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Subvenciones a centros educativos del distrito de Usera para proyectos de complemento y mejora del servicio educativo 2023

Del 12/04/2023 hasta 04/05/2023 Tramitar en línea
Publicada propuesta de resolución

Publicada en la sede electrónica el 6 de junio de 2023 (ver: "Información relacionada. Documentación").

Plazo para presentar la aceptación del 7 al 13 de junio de 2023

Información

Descripción

El Distrito de Usera, a través de su Departamento de Educación, tiene entre sus objetivos prioritarios colaborar y apoyar las medidas que redunden en mejorar la calidad de la respuesta educativa que los centros educativos ofrecen a sus alumnas y alumnos. El fin último, por tanto, de esta convocatoria es colaborar con los citados centros educativos enriqueciendo la calidad de la educación, mediante la implantación de proyectos relacionados con la mejora de la convivencia en la comunidad educativa, las actividades artísticas, tecnológicas, de respeto del medio ambiente, de participación, etc., que ayudarían a compensar los déficits educativos y las carencias que el Distrito de Usera presenta en su población escolar, debido a la alta vulnerabilidad social, cultural y económica de gran parte de la
población.

¿A quién va dirigido?

Centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos a desarrollar durante el curso 2023-2024.

Plazo

12/04/2023 - 04/05/2023

Requisitos

Requisitos

  • Los proyectos propuestos se realizarán durante el curso escolar 2023/2024, es decir, entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de julio de 2024.
  • Los proyectos objeto de subvención podrán abordar alguno de los siguientes aspectos:
    • Convivencia
    • Brecha digital
    • Artes escénicas (taller de teatro, expresión corporal, proyecto de danza…)
    • Artes musicales (aprendizaje musical, coro…)
    • Educación en valores y participación social
    • Atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
    • Nuevas tecnologías
    • Actividades deportivas
    • Actividades complementarias de enriquecimiento para alumnos de alto rendimiento
    • Apoyos complementarios en idiomas y áreas instrumentales básicas
    • Convivencia entre culturas
    • Cuidado del medio ambiente
    • Juegos tradicionales
  • El contenido mínimo de los proyectos se presentará necesariamente en torno a un índice con los siguientes apartados: 

    • Título del proyecto
    • Materias de trabajo
    • Etapa, ciclo, grado o nivel de enseñanza de los alumnos destinatarios
    • Número de participantes, incluyendo profesorado, alumnado y otros miembros de la comunidad educativa. En relación con el profesorado participante se indicará el número, así como su porcentaje con relación al claustro.
    • Objetivos que se pretenden, contenidos, actividades, estrategias metodológicas y
      competencias básicas, en su caso.
    • Diagnóstico o punto de partida e informe de la necesidad de introducir procesos de mejora en los elementos que desarrolla el proyecto.
    • Planificación, en la que se especificarán las fases previstas para su desarrollo y duración de las mismas.
    • Presupuesto, estimado y desglosado, de los gastos que se prevean para la realización del proyecto. Sólo serán tenidos en cuenta los gastos en los que se justifique su relación directa con el proyecto.
    • Criterios y proceso de evaluación previsto.
    • Difusión de las actividades objeto del Proyecto subvencionado

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda. 
  • Plazo: del 12 de abril al 4 de mayo, quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de las Bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid  9361 de 11 de abril de 2023.

Documentación

Documentación

Se presentará una solicitud por cada proyecto, y se aceptará un máximo de dos proyectos por centro educativo. Los proyectos que excedan de este número, atendiendo al número de registro de entrada, se tendrán por no presentados. 

  • Solicitud disponible en el apartado "Tramitar en Línea" y "Modelos de formularios"  
  • Proyecto que se va a realizar, el cual deberá reunir los requisitos indicados en el artículo 5 apartado 2 de las presentes bases.
  • Presupuesto detallado de los gastos que se van a ejecutar y con los que posteriormente se justificará la ayuda concedida, totalizando el importe a que asciende la solicitud de subvención propuesta.
  • Certificado emitido por el Consejo Escolar del centro educativo que acredite el conocimiento del proyecto presentado.
  • El conforme del director o directora del centro educativo con el visto bueno del inspector o inspectora de educación.
  • Compromiso y declaración responsable del representante del Centro Educativo en la que manifieste:
    • Que el Centro que solicita la subvención cumple los requisitos establecidos en las bases reguladoras para acceder a la condición de beneficiario.
    • Que no incurre en alguna de las circunstancias de prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
    • Que se compromete a poner en conocimiento del Distrito otras subvenciones, ayudas o patrocinios que reciban para los mismos proyectos.
    • Que está al corriente de pago en sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, así como de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. Conforme a la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, el Centro Educativo solicitante podrá autorizar al Ayuntamiento de Madrid para que éste obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y Seguridad Social, a través de certificados electrónicos, debiendo en este caso señalar expresamente que autoriza dicha consulta.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria BOAM  9361 de 11 de abril de 2023 
  • Fase 2 propuesta de resolución: Publicada en la sede electrónicia el 6 de junio de 2023.
  • Fase 3 Resolución definitiva:

Información complementaria

Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada- Otros contenidos"  

Fundamento legal

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del título I. Artículos 22-34.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 55-66.
  • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-30

Entidad Gestora

Distrito de Usera del Ayuntamiento de Madrid

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