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Premios Consumo Responsable Ciudad de Madrid

Del 01/02/2025 hasta 31/03/2025 Tramitar en línea

Información

Descripción

Convocada la primera edición de los “Premios consumo responsable Ciudad de Madrid”.

Se pretende distinguir a quienes destaquen por su labor a favor del consumo responsable y la defensa de las personas consumidoras, con especial atención a los sectores vulnerables, en la Ciudad de Madrid. Y para ello se establecen tres categorías:

  • Categoría 1: actuaciones empresariales que hayan contribuido a la formación y protección de personas consumidoras, en favor de un consumo responsable.

  • Categoría 2: acciones desarrolladas encaminadas a facilitar la accesibilidad e inclusión de las personas con discapacidad cognitiva, en el conocimiento y disfrute de sus derechos como personas consumidoras.

  • Categoría 3: mejor relato juvenil sobre educación en consumo responsable y derechos de las personas consumidoras. La temática será «Mis derechos como persona consumidora.

 La convocatoria del I Premio Consumo Responsable Ciudad de Madrid concederá los siguientes premios:

  • Para la categoría 1: un primer premio de 12.000 euros y un accésit de 3.000 euros.

  • Para la categoría 2: un primer premio de 12.000 euros y un accésit de 3.000 euros.

  • Para la categoría 3: el primer clasificado recibirá un diploma de reconocimiento al mejor relato juvenil sobre educación en consumo y derechos de las personas consumidoras. Igualmente, se entregará un diploma acreditativo al centro educativo en el que la persona ganadora se encuentre cursando sus estudios.

  Asimismo, el relato formará parte de una antología, que se publicará, en la que se recogerán los 20 mejores relatos de esta edición.

 

 

¿A quién va dirigido?

  • Empresas que desarrollen «buenas prácticas empresariales» dirigidas a lograr y fomentar un consumo responsable en la Ciudad de Madrid. 

  • Asociaciones de personas consumidoras, de personas con discapacidad y otras entidades, ubicadas o con ámbito de actuación en la Ciudad de Madrid, que realicen acciones informativas o adapten espacios con el fin de mejorar la accesibilidad de las personas consumidoras con discapacidad cognitiva. 

  • Escolares que estén matriculados en cualquier centro público, concertado o privado, ubicado en la Ciudad de Madrid, en cualquier curso de Educación Secundaria o Formación Profesional Básica. 

Plazo

01/02/2025 - 31/03/2025

Requisitos

Requisitos

Los requisitos que deberán reunir quienes deseen concurrir a la convocatoria se definen en atención a las distintas categorías:

  • Categoría 1.

Podrán concurrir las empresas que desarrollen «buenas prácticas empresariales» dirigidas a lograr y fomentar un consumo responsable en la Ciudad de Madrid. Deberán disponer de un proyecto de actuación en el que se definan las líneas de acción en este sentido dotado de un procedimiento de evaluación que permita valorar su implantación.

  • Categoría 2.

Podrán concurrir las asociaciones de personas consumidoras, de personas con discapacidad y otras entidades, ubicadas o con ámbito de actuación en la Ciudad de Madrid, que realicen acciones informativas o adapten espacios con el fin de mejorar la accesibilidad de las personas consumidoras con discapacidad cognitiva. Deberán disponer de un proyecto de actuación en el que se definan las líneas de actuación en este sentido dotado de un procedimiento de evaluación que permita valorar su implantación.

Con carácter común para las categorías 1 y 2, aquellos proyectos que no se desarrollen o no tengan incidencia directa en la ciudad de Madrid quedarán excluidos de la convocatoria sin posibilidad de subsanación en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Igualmente, en ambos casos será preciso que las entidades participantes no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. No podrán acceder a la condición de beneficiarios de estos premios aquellas entidades que no se hallen   al corriente del pago de sus obligaciones tributarias y de sus cuotas con la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias con el propio Ayuntamiento de Madrid.

Asimismo, deberán hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Estado, con la Comunidad de Madrid y con el Ayuntamiento de Madrid, y comprometersea comunicar en cualquier momento la existencia de deudas por reintegro de subvenciones. En caso de haberlas recibido, deberán haber presentado en el plazo establecido las justificaciones de otras subvenciones anteriormente percibidas en convocatorias del Ayuntamiento de Madrid.

Los requisitos habrán de cumplirse en todo caso a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

  • Categoría 3.

Podrán concurrir escolares que estén matriculados en cualquier centro público, concertado o privado, ubicado en la Ciudad de Madrid, en cualquier curso de Educación Secundaria o Formación Profesional Básica. La temática será «Mis derechos como persona consumidora».

En caso de ser menores de edad, la presentación se efectuará por el padre, madre o tutor legal de la persona participante.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

   Este formulario deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

  • En linea: accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es, debiendo utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Presencialmente: en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid. También podrá presentarse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 914 800 010 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid.

Documentación

Documentación

Se acompañarán los siguientes documentos:

  • Solicitud conforme con el modelo de la convocatoria, debidamente cumplimentada, tal y como aparezca publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

Para las categorías 1 y 2 será preciso cumplimentar en todo caso las declaraciones responsables comprendidas en su apartado 7.

  • Información administrativa de la entidad solicitante, para las categorías 1 y 2:
  1. Copia de la escritura o acta fundacional y los estatutos, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
  2. Acreditación de la capacidad legal del representante o, en su caso, de la autorización para la presentación de la solicitud.
  • Para las categorías 1 y 2, en caso de no autorizar al Ayuntamiento de Madrid la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado o en las bases de datos municipales, se deberá presentar también:
  1. Alta en el Régimen de Seguridad Social.
  2. Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración estatal, con la Seguridad Social y la Administración del Ayuntamiento de Madrid.
  • Para las categorías 1 y 2, documento "T" de alta de pago por transferencia debidamente cumplimentado, el cual se puede descargar en el portal de internet https://sede.madrid.es, trámite: “Obtención de datos bancarios para pagos por transferencia (documento T)”.
  • Definición de proyectos y relatos.

Para la categoría 1: una presentación en formato pdf que podrá incluir texto, gráficos e imágenes en la que se exponga de forma detallada el proyecto de actuación empresarial que haya contribuido a la formación y protección de personas consumidoras, en favor de un consumo responsable. En dicha presentación deberá indicarse, conforme a lo previsto en la base cinco, el procedimiento de evaluación que permita valorar su implantación y el ámbito de actuación dentro de la Ciudad de Madrid.

Para la categoría 2: una presentación en formato pdf que podrá incluir texto, gráficos e imágenes en la que se exponga de forma detallada el proyecto de acciones informativas o de adaptación de espacios con el fin de mejorar la accesibilidad de las personas consumidoras con discapacidad cognitiva.

En dicha presentación deberá indicarse, conforme a lo previsto en la base cinco, el procedimiento de evaluación que permita valorar su implantación y el ámbito de actuación dentro de la Ciudad de Madrid.

Para la categoría 3: cada alumno participante, en caso de ser menor de edad, deberá tener la autorización expresa de su madre, padre o tutor/a legal para participar en el presente certamen, así como para su aparición en todo el material gráfico y videográfico que se utilice. Dicha autorización, cuyo modelo se presenta como Anexo I "Autorización menores" y será publicado en la sede electrónica, podrá presentarse de manera electrónica o presencial.

 Los trabajos presentados deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. La temática será «Mis derechos como persona consumidora».

  2. Solo se admitirá un trabajo por alumno.

  3.  Los trabajos deben ser inéditos.

  4. En ningún caso contendrán contenidos ofensivos, discriminatorios o violentos; lo que supondrá la descalificación del relato.

  5. Constará de un máximo de 1.500 palabras, con cuerpo de letra: 12 puntos e interlineado: 1,5.

 Igualmente, se deberá adjuntar documento acreditativo de que la persona participante cursa sus estudios en el centro educativo indicado en la solicitud.

Más Información

Tramitación

Consultar las bases en documentación asociada.

Fundamento legal

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículo 22-27.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos55-64.

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión deSubvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 deoctubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-29 y disposición adicional primera.

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

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