Convocatoria para admisión como usuario del servicio de Madrid International Lab
Información
Descripción
"Madrid International Lab" es un centro ubicado en la calle Bailén, n.º 41, cuyo objetivo es lograr transmitir una imagen innovadora de la ciudad y atraer talento emprendedor e innovador. Se trata de un espacio construido en el siglo XIX para albergar el laboratorio municipal que, pese al transcurso de los años, ha conservado su carácter científico e innovador y ha sabido adaptarse a los tiempos transformándose de forma sucesiva de manera que allí donde había un laboratorio científico hoy encontramos un laboratorio de ideas consagrado a la innovación, a la atracción de talento y a la promoción de la innovación en la ciudad.
Desde el año 2012, el edificio ha puesto a disposición del emprendedor tecnológico un espacio compartido de trabajo en el que recibirá el asesoramiento necesario para poner en marcha su proyecto innovador.
Con la presente convocatoria se pretende simplificar y agilizar la incorporación de proyectos innovadores y tecnológicos a "Madrid International Lab", albergando unos servicios públicos capaces de atraer y retener proyectos orientados hacia la tecnología y la innovación abierta.
El objeto de esta convocatoria es establecer los criterios de admisión como usuario del servicio de Madrid International Lab.
¿A quién va dirigido?
Podrán presentar proyectos y ser admitidos como usuarios:
- las personas físicas que sean promotoras de un proyecto tecnológico o innovador.
- las personas físicas que sean representantes en España o trabajadores de una empresa extranjera de carácter tecnológico o innovador con menos de tres años de actividad en su país de origen, que tengan como proyecto instalarse en Madrid como plataforma para su internacionalización.
- las personas físicas premiadas en concursos de innovación y emprendimiento tecnológico, siempre que el Ayuntamiento de Madrid participe ofreciendo a los ganadores la admisión como usuario en “Madrid International Lab” para el desarrollo de su proyecto.
Siempre que la disponibilidad del servicio lo permita, podrán ser admitidos como usuarios los trabajadores contratados para el desarrollo de proyectos seleccionados.
El número total de usuarios promotores o contratados por proyecto estará comprendido entre 1 y 4.
Requisitos
Requisitos
Estarán excluidos aquellos proyectos que:
- No sean viables técnica y/o económicamente.
- No sean de base tecnológica o innovadora.
- Perjudiquen el medio ambiente o el entorno local.
- Perjudiquen el servicio.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace `Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Presencialmente: en las Oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Plazo: la convocatoria es continua, las solicitudes no están sujetas a plazo, pueden presentarse en cualquier momento a partir del día siguiente a la publicación de la misma.
Documentación
Documentación
Los promotores de un proyecto empresarial que deseen ser admitidos como usuarios de Madrid Startup deberán presentar:
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
- Ficha de proyecto, según el Anexo II de la resolución por la que se aprueba la convocatoria. Disponible en el apartado "Información relacionada".
Más Información
Información complementaria
Con carácter general, el plazo máximo de duración de la admisión como usuario de un proyecto será de seis meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución de la Dirección General de Innovación y Emprendimiento. Excepcionalmente, siempre que la disponibilidad del servicio lo permita, y atendiendo a circunstancias especiales de cada proyecto, la estancia podrá prorrogarse mediante resolución expresa de la Dirección General de Innovación y Emprendimiento, por un máximo de seis meses adicionales.
El plazo máximo de duración de la admisión como usuario de los premiados en un concurso cuyo premio sea la admisión en “Madrid International Lab” será el que figure regulado en las bases del concurso.
Transcurrido el plazo, se extinguirá todo derecho a usar el servicio, sin necesidad de requerimiento y sin derecho indemnizatorio alguno a su favor.
La Dirección General de Innovación y Emprendimiento se reserva la facultad, mediante resolución, de dejar sin efecto la admisión antes del vencimiento del plazo, prorrogado o no, si así lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público.
Más información: consultar bases completas de la convocatoria en "Información relacionada"
Fundamento legal
Resolución de 25 de mayo de 2021 del Director General de Innovación y Emprendimiento por la que se aprueba la convocatoria para la admisión como usuario del servicio de Madrid International Lab.. BOAM nº 8898 de 31 de mayo de 2021.
Entidad Gestora
Dirección General de Innovación y Emprendimiento