Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos para la formación y profesionalización en el sector audiovisual 2022
Información
Descripción
Esta convocatoria destinada a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la Ciudad de Madrid, un proyecto para la formación y profesionalización en el sector audiovisual esta dirigida a personas desempleadas o demandantes de empleo y se , corresponde con la actividad de la Agencia para el Empleo para facilitar el acceso al mercado de trabajo de este colectivo, articulando para ello los recursos necesarios, mediante la información, el acompañamiento, la orientación, el asesoramiento, la formación y la profesionalización, en el sector audiovisual.
¿A quién va dirigido?
Entidades e instituciones (o agrupación de las mismas) de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen, en la ciudad de Madrid, proyectos que tengan por objeto el desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector audiovisual dirigido a personas desempleadas o demandantes de empleo, empadronados en la ciudad de Madrid.
Plazo
27/08/2022 - 16/09/2022
Requisitos
Requisitos
Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias:
- Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro
- Que sus fines y actividades sociales coincidan con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
- Desarrollar sus actividades o tener sede en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, RGS), se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
No podrán concurrir entidades cuyos fines, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o resulten discriminatorios por razón de sexo.
A efectos de la presente convocatoria tendrán la consideración de beneficiarias las entidades e instituciones (o agrupaciones de las mismas) de carácter social sin ánimo de lucro
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
Plazo de presentación: del 27 de agosto (día siguiente a la publicación del BOCM nº 203 de 26 de agosto) al 16 de septiembre ambos inclusive.
Más Información
Tramitación
- Fase 1 Convocatoria:
- Publicado en BOAM el 25 y 29 de agosto de 2022
- Publicado en BOCM el 26 de agosto de 2022
- Fase 2 Propuesta de resolución provisional
- Publicado en Sede y Madrid.es el 2 de noviembre de 2022
- Fase 3 Propuesta de resolución definitiva
- Publicado en Sede y Madrid.es el 14 de noviermbre de 2022.
- Fase 4: Resolución definitiva
- Publicada en Sede y Madrid.es el 2 de diciembre de 2022
Información complementaria
Documentación que deberá acompañar a la solicitud:
- Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Oficial.
- Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia) debidamente cumplimentado, junto con un certificado bancario en el que se indique el IBAN, el NIF y la razón social titular del mismo.
- Anexo I, “Memoria explicativa del proyecto”, debidamente cumplimentado.
Declaraciones responsables que deberá formular el solicitante
- Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad, agrupación o institución solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad, agrupación o institución solicitante, haciendo constar que no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
- Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos Las referidas declaraciones se suscribirán en la propia solicitud.
Para más información ver bases completas de la convocatoria en información relacionada otros contenidos
Entidad Gestora
Agencia para el Empleo de Madrid