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Autorización para la ocupación de 6 parcelas en el recinto ferial de San Isidro para el año 2025

Del 27/03/2025 hasta 05/04/2025 Tramitar en línea
Finalizado plazo de presentación de solicitudes

Información

Descripción

Esta convocatoria tiene por objeto potenciar la participación de la ciudadanía a través de las entidades ciudadanas, teniendo en cuenta, el fomento y desarrollo de las fiestas populares y actividades culturales en el Distrito, por lo que se establece el procedimiento para la autorización demanial, mediante publica concurrencia, para la ocupación de 6 parcelas en el recinto ferial de San Isidro en el periodo comprendido entre el 3 y 15 de mayo de 2025.

¿A quién va dirigido?

Organizaciones vecinales y sociales del distrito de Carabanchel inscritas en el en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y declaradas de utilidad pública.

Plazo

27/03/2025 - 05/04/2025

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En Línea: a través del enlace que se encuentra a su disposición en el apartado "Tramitar en línea". Formulario de Instancia General Normalizada (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.

  • Plazo: del 27 de marzo al 5 de abril de 2025 (10 dias naturales a contar desde la publicación en el BOAM número 9847 de 26 de marzo de 2025). 

Documentación

Documentación

  • Formulario de solicitud (disponible en "Tramita en línea. Registro Electrónico"). 

  • Declaración en la que el solicitante manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, que cumple las condiciones normativas y las que se establecen en este pliego relativas a aspectos administrativos, técnicos, sanitarios y de consumo, que dispone de la documentación a que se refiere el apartado siguiente de este Pliego, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de vigencia de la autorización. (Se adjunta modelo como Anexo II, disponible en "Información relacionada. Modelos de formularios"). 

Igualmente se deberá cumplir la normativa sanitaria vigente durante el periodo efectivo de la autorización.

Más Información

Tramitación

Criterios de valoración:

Las parcelas que han sido reservadas a organizaciones vecinales y sociales se adjudicarán por orden de puntuación según el baremo que se indica: 

  • Hasta 10 puntos: 1 punto por cada año en el que la organización haya estado presente en el recinto ferial de San Isidro, dentro de los últimos 10 años (sin tener en cuenta el periodo de suspensión del recinto ferial).

  • 10 puntos para aquellas organizaciones que tengan su domicilio social en el ámbito territorial del Distrito de Carabanchel.

  • Organizaciones que tengan su domicilio social en los siguientes barrios:

    • San Isidro: 15 puntos.
    • Opañel y Comillas: 10 puntos.
    • Vista Alegre, Puerta Bonita y Abrantes: 6 puntos.
    • Buenavista: 3 puntos.
  • En el caso de que el número de solicitudes fuera menor que las parcelas ofertadas, se adjudicará directamente, sin necesidad de baremación. 
  • En caso de que exista empate en la puntuación, se otorgará la autorización atendiendo a la antigüedad de la entidad, teniendo en cuenta, a tal efecto, la fecha que figure en el documento de constitución presentado con su solicitud. 

Únicamente se concederá una parcela por Organización Vecinal y Social. 

Las autorizaciones serán revocadas cuando se incumplan los aspectos administrativos, técnicos, sanitarios o de consumo que se establecen para su concesión. 

Asimismo, podrán ser revocadas cuando no se atienda a los requerimientos hechos por los Servicios Municipales y, en todo caso, si en el desarrollo de la actividad se producen, o se ampara, actitudes, comportamientos o cualquier forma de expresión, de índole racista, xenófoba, discriminatoria o que atente o denigre la dignidad de la persona.

Información complementaria

Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada - Otros contenidos"

Fundamento legal

  • Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

  • Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

  • Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de julio de 1998

Entidad Gestora

Distrito de Carabanchel del Ayuntamiento de Madrid

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