Subvención de apoyo al funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero 2021
Convocatoria
Próximamente se publicará nueva convocatoria de ayudas correspondientes al año 2022
Convocatoria de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2021
¿A quién va dirigido?
Asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial, hotelero y hostelero que desarrollen su actividad preferentemente en la ciudad de Madrid
Gastos subvencionables:
- gastos correspondientes al año 2020 realizados por las entidades incluidas en el ámbito de esta convocatoria, relacionados con los siguientes campos:
- Alquiler a precios de mercado de locales expresamente destinados a la gestión de la entidad solicitante.
- Personal contratado a precios de mercado para el desempeño de funciones de dirección, gerencia y administración u otras activiades propias de la entidad solicitante
- Los gastos, para ser valorados, deberán estar identificados y formulados de forma precisa.
Cuantía máxima de las ayudas:
- Será del 75 % de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 25.000 euros por entidad beneficiaria.
- Estas ayudas no serán compatibles con otras subvenciones otrorgadas por el Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo con idéntico objeto, en una cutantí superior al porcentaje señalado en el apartado anterior.
Plazo
08/01/2021 - 01/02/2021Podrán optar a la presente convocatoria, las entidades que reúnan los siguientes requisitos, los cuales deberá mantener al menos durante el ejercicio económico en el que se concede la subvención:
- Que estén formalmente constituidas e inscritas.
- Que tengan su domicilio social en la ciudad de Madrid, y su actividad se circunscriba preferentemente al municipio de Madrid.
- Que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria.
- No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas los titulares de concesión de los mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa.
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- De conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la LPAC, las solicitudes podrán presentarse en los restantes registros electrónicos de las Administraciones Públicas. Cuando la presentación se efectúe en un registro distinto al del Ayuntamiento de Madrid, el solicitante deberá comunicarlo en un plazo máximo de 24 horas (desde dichas presentación o envío), mediante correo electrónico a la siguiente dirección dgcomercio@madrid.es
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Plazo: del 8 de enero al 1 de febrero de 2021 (20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 5, de 7 de enero de 2021, y 5 días adicionales con motivo de la nevada extrema provocada por la borrasca "Filomena", Decretos del Alcalde de 10 de enero de 2021 y 12 de enero de 2021).
- Formulario de solicitud, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico)
- Presupuesto desglosado de los gastos realizados para los que se solicita subvención. Se aportará relación ordenada, numerada y secuencial de los gastos realizados.
- Facturas o justificantes de gastos satisfechos y acreditación del pago de los mismos.
- Escritura o acta fundacional y los estatutos de la entidad solicitante, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
- Acreditación de la autorización para la presentación de la solicitud.
- Declaración firmada por el representante legal de la entidad solicitante, incluyendo relación de empresas asociadas, identificando número de asociados, nombre o razón social, número o código de identificación fiscal y domicilio fiscal.
Tramitación
- Fase 1 convocatoria: aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamieno de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2021. BOAM nº 8800 de fecha 7 de enero de 2021. Ver apartado "Información relacionada".
- Fase 2 propuesta de resolución provisional
- Fase 3 propuesta de resolución definitiva
- Fase 4 resolución definitiva
Información complementaria
- Mas información: Ver bases de la convocatoria en el apartado 'Información relacionada'
Fundamento legal
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (BOCM nº 278, de 22 de noviembre de 2013).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma
- Convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamieno de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2021. BOAM nº. 8800, de 7 de enero de 2021. BOCM nº 5, de 7 de enero de 2021.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Tramitar
Modelos de formularios
Documentación asociada
Información relacionada
- Otros trámites
- Otros contenidos
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BOAM nº 8952/2157 (13/08/2021) - Resolución de 10 de agosto de 2021 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por la que se rectifican errores advertidos en la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» del Decreto de 30 de julio de 2021 del Delegado del Área de Economía, Innovación y Empleo.
el BOAM Resolución de 10 de agosto de 2021, del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, por la que se rectifican errores advertidos en la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» del Decreto de 30 de julio de 2021 del Delegado del Área de Economía, Innovación y Empleo
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BOAM nº 8916/1631 (24/06/2021) - Propuesta Definitiva de Resolución de 21 de junio de 2021 de la Directora General de Comercio y Hostelería, en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondientes al año 2021.
Relación propuestas definitivas de subvención
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BOAM nº 8888/1187 (17/05/2021) - Propuesta Definitiva de Resolución de 12 de mayo de 2021 de la Directora General de Comercio y Hostelería relativa a la convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondientes al año 2021.
Relación propuestas definitivas de subvención
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BOAM nº 8888/1188 (17/05/2021) - Propuesta Provisional de Resolución de 13 de mayo de 2021 de la Directora General de Comercio y Hostelería relativa a la convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondientes al año 2021.
Relación propuestas provisionales de subvención
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BOAM nº 8800/18 (07/01/2021) - Decreto de 28 de diciembre de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2021.
Convocatoria de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2021
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BOAM nº 7053/2251 (22/11/2013) - Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos
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BOAM nº 8952/2157 (13/08/2021) - Resolución de 10 de agosto de 2021 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por la que se rectifican errores advertidos en la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» del Decreto de 30 de julio de 2021 del Delegado del Área de Economía, Innovación y Empleo.