Animales. Inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos
Información
Descripción
Las personas titulares de animales calificados como potencialmente peligrosos han de inscribir a su animal en el registro municipal, aportando la documentación que se indica en el apartado correspondiente de este trámite.
¿A quién va dirigido?
Personas titulares de animales calificados como potencialmente peligrosos según normativa de aplicación, y que residan en la ciudad de Madrid.
Requisitos
Requisitos
Para que la persona titular de un animal calificado como potencialmente peligroso pueda inscribirlo en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos han de cumplirse los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Acreditar ser la persona propietaria del animal a registrar.
- Disponer de Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Para formular la solicitud:
Plazo: dentro de los 15 días siguientes a la obtención de la Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
-
En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda)
- Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
- Certificado veterinario de salud en documento oficial, firmado por el veterinario/a que lo expida, que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso.
- Copia de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, únicamente si se obtuvo en un municipio distinto a Madrid.
Más Información
Tramitación
El Registro de animales potencialmente peligrosos solo puede ser solicitado por personas físicas, rechazándose aquellas solicitudes en las que la persona interesada sea una persona jurídica.
Una vez inscrito el animal en el Registro de Animales potencialmente peligrosos, se remitirá a la persona interesada un Certificado de Inscripción.
Información complementaria
Con periodicidad anual habrá de aportarse un certificado de salud del animal firmado por el/la veterinario/a que lo expida, que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso. Además, deberá aportarse una copia de la licencia administrativa cada vez que se renueve ésta. La documentación deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Madrid (electrónica o presencialmente) dirigida al Departamento de Servicios Veterinarios de Madrid Salud.
Fundamento legal
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
- Decreto por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y se crean los registros de Perros Potencialmente Peligrosos
- Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales. Acuerdo Pleno de 26 julio 2001. BOCMnúm. 207 de 31 agosto 2001.
Entidad Gestora
Organismo Autónomo Madrid Salud del Ayuntamiento de Madrid
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