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Autorización de circulación de vehículos en régimen de transporte especial. Solicitud y modificación

Información

Descripción

Este trámite se empleará para solicitar la autorización de la circulación por vías municipales de vehículos especiales o en régimen de transporte especial que, por sus características técnicas o por la carga indivisible que transportan, superen las masas y dimensiones máximas establecidas en el Reglamento General de Vehículos.

La autorización presentará tres modalidades en función de las siguientes características técnicas del vehículo:

TIPOS DE AUTORIZACIÓN:

                                              GENÉRICA              ESPECÍFICA            EXCEPCIONAL

LONGITUD (L)                      20,50 m          20,50 m < L  40 m          L > 40 m

ANCHURA (a)                      a  3,00 m            3,00 m < a  4,50 m        a > 4,50 m

ALTURA (h)                          h  4,00 m            4,00 m < h  4,50 m        h > 4,50 m

MASA (M)                             M  72 Tm            72 Tm < M  110 Tm      M > 110 Tm

 

De igual forma este trámite se podrá emplear para solicitar la modificación de las referidas autorizaciones.

Importe

Tasas para 2025:

  • Por expedición de la autorización: 38,20 euros.
  • Por modificación de la autorización inicialmente concedida: 7,60 euros.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.

  • Presencialmente: en las  Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago

Pago

Se puede pagar la autoliquidación desde el Portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid a través del siguiente enlace: Autorización. Circulación de vehículos en régimen de transporte especial

Documentación

Documentación

Para las solicitudes de autorización y de modificación deberá aportarse la siguiente documentación:

En el caso de vehículos en régimen de transporte de tipo excepcional: croquis fidedigno del vehículo y de la distribución de su carga, con expresión de la masa total, de la masa por eje, de la distancia entre ejes y de las dimensiones máximas incluidas su carga.

En el caso de vehículos de transporte de tipo específico (cualquiera de los dos documentos):

  • Croquis fidedigno del vehículo y de la distribución de su carga, con expresión de la masa total, de la masa por eje, de la distancia entre ejes y de las dimensiones máximas incluidas su carga.
  • Ficha del fabricante (siempre y cuando ésta contenga al menos las magnitudes indicadas para la descripción requerida del croquis).

Justificante de pago de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.

Más Información

Información complementaria

Queda prohibida, salvo autorización especial, la circulación de los siguientes vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías:

  • Aquellos de longitud superior a cinco metros en los que la carga sobresalga dos metros por su parte anterior o tres metros por su parte posterior.
  • Aquellos de longitud inferior a cinco metros en los que la carga sobresalga hasta el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
  • La circulación de camiones y camionetas con trampilla bajada, requerirá de declaración responsable sobre el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
    1. La necesidad de transportar la carga con la trampilla bajada.
    2. Que la carga está anclada de manera segura sin riesgo de caída o desplazamiento y que no sobresale más tres metros por la parte posterior del vehículo.
    3. Que el vehículo circulará con la señalización correspondiente.

Entidad Gestora

Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación

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