del TPV en el que esté reflejado el número de la licencia de taxi, de reciente expedición.
- Informe de la radioemisora o entidad de contratación por medios telemáticos a la que estén adscritos, cuando se trate de un vehículo eurotaxi, en el que conste:
• Número y características de los servicios realizados a personas con movilidad reducida
• Servicios demandados que no hayan podido ser atendidos y
• Quejas y reclamaciones de los usuarios.
El resto de requisitos y condiciones previstos en el Decreto 74/2005, de 28 de julio y en la Ordenanza Reguladora del Taxi, de 28 de noviembre de 2012, relacionados con el titular de la licencia, conductores asalariados, vehículos y taxímetro, se comprobarán de oficio por el Departamento Jurídico del Taxi.
Presentación de documentación por Registro electrónico
Se ajustarán a las siguientes especificaciones:
- La documentación debe ser aportada durante el proceso del trámite en línea.
- La documentación adjunta se realizará en la medida de lo posible en un solo fichero pdf.
- Se adjuntará escaneada la documentación original de forma que se vea completamente.
- Cuando se formalice la petición por medio de representante, se consignará en el impreso los datos del representante: nombre, apellidos y DNI de la persona física representante, y se adjuntará la autorización de representación correspondiente.
Más Información
Información complementaria
Fundamento legal
- Ordenanza Reguladora del Taxi. Acuerdo Pleno de 28 de noviembre de 2012. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13 de diciembre de 2012 (núm. 297, pág. 52).
- Modificación de la Ordenanza Reguladora del Taxi. Acuerdo del Pleno de 30 de julio de 2014. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13 de agosto de 2014 (núm. 191, pág. 228).
- Modificación de la Ordenanza Reguladora del Taxi. Acuerdo del Pleno del 1 de junio de 2021, que aprueba la Ordenanza 8/2021, del 1 de junio del 2021. Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 22 de junio de 2021.
Entidad Gestora
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.