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Denuncia contra el fraude o la corrupción

Información

Descripción

Cualquier actuación que implique una mala administración intencionada en el ejercicio de poderes públicos, en beneficio particular de personas físicas o jurídicas y en perjuicio de los intereses generales podrá ser denunciada y, por consiguiente, las actuaciones desarrolladas por autoridades, personal directivo o personal funcionario municipal que pudieran ser constitutivas de fraude o corrupción.

Por fraude se entiende el perjuicio intencionado a los fondos públicos y por corrupción, además de las condiciones señaladas en el fraude, la existencia de un beneficio privado.

Asimismo se pueden denunciar todas las conductas que impliquen incumplimiento de las reglas relativas al conflicto de intereses.

Para cualquier información adicional  se puede acceder a la página web de la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción.

 

¿A quién va dirigido?

Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, podrá presentar denuncias en las que se describan los hechos que se consideran irregulares.

Requisitos

Requisitos

Las denuncias ante la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción podrán ser también anónimas (a través del formulario "Presentación de denuncia ante la Oficinal Municipal contra el Fraude y la Corrupción" o por correo postal).

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea a través de los siguientes enlaces disponibles en el apartado “Tramitar - En Línea”: 
    • Sin certificado: mediante "Presentación de denuncia ante la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción" 
    • Con certificado: a través de Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente:
    • En las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En la oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción (Plaza de la Villa 4, 2ª planta, 28005 Madrid) previa solicitud de cita por teléfono (91 588 75 31).
  • Correo postal: Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción (Plaza de la Villa 4, 2ª planta, 28005 Madrid) 
  • Correo electrónico: oficinacontrafraude@madrid.es

 

 

 

 

 

Documentación

Documentación

Solicitud en formulario, disponible en ‘Tramitar en línea (sin certificado) , haciendo constar los hechos que motivan la denuncia, los argumentos que la fundamentan y la documentación que le sirve de soporte, si se tuviera. 

Más Información

Fundamento legal

Fundamento legal: Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento, en sesión (34/2016) ordinaria, celebrada el día 23 de diciembre de 2016 y se regula por Reglamento Orgánico aprobado en ese mismo Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Madrid (B.O. Ayuntamiento de Madrid de 13 de enero de 2017, número 7824. 

Entidad Gestora

Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción

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