Residencia municipal para mayores con alzhéimer
Información
Descripción
Equipamiento de Servicios Sociales, destinado a proporcionar alojamiento y atención especializada a aquellas personas con Alzheimer u otras demencias que precisan de asistencia continua, y que por su situación familiar, económica y social, así como por sus limitaciones de autonomía personal, no pueden ser atendidas en sus propios domicilios.
Se puede consultar la lista de espera en el apartado 'Información relacionada – Otros contenidos'.
¿A quién va dirigido?
Personas con deterioro cognitivo tipo enfermedad de Alzheimer u otras demencias
Importe
Ver precios de los servicios en el apartado 'Información relacionada – Otros contenidos'.
Requisitos
Requisitos
- Requisitos generales:
Tener nacionalidad española, ser nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o tener residencia legal en España.
Estar empadronado en el municipio de Madrid en la fecha de la presentación de la solicitud. Cuando se trate de personas mayores que residan con familiares hasta seis meses al año será requisito suficiente que los familiares estén empadronadas en el municipio de Madrid.
No encontrarse afectadas por el régimen de incompatibilidades previsto en la Ordenanza 10/2022, de 28 de junio.
Haber obtenido, por aplicación de los baremos de valoración, la puntuación mínima exigida.
Haber solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia.
Acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos.
- Requisitos específicos
Tener cumplidos 60 años, padecer la enfermedad tipo Alzheimer u otras demencias y presentar una situación que haga aconsejable su atención en un centro especializado.
Excepcionalmente, podrán acceder personas menores de 60 años cuando se encuentren en una situación que aconseje este recurso asistencial, previo el correspondiente informe de los servicios sociales municipales.
No haber rechazado una plaza en cualquiera de las residencias de la Comunidad de Madrid.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
- Presencialmente: en los Centros de Servicios Sociales Municipales del distrito donde esté empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro Electrónico) y ‘Modelos de formularios'
- Declaración de la Renta o certificado negativo de Agencia Tributaria.
- Informe médico.
- Informe social (a emitir por el trabajador social municipal).
Más Información
Tramitación
- Presentación de la solicitud y documentación correspondiente en el Centro de Servicios Sociales del distrito municipal donde esté empadronado el solicitante.
- Estudio y Baremación del expediente.
- Incorporación a la lista de espera, según la puntuación obtenida.
- Comunicación de concesión de plaza (en el caso de plazas libres) al solicitante.
Fundamento legal
- Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Artículos 22, 24.1.2 y 91.
- Ordenanza 10/2022, de 28 de junio, reguladora del servicio de ayuda a domicilio para personas mayores y personas con discapacidad y de los servicios de centros de día, residencias y apartamentos para personas mayores y de los centros municipales de Atención Integral Neurocognitiva. Artículos 3 y 5.
- Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, de fecha 15 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores, para el año 2024.
Entidad Gestora
Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad No Deseada