Subvenciones para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario 2025
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado “Más información – Tramitación"
Información
Descripción
Convocatoria para el achatarramientode autobuses y autocares (categoría M3) destinados al transporte público discrecional o al transporte privado complementario en la Ciudad de Madrid.
La finalidad última de esta línea de ayudas es reducir las emisiones de elementos contaminantes y mejorar la eficiencia energética del sector del tráfico rodado en la ciudad de Madrid, con la consiguiente mejora de la calidad del aire y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Las solicitudes de ayuda se presentarán por medios electrónicos, mediante la aplicación informática disponible al efecto en la página web:
Plazo
20/05/2025 - 30/09/2025
Requisitos
Requisitos
Son requisitos para obtener la subvención:
- Ser titular del vehículo (persona física o jurídica) con alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de publicación de la presente convocatoria:
- de transporte público discrecional de viajeros en autobús.
- de transporte privado complementario de viajeros en autobús.
- Ser titular del vehículo para cuyo achatarramiento se solicita la subvención de manera ininterrumpida, desde al menos el 1 de enero de 2022 y hasta la baja definitiva voluntaria del vehículo y su achatarramiento, que deberá realizarse en fecha posterior a la publicación de la convocatoria en el BOAM.
- Ser el obligado al pago del IVTM en el Ayuntamiento de Madrid, de manera continuada, desde el 1 de enero de 2022 hasta el momento de la publicación de la presente convocatoria en el BOAM y estar al corriente de pago de ese impuesto durante todo ese periodo.
Para más información, ver apartado 5 de la convocatoria.
Página web: https://www.cambia360autobuses.es/
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En Linea: A través del formulario disponible en "Tramitar en línea".
- Plazo de solicitud: se podrán solicitar dede el 20 de mayo de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025
Las solicitudes de ayuda se tramitarán íntegramente por medios telemáticos, mediante el formulario de solicitud disponible en el portal web: https://www.cambia360autobuses.es/
Documentación
Documentación
La solicitud para participar se formalizará en el impreso normalizado específico para esta convocatoria que estará disponible en la plataforma web:
https://www.cambia360autobuses.es/
A este formulario se acompañará la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de las facultades de representación en caso de que la solicitud no sea firmada mediante un certificado electrónico en el que conste la identidad de la entidad solicitante
- Documento justificativo de la titularidad de la cuenta corriente indicada en la solicitud para el cobro de la subvención
Para más información, ver apartado 8 de la convocatoria.
Más Información
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: publicación de las bases por las que se regirá la convocatoria pública de subvenciones para el achatarramiento de autobuses o autocares de transporte público discrecional o de transporte privado complementario, correspondiente a la anualidad 2025. BOAM nº 9855 (07/04/2025)
Información complementaria
Para más información:
- AECIM. Asociación de empresas del metal de Madrid
- c/Principe de Vergara 74, 28006 – MADRID
- Teléfono: 91 561 03 30
- E-mail: cambia360buses@aecim.org
- WEB: https://www.cambia360autobuses.es/
Fundamento legal
- Bases reguladoras previstas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (BOE número 276, de 18 de noviembre de 2003) y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE número 176, de 25 de julio de 2006)
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013)
- También se regula por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; (BOE número 236, de 2 de octubre de 2015), por las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, por las normas del Derecho Privado.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Urbanismo Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid - Dirección General Sostenibilidad y Control Ambiental