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Certamen Literario Escolar Tetu y Tuán del distrito de Tetuán 2024

Finalizado plazo de presentación de solicitudes

Información

Descripción

Constituye el objeto de esta convocatoria fomentar el interés por la literatura, las capacidades creativas y el gusto por la lectura de los más jóvenes del distrito.

La temática de los trabajos de la presente edición es "Tetuán, mi distrito".

¿A quién va dirigido?

Podrán participar todos los alumnos matriculados en los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Tetuán que impartan las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de FP Básica y de Grado Medio y Educación Especial.

Los alumnos deberán ser inscritos en el certamen por los responsables de dichos centros educativos (profesores o equipo directivo).

Las categorías están determinadas según los cursos escolares que se adscriben a las mismas, correspondiendo a cada una de ellas una de las modalidades de participación:

  • Categoría Benjamín: 3.º, 4.º, 5.º y 6.º de Primaria. Modalidad Redacción.
  • Categoría Junior: 1.º, 2.º, 3.º y 4.º E.S.O, 1.º y 2.º PMAR. Modalidad Relato Corto.

Requisitos

Requisitos

Podrá presentarse al certamen cualquier alumno matriculado en los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Tetuán que impartan las enseñanzas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, y Educación Especial, en los ciclos y enseñanzas indicados para cada categoría. Los alumnos deberán ser inscritos en el certamen por su profesor de lengua y literatura, o responsable que el centro designe, con la autorización de sus progenitores o tutores legales.

Cada participante deberá tener la autorización expresa de su madre, padre o tutor legal para participar en el presente certamen, así como para su aparición en todo el material gráfico y videográfico que se utilice.

El tratamiento y comprobación por parte de la Administración municipal de los datos relativos al cumplimiento de los requisitos de los participantes requerirá de su autorización expresa, contenida en la solicitud específica.

Los centros deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Deberá haber un responsable, profesor/a o miembro del equipo directivo del Centro, que actuará como interlocutor/a entre la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario de la Junta Municipal de Tetuán y el centro educativo.

  • La capacidad legal de la persona representante de la entidad interesada se acredita a través del certificado electrónico de persona jurídica al presentar la solicitud de inscripción en la Sede Electrónica. En el caso de que el representante del centro firme con un certificado electrónico de persona física en lugar de un certificado de representante legal del centro, deberá adjuntar copia de la documentación que acredite su capacidad jurídica para representar y vincular al centro correspondiente.

  • Los certificados y declaraciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de expedición o emisión. Si hubiesen caducado durante el proceso, el beneficiario deberá presentar una certificación o declaración actualizada a requerimiento del órgano gestor.

No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas o entidades que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Los centros participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos (modificación parcial), aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 31 de mayo de 2017.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Presencialmente: en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de inscripciones será desde el 3 de enero (dia siguiente a la publicación de la convocatoria en el (BOCM número 1 de fecha 2 de enero de 2024) hasta el 31 de enero de 2024.

Documentación

Documentación

Cada centro escolar presentará electrónicamente:

  • Formulario de solicitud disponible en "Tramitar. Registro Electrónico" y "Modelos de formularios".
  • Anexo I. Relación alumnos del centro.

El centro escolar podrá presentar electrónica o presencialmente:

  • Los trabajos de cada alumno participante participante (con el pseudónimo en la cabecera), junto con sus plicas.
  • Anexo II. Autorizacón menores.

La presentación de forma electrónica se hará junto con la solicitud de participación y el Anexo I, en formato pdf.

Los datos que contendrá la plica de cada alumno son: 

  1. Pseudónimo.
  2. Nombre y apellidos del autor.
  3. Dirección postal completa.
  4. Teléfono de contacto y correo electrónico del profesor que lo ha inscrito y de sus progenitores y/o tutores legales.
  5. Centro escolar en el que está matriculado.

La presentación de forma presencial se hará por parte del Centro escolar, dentro del período indicado como plazo de inscripción. 

En este caso, el centro deberá entregar los trabajos originales de cada alumno, por duplicado, junto con el sobre cerrado (plica) de cada participante, de lunes a jueves de 8:30 a 17:00 horas y viernes de 9:30 a 14:00 horas en la siguiente dirección:

JMD Tetuán. Calle Simancas 6, 28029 Madrid. Dirigidos a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

En el exterior de la plica se indicará:

  1.  “Inscripción en el Certamen literario escolar Tetu y Tuán, Modalidad xxx”.
  2. Pseudónimo del autor.
  3. Título de la obra presentada a concurso.
  4. Número de anotación de la instancia de inscripción en el Certamen presentada en registro.

 En el interior de la plica se facilitarán los siguientes datos: 

  1. Nombre y apellidos del autor.
  2. Dirección postal completa.
  3. Teléfono de contacto y correo electrónico del profesor que lo ha inscrito y de sus progenitores y/o tutores legales.
  4. Centro escolar en el que está matriculado.

 La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

Características de los trabajos

La temática de todas las categorías y modalidades en esta edición será "Tetuán, mi distrito".

Solo se admitirá un trabajo por alumno.

Los trabajos han de ser inéditos y originales.

Los centros que presenten sus alumnos al certamen serán los únicos responsables de los contenidos: no está permitido presentar a concurso trabajos que alberguen contenidos ofensivos, discriminatorios o violentos. Se desclasificarán aquellos que no reúnan estas condiciones:

  • Categoría Benjamín (Modalidad Redacción): 3.º, 4.º, 5.º y 6.º de Primaria.

Constará de un máximo de dos folios manuscritos por una cara o elaborado por ordenador, a cuerpo de letra: 12 puntos, e interlineado: 1,5, por una cara. En la redacción se reflejará la visión personal del participante sobre el tema propuesto.

  • Categoría Junior (Modalidad Relato Corto): 1.º, 2.º, 3.º y 4.º ESO, 1.º y 2.º PMAR.

Constará de un máximo de cinco folios por una cara, a cuerpo de letra: 12 puntos, e interlineado: 1,5, por una cara. El trabajo consistirá en la creación de una historia original basada en el tema propuesto.

Más Información

Tramitación

Criterios de valoración

 La puntuación máxima, que será de 10 puntos, se repartirá del siguiente modo:

  • Calidad y técnica literaria. Manejo del recurso literario, estrategias, herramientas. 2 puntos máximo.
  • Utilización del lenguaje (corrección y riqueza del léxico). 2 puntos máximo.
  • Precisión sintáctica y ortográfica. 2 puntos máximo.
  • Estructura de la composición. 2 puntos máximo.
  • Originalidad estilística. 2 puntos máximo.

El Jurado decidirá, colegiadamente, la puntuación que se asigne a cada trabajo, teniendo en cuenta los criterios de valoración. Se adjudicará el premio a aquel participante que obtenga la puntuación más alta. En caso de empate decidirá el voto de calidad del presidente del Jurado.

Información complementaria

Dotación económica y premios

Categoría Benjamín (Modalidad Redacción): 3.º, 4.º, 5.º y 6.º de Primaria.

  • Primer premio: Diploma y Bono Parque Oro para tres personas. Valorado en 600 euros.

  • Segundo premio: Diploma y Bono Parque Plata para tres personas. Valorado en 435 euros.

  • Tercer premio: Diploma y Bono Parque Bronce para tres personas. Valorado en 345 euros.

  • Premio especial para el Centro escolar que más alumnos haya presentado en esa categoría, consistente en 1.000 euros.

Categoría Junior (Modalidad Relato Corto): 1.º, 2.º, 3.º y 4.º ESO, 1.º y 2.º PMAR.

  • Primer premio: Diploma y Bono Parque Oro para tres personas. Valorado en 600 euros.

  • Segundo premio: Diploma y Bono Parque Plata para tres personas. Valorado en 435 euros.

  • Tercer premio: Diploma y Bono Parque Bronce para tres personas. Valorado en 345 euros.

  • Premio especial para el Centro escolar que más alumnos haya presentado en esa categoría, consistente en 1.000 euros.

Los premios serán entregados a los Centros educativos mediante transferencia bancaria. El Centro o Centros en los que cursen sus estudios los alumnos premiados, se encargarán de la gestión, adquisición y entrega de los Bonoparques correspondientes.

Los Centros inscritos deberán aceptar por escrito esta condición; en caso contrario, los alumnos que presenten no serán admitidos al Certamen.

Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el jurado.

En caso de empate, el jurado propondrá repartir el importe de los premios en cantidades iguales entre los centros participantes que hayan presentado el mismo número de alumnos.

El jurado tendrá capacidad de dejar desiertos los premios, dejando constancia en acta de las razones por las que ningún trabajo reúna las condiciones necesarias.

Para más información ver bases completas de la convocatoria en "Información relacionada. Otros contenidos".

Fundamento legal

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 22-27.

  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 55-64.

  • Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-29 y disposición adicional primera.

Entidad Gestora

Distrito de Tetuán

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