Saltar navegación

Teleasistencia

Información

Descripción

Servicio social de atención y apoyo personalizado, que permite a las personas usuarias, a través de un sistema de comunicaciones e informático específico, disponer de un servicio de atención telefónica permanente, las 24 horas del día, todos los días del año, atendido por profesionales con formación especializada y medios técnicos necesarios, para dar respuesta adecuada a las situaciones de necesidad social, soledad o emergencia, incluida la movilización y coordinación con otros recursos sociosanitarios, si fuera necesario.

El servicio no presta atenciones de caracter sanitario (atención médica, manipulación de aparatos o instrumentos que precisen de conocimientos profesionales, que sean competencia de personal sanitario, traslado a centros de salud u hospitalarios y similares).

En los casos en los que el Centro de Atención de llamadas valore necesaria una atención presencial, el servicio desplazará al domicilio a personal de apoyo, para atender la situación producida y en su caso coordinar con otros servicios de carácter sociosanitario.

El terminal que se instala en el domicilio y permite la comunicación con el Centro de Atención de llamadas, se complementa con una unidad de control remoto en forma de colgante, pulsera o reloj, que al ser pulsado lanza una señal al Centro de Atención, quien identifica y atiende al usuario que ha pulsado.

El servicio dispone, además, de dispositivos de tecnología avanzada (detectores de gas, de humo, sensores de movimiento/presencia, telemonitorización de constantes vitales y equipos adaptados a personas con diversidad funcional), que sirven sirven de apoyo en la prevención y detección de situaciones de riesgo.

¿A quién va dirigido?

Preferentemente personas mayores de 65 años, y especialmente las mayores de 80 años, que por su edad, estado de salud, soledad o aislamiento, precisen de este servicio para garantizar su atención, compañía y seguridad.

Personas con 18 años o más, en situación de dependencia reconocida por resolución administrativa del órgano competente, que incorpore el Servicio de TAD en su programa individualizado de atención (PIA).

Personas con 18 años o más, en situación de riesgo de aislamiento severo (excepto situaciones que se atienden desde servicios especializados) o con enfermedad grave incapacitante. El acceso al servicio de estas personas deberá venir acompañado de informe de los Servicios Sociales que justifique tal necesidad.

 

Requisitos

Requisitos

  • Estar empadronado en la ciudad de Madrid.
  • Tener capacidad la persona interesada, o en su caso la persona con la que conviva, para realizar un uso adecuado del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea:

Tramitando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar > En línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda

Presencialmente:

  • En las Oficinas de Atencion a la Ciudadanía (OAC) se dará de alta la solicitud para personas mayores de 65 años que vivan solas, estén empadronadas en Madrid municipio y autoricen la consulta de datos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). 

En el resto de los casos, la solicitud se tramitará por registro siendo necesario solicitar cita previa.

En las oficinas auxiliares de Aravaca, Villaverde y El Pardo, se tramitará la solicitud por registro en todos los casos.

  • También puede presentar la solicitud, una vez rellenada, en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En los Centros de Servicios Sociales Municipales donde se encuentre empadronado el solicitante solo le facilitarán información y asesoramiento, con cita previa.

Telefónicamente:

  • A través del teléfono 010 de información municipal (914 800 010 si llama desde fuera del municipio de Madrid) . La opción de tramitación telefónica es sólo para personas mayores de 65 años que vivan solas, estén empadronadas en Madrid municipio y autoricen la consulta de datos a la Agencia Estatal Tributaria (AET) y al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). 

Pago

Pago

Aportación económica:

Se establecerá una cuota única por domicilio en función de la RMPC (Renta Mensual Per Cápita) de 0, 6, 9 ó 12 €uros. El cargo se efectúa en los 10 primeros días del mes siguiente.

El servicio será gratuíto para las personas mayores de 90 años.

Ver precios de los servicios.

 

Documentación

Documentación

Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.

Las personas mayores de 65 años que vivan solas y presenten su solicitud a través de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía no requieren aportar documentación alguna. Es opcional aportar el número de cuenta bancaria al objeto de agilizar el trámite del servicio para el caso en que haya aportación económica del usuario al coste del servicio.

Más Información

Tramitación

  1. Una vez presentada la solicitud, el Centro de Servicios Sociales valorará la situación de necesidad del ciudadano para priorizar la tramitación de la orden de alta a la entidad prestadora del servicio.

  2. La entidad prestadora contactará con el solicitante o persona de referencia para acordar la fecha de la visita domiciliaria para la instalación y alta del servicio.

El alta del servicio se realiza en un plazo apróximado de 15 días desde la fecha en la que la entidad recibe la comunicación concesión por parte del Ayuntamiento de Madrid. En los casos valorados como "urgentes" este plazo se reduce a 48 horas.

Baja en el Servicio: bastará con pulsar el terminal que dispone en el domicilio y comunicar su deseo de darse de baja. La entidad comunicará al Ayuntamiento la baja y concertará una visita para retirar los dispositivos tecnológicos. 

También puede solicitar la baja a través del Centro de Servicios Sociales del distrito que le corresponda por domicilio.

Información complementaria

EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
   
Distrito Entidad
Villaverde

ATENZIA

917 255 036

Usera
Puente de Vallecas
Retiro 
Moratalaz
Vicálvaro
Villa de Vallecas
Salamanca
   
Latina

TELEVIDA

911 958 401

Chamberí 
Moncloa-Aravaca
San Blas-Canillejas
Ciudad Lineal
Hortaleza
   
Centro

ASISPA

911 953 100 

Arganzuela
Carabanchel 
Tetuán 
Fuencarral-El Pardo 
Chamartín
Barajas 

Fundamento legal

  • LEY 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

  • LEY 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

  • Decreto del Delegado del área de Gobierno de Políticas Sociales, Familias, e Igualdad, de fecha 15 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los servicios de atención a personas mayores, para el año 2024.

Entidad Gestora

Distritos Municipales del Ayuntamiento de Madrid

Tramitar

Teléfono

Los mayores de 65 que vivan solos llamando al 010 ( 914 800 010 desde fuera de Madrid)

Subir Bajar