Saltar navegación

Solicitud de autorización para actuaciones musicales en el espacio público del distrito de Carabanchel

Del 01/10/2025 hasta 15/10/2025 Tramitar
Finalizado plazo de presentación de solicitudes

Información

Descripción

Los 'Músicos de Calle', que pretendan llevar a cabo actuaciones musicales en el distrito Carabanchel, tienen que solicitar autorización individual. Estas autorizaciones serán personales e intransferibles y no podrán ser objeto de cesión o transmisión y deberán ser exhibidas durante las actuaciones.

Las autorizaciones se otorgan por años naturales del 1 de enero al 31 de diciembre, surtiendo efecto desde el inicio de cada uno de ellos hasta su finalización.

El plazo para la presentación de las solicitudes de autorización municipal será el comprendido entre el 1 y el 15 de octubre del año anterior.

AUTORIZACIONES PARA 2025. Las solicitudes se presentarán entre el 1 y el 15 de abril de 2025 y serán efectivas para el segundo semestre del año en curso (2025).

Para el ejercicio de la actividad será necesario que cada intérprete, ya sea solista o pertenezca a un grupo musical, disponga de autorización individual. Por lo tanto, cada intérprete, pertenezca o no a un grupo musical, deberá presentar la correspondiente solicitud.

Las autorizaciones serán personales e intransferibles y no podrán ser objeto de cesión o transmisión.

¿A quién va dirigido?

Personas que realicen sus actuaciones musicales con o sin instrumentos de acompañamiento o aparatos musicales.

La autorización tendrá por objeto, exclusivamente, la realización de interpretaciones musicales en el espacio público, quedando excluidas cualquier otra forma de expresión artística (teatro, danza, performance, poesía, mimo, etc.).

Plazo

01/10/2025 - 15/10/2025

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del trámite "Solicitud de autorización para interpretación musical en vías y espacios públicos del Distrito Carabanchel de Madrid" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

  • Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Plazo de solicitud: del 1 al 15 de octubre para la autorización del año siguiente.

AUTORIZACIONES PARA 2025. Las solicitudes se presentarán entre el 1 y el 15 de abril de 2025 y serán efectivas para el segundo semestre del año en curso (2025).

  • Solo se admitirá una solicitud por persona, si se registran más de una, solo se tomará en consideración la primera, archivándose el resto.

Documentación

Documentación

  • Solicitud de autorización para interpretación musical en vías y espacios públicos del distrito de Carabanchel.

  • Memoria descriptiva de la actuación y los medios personales y materiales empleados en ella.

Más Información

Información complementaria

La Instrucción 1/2025 aprobada por Decreto del Concejal del Distrito de Carabanchel de fecha XX de XXXX de 2025, establece en el apartado 4 y siguientes las condiciones de la autorización:

Espacios disponibles y horarios

Para la actividad musical en vías y espacios públicos, se determinan cuatro relaciones de ubicaciones autorizables. 

  • Área delimitada en el Anexo I: Ámbito de la Glorieta de Marqués de Vadillo 

Horario máximo autorizado: de lunes a domingo de 12 a 14 y de 18 a 21 horas (con excepción de los días que no sea posible su autorización por motivos de interés público, lo que se comunicará convenientemente) en 2 situados.

  • Área delimitada en el Anexo II: Ámbito del Camino de la Laguna

Horario máximo autorizado de lunes a domingo de 12 a 14 y de 18 a 20 horas (con excepción de los días que no sea posible su autorización por motivos de interés público, lo que se comunicará convenientemente), en 3 situados.

  • Área delimitada en el Anexo III: Ámbito de la Glorieta Valle de Oro

Horario máximo autorizado de lunes a domingo de 12 a 14 y de 18 a 20 horas (con excepción de los días que no sea posible su autorización por motivos de interés público, lo que se comunicará convenientemente) en un solo situado.

  • Área delimitada en el Anexo IV: Espacio comprendido entre la Avenida de Oporto y Vía Lusitana

Horario máximo autorizado de lunes a domingo de 12 a 14 y de 18 a 20 horas (con excepción de los días que no sea posible su autorización por motivos de interés público, lo que se comunicará convenientemente) en un solo situado.

Condiciones generales

  • La actuación musical realizada por cada intérprete o grupo no podrá exceder de 1 hora diaria en la misma ubicación.

  • Las interpretaciones se realizarán en formato acústico, sin elementos de percusión, amplificación ni reproducción sonora de ningún tipo.

  • La distancia mínima entre intérpretes será de al menos 70 metros en las áreas en que se permitan más de un situado.

  • La actividad deberá realizarse sin instalación provisional alguna en los espacios ocupados, limitándose al personal participante con sus instrumentos particulares.

  • El número máximo de integrantes de un grupo musical será de 7 miembros para el Anexo I y de 5 miembros para en los Anexos II, III y IV.

Condiciones medioambientales: 

  • Las actuaciones respetarán los límites sonoros establecidos en el art. 15 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT).

  • El límite del nivel sonoro que se establezca en la autorización para cada zona se aplicará al conjunto del grupo que intervenga.

Procedimiento:

  • La autorización para el ejercicio de la actividad deberá ser solicitada por el interesado, en impreso normalizado y debidamente cumplimentado.

  • El plazo para la presentación de las solicitudes de autorización municipal será el comprendido entre el 1 y el 15 de octubre del año anterior.

AUTORIZACIONES PARA 2025. Las solicitudes se presentarán entre el 1 y el 15 de abril de 2025 y serán efectivas para el segundo semestre del año en curso (2025).

  • Si el número de solicitudes no excede del número máximo de autorizaciones previstas, se autorizará de forma directa.

  • Si el número de solicitudes excede del número máximo, el distrito Carabanchel realizará un sorteo público por sistema de insaculación.

  • Las autorizaciones tendrán una duración anual por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

Fundamento legal

Instrucción 1/2025, de XX de XXXX de 2025, del Concejal Presidente del Distrito Carabanchel relativa a los criterios para la autorización de las actuaciones de los "Músicos de Calle" en el espacio público del Distrito Carabanchel

Entidad Gestora

Distrito Carabanchel

Subir Bajar