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Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante el año 2022

Del 14/06/2022 hasta 27/06/2022 Tramitar en línea

Información

Descripción

La finalidad de esta convocatoria es contribuir a reducir la brecha de género en la práctica deportiva y prevenir situaciones como el abandono temprano del deporte por un gran número de mujeres adolescentes mediante el apoyo al tejido asociativo de la ciudad, a través de la concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante 2022.

Actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación.

Se considerarán subvencionables las actividades que reúnan los requisitos establecidos en el punto tercero, apartado cuatro de las Bases de la convocatoria.

Periodo subvencionable

Las entidades beneficiarias podrán obtener subvención para las actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación cuya fecha de inicio se encuentre comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Mas información - Tramitación".

¿A quién va dirigido?

La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva entre entidades sin ánimo de lucro, legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad la fecha de publicación de la convocatoria.

Plazo

14/06/2022 - 27/06/2022

Importe

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 200.000 euros.

Requisitos

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:

a)      Que en la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid lleven al menos un año inscritas y reconocidas en su correspondiente registro.

b)     Que tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid (salvo las federaciones deportivas madrileñas y españolas, que podrán tener su domicilio social en el ámbito nacional).

c)      Que su personalidad jurídica sea alguna de las que se relacionan a continuación:

  • Federaciones deportivas madrileñas adscritas a las federaciones deportivas españolas reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.
  • Entidades deportivas con personalidad jurídica propia previstas en el Capítulo II del Título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, que se hallen inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como aquellas entidades que hayan constituido en su seno secciones de acción deportiva sujetas al marco jurídico mencionado y estén igualmente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
  • Fundaciones legalmente constituidas y reconocidas al amparo de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones o de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, clasificadas e inscritas en los correspondientes Registros de Fundaciones regulados por estas normativas y que tengan entre sus actividades las relacionadas con el deporte.
  • Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior cuando la actividad deportiva que organicen esté autorizada por el Ayuntamiento de Madrid o por la federación deportiva competente.

No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Exclusivamente de forma telemática.

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro electrónico" disponible en "Tramitar - en línea" durante el plazo de la solicitud, en "Modelos de formularios"  (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda).

 

 

Documentación

Documentación

Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios". 

La Solicitud deberá cumplimentarse en su totalidad y acompañarse de la documentación acreditativa correspondiente:

a)   Proyecto, que deberá concretar al menos los siguientes aspectos:

  • El compromiso explícito de la entidad con la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Un diagnóstico previo de la situación del deporte femenino en la entidad antes del proyecto, con indicadores cuantificables y datos segregados por sexo.
  • Como mínimo tres objetivos específicos relacionados con las líneas de actuación contempladas en el apartado tercero punto 4 de la presente convocatoria.
  • Como mínimo un indicador medible por cada objetivo seleccionado, que permita cuantificar la consecución de los objetivos específicos del proyecto.

Tanto en el proyecto presentado como durante todo el periodo de ejecución de este, la entidad deberá hacer uso de un lenguaje no sexista, evitar imágenes discriminatorias de las mujeres y fomentar la transmisión de mensajes con valores de igualdad de género.

b)   Presupuesto de ingresos y gastos firmado por la persona representante legal de la entidad, donde no deberá figurar cantidad alguna como subvención del Ayuntamiento, debiendo detallarse de forma expresa el resto de los ingresos.

En caso de que no se haya realizado el proyecto, presupuesto estimado de gastos e ingresos, firmado por la persona representante legal de la entidad.

c)   En caso de haber finalizado el proyecto en el momento de la solicitud, memoria de la ejecución realizada y los resultados obtenidos.

Más Información

Tramitación

Fase 1: Aprobación de las bases de la convocatoria publicada en el BOAM  9157 de 13 de junio de 2022.

Fase 2: Publicada propuesta resolución provisional BOAM  9213 de 1 de septiembre de 2022.

Fase 3: Publicada propuesta resolución definitiva BOAM  9238 de 6 de octubre de 2022.

Fase 4: Publicada concesión BOAM  9287 21 de diciembre de 2022.

Información complementaria

Para obtener información detallada del tipo de gastos subvencionables, documentación, requisitos, obligaciones de los beneficiarios, criterios de valoración y otros detalles de esta subvención, consultar las Bases de la convocatoria disponibles en el apartado Información relacionada.

Fundamento legal

Entidad Gestora

Dirección General de Deporte del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

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