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Taxi. Revisión de sustitución de vehículo

Información

Descripción

Los vehículos taxis pueden ser sustituidos a petición de las personas titulares de licencia de taxi, previa acreditación de los requisitos y aportación de los documentos exigibles.

Se podrá elegir un vehículo turismo que se corresponda con una de estas dos opciones:

  • Modelo Autorizado: Vehículo que se corresponda con uno de los modelos ya autorizados por el Ayuntamiento de Madrid para la prestación del servicio de taxi (para consultar los modelos autorizados ver enlace "Vehículos autorizados" en la sección 'Información Relacionada (otros contenidos)'.
  • Libre Elección: Vehículo que no se corresponda con uno de los modelos ya autorizados por el Ayuntamiento de Madrid, de libre elección por el titular de la licencia

Posteriormente a la presentación de la documentación requerida, los vehículos se someterán a una revisión física que se llevará a cabo en Base Municipal Nuestra Señora del Recuerdo.

 

¿A quién va dirigido?

Titulares de Licencias de Autotaxi.

Importe

  • Tasa: 17,25 euros.

 

Requisitos

Requisitos

Caso de un MODELO AUTORIZADO

  1. Estar clasificado como turismo, habilitado para la circulación, destinado al servicio público de taxi y matriculado a nombre del titular de la licencia.
  2. Disponer de la inspección técnica periódica en vigor.
  3. No rebasar la antigüedad del vehículo sustituido, o, en otro caso, no superar la antigüedad de dos años.
  4. Justificar el desmontaje del taxímetro del vehículo sustituido.
  5. Haber superado la correspondiente verificación tras la instalación del sistema tarifario en el vehículo.
  6. Cuando se trate de un vehículo eurotaxi, tener efectuadas las reformas e instalados los elementos obligatorios, según la normativa en materia de accesibilidad de transporte público.
  7. Reunir las características, dimensiones y elementos mínimos obligatorios.

 Caso de un VEHÍCULO DE LIBRE ELECCIÓN

 Cuando se trate de un vehículo de libre elección, además de los requisitos indicados anteriormente se deberá acreditar:

  1. Los requisitos de instalación del taxímetro conforme  a  la normativa  estatal  y autonómica en materia de metrología legal, mediante documento expedido por el órgano de la Comunidad de Madrid competente en materia de metrología legal, por el fabricante del vehículo o su representante legalmente establecido, por reparadores o por organismos de verificación metrológica de taxímetros, autorizados ambos por la Comunidad de Madrid.
  2. Los requisitos y características previstos en los artículos 16 y 17 de esta ordenanza, mediante fichas conformadas por el fabricante del vehículo, o por su representante legalmente establecido, o por servicio técnico designado, según  los modelos que a tal efecto se establezcan por los servicios municipales.
  3. Cuando se trate de un vehículo eurotaxi: el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad en transporte público, mediante ficha conformada por el fabricante del vehículo, o por su representante legalmente establecido, o por servicio técnico designado, según  el modelo que a tal efecto se establezca por los servicios municipales.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: Realizando solicitud y pago a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
  • Presencial: Se presentarán las solicitudes, junto con la documentación preceptiva. 
    • En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En la calle Albarracín, 33, planta baja. Con cita previa obligatoria.

Puede solicitar la cita para realizar el trámite a través de los canales de atención de Línea Madrid:

  • Solicitud cita en línea: a través del enlace de Cita previa en trramitación presencial.Seleccione en “Tipo de servicio” [Gestión del taxi] y en “Gestión” [Licencias de autotaxi]
  • Solicitud cita por teléfonoA través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 914 800 010, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
  • Línea Madrid en redes sociales
  • Contactar a través Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid' que encontrará flotando en la página”.

Documentación

Documentación

La documentación a presentar estará en función del tipo de vehículo elegido,distinguiéndose según se corresponda con un modelo autorizado por el Ayuntamiento de Madrid para la prestación del servicio de taxi o por un vehículo de libre elección:

Documentación caso de un MODELO AUTORIZADO

Primera Fase:

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en Tramitar en línea (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
  • Justificante del pago de la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal vigente. Tenga en cuenta que:
    • Si la solicitud se realiza en línea, en el mismo proceso se requerirá el pago electrónico, que adjuntará automáticamente el justificante de pago a la solicitud.
    • En caso de tramitación presencial, el pago debe realizarse utilizando exclusivamente los impresos de autoliquidación y sus instrucciones disponibles en el apartado ‘Modelos de formularios' o disponible en Tramitar en línea (Registro electrónico) - Descargar y rellenar - Imprimir.
  • Original y fotocopia para su cotejo, o bien fotocopia compulsada, del Permiso de Circulación del vehículo, o en su caso, autorización provisional de circulación.
  • Original y fotocopia para su cotejo, o bien fotocopia compulsada, de la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículo con la revisión correspondiente en vigor.
  • Presentada esta documentación y acreditados los requisitos, el Ayuntamiento comunicará la
    fecha y hora de la cita para la revisión presencial del vehículo en la Base Municipal Nuestra Señora del Recuerdo.

Segunda Fase:

Superado con resultado favorable la revisión presencial del vehículo, deberá presentarse la siguiente documentación:

  • Licencia de taxi.
  • Certificado de levantamiento del taxímetro del vehículo sustituido.
  • Recibo de pago efectuado a través del TPV en el que esté reflejado el número de la licencia de taxi, de reciente expedición.

Acreditados estos requisitos se entregará al interesado: 

  • Licencia de taxi, en el que consta la nueva matrícula adscrita al vehículo.
  • Comunicación a presentar en el taller autorizado para instalación taxímetro y módulo luminoso.
  • Comunicación a presentar en una estación ITV para la verificación del taxímetro y módulo luminoso. 

Documentación caso de un VEHÍCULO DE LIBRE ELECCIÓN

Primera Fase:

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en Tramitar en línea (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
  • Justificante del pago de la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal vigente. Tenga en cuenta que:
    • Si la solicitud se realiza en línea, en el mismo proceso se requerirá el pago electrónico, que adjuntará automáticamente el justificante de pago a la solicitud.
    • En caso de tramitación presencial, el pago debe realizarse utilizando exclusivamente los impresos de autoliquidación y sus instrucciones disponibles en el apartado ‘Modelos de formularios' o disponible en Tramitar en línea (Registro electrónico) - Descargar y rellenar - Imprimir.
  • Original y fotocopia para su cotejo, o bien fotocopia compulsada, del permiso de circulación del vehículo, o en su caso, autorización provisional de circulación.

  • Original y fotocopia para su cotejo, o bien fotocopia compulsada, de la tarjeta de inspección técnica de vehículo con la revisión correspondiente en vigor.

  • Documento que acredite los requisitos de instalación del taxímetro que podrá ser expedido:

    • órgano de la Comunidad de Madrid competente en materia de metrología legal,

    • fabricante del vehículo o su representante legalmente establecido,

    • reparadores o por organismos de verificación metrológica de taxímetros, autorizados ambos por la Comunidad de Madrid.

  • Ficha de características comunes, conformada por el fabricante del vehículo, o por su representante legalmente establecido, o por servicio técnico designado que acrediten los requisitos y características previstos en los artículos 16 y 17 de la Ordenanza Reguladora del Taxi descargar del enlace Ficha de características comunes.

  • Además de la ficha de características comunes, cuando se trate de un vehículo Eurotaxi, se presentará la Ficha de características específicas por el fabricante del vehículo, o por su representante legalmente establecido, o por servicio técnico designado, según  el modelo que a tal efecto se establezca por los servicios municipales, que acredite el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad en transporte público descargar del enelace Ficha de características específicas EUROTAXI
  • Presentada esta documentación y acreditados los requisitos, el Ayuntamiento comunicará la
    fecha y hora de la cita para la revisión presencial del vehículo en la Base Municipal Nuestra Señora del Recuerdo.

Segunda Fase:

Superado con resultado favorable la revisión presencial del vehículo, deberá presentarse la siguiente documentación:

  • Licencia de taxi.

  • Certificado de levantamiento del taxímetro del vehículo sustituido.

  • Documentación que acredite la posibilidad de efectuar el cobro con tarjeta.

Acreditados estos requisitos se entregará al interesado

  • Licencia de taxi, en el que consta la nueva matrícula adscrita al vehículo.
  • Comunicación a presentar en el taller autorizado para instalación taxímetro y módulo luminoso.
  • Comunicación a presentar en una estación ITV para la verificación del taxímetro y módulo luminoso.

OTRAS CONSIDERACIONES

MAMPARA: Trámite para la Revisión de autorización de Mamparas de Seguridad.En caso de que al vehículo se le hubiese instalado una mampara de seguridad será necesario que,

  • Solicitud en formulario normalizado de instalación de mampara. 
  • Justificante del pago de la tasa prevista en la ordenanza fiscal vigente. 
  • certificado de montaje de la mampara expedido por el taller instalador en el que conste la identificación de la mampara y el número de licencia. 
  • MODIFICACIÓN: En el caso de presentar un vehículo, al que se le realiza una modificación posterior (GLP, GNC), conforme el artículo 19 de la Ordenanza Reguladora del Taxi deberá solicitar la autorización municipal: Modificación de vehículo de autotaxi.

Más Información

Información complementaria

TXMAD

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Fundamento legal

Entidad Gestora

Departamento Jurídico del Taxi. Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación

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