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Becas de investigación en museos y fondos documentales 2025

Del 09/04/2025 hasta 07/05/2025 Tramitar en línea
Publicación del decreto de concesión de las becas de investigación

Disponible en "Información relacionada".

Información

Descripción

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de cinco becas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la investigación en materia de museos y fondos documentales, en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid.

Se abordan las siguientes líneas de investigación:

  • Una beca de investigación sobre la difusión de la Arqueología y la Paleontología madrileñas en los años 20 del siglo XX.

  • Una beca para la sistematización y estudio de la colección de escultura del Museo de Historia.

  • Una beca de investigación para el estudio y documentación sobre historia y arquitectura de los mercados municipales madrileños del siglo XX.

  • Una beca de investigación en los fondos documentales del Archivo de Villa y de otros archivos sobre establecimientos vinculados a las Artes Gráficas en el Madrid del siglo XX (1950-1970).

  • Una beca de investigación para el estudio y documentación de nuevas metodologías en el desarrollo de contenidos audiovisuales y de actividades de divulgación e información del Planetario de Madrid.

Las características específicas del proyecto de investigación por desarrollar son las que figuran en el anexo de esta convocatoria.

Si tiene alguna duda sobre la convocatoria, puede dirigirse a la dirección de correo electrónico dmuseos@madrid.es.

Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".

Plazo

09/04/2025 - 07/05/2025

Requisitos

Requisitos

Para poder participar en esta convocatoria los/las solicitantes habrán de reunir los siguientes requisitos: 

a) Ser persona física y tener nacionalidad española o cualquier otra, siempre conforme a lo estipulado en el apartado c).

b) Poseer un título universitario oficial, expedido en el curso académico 2014/2015 o posterior, por una universidad española u homologado por el ministerio competente, según los requisitos específicos de titulación que figuran para cada beca en el anexo de esta convocatoria.

c) En el supuesto de nacionalidad distinta de la española, acreditar un conocimiento suficiente de la lengua castellana equivalente, como mínimo, a un B2 del Marco Común Europeo de referencia. En caso de que, durante la entrevista, la comisión de valoración tenga dudas acerca del cumplimiento de este requisito, podrá solicitar una acreditación documental. 

Cada solicitante sólo podrá presentar una única solicitud. En el caso de superarse este límite, sólo se tendrá en cuenta la primera registrada, considerándose excluidas las restantes.

No podrán ser beneficiarias de estas becas aquellas personas en quienes concurra alguna de las situaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en el artículo 15 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud debidamente cumplimentada en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios", irá dirigida a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, calle Conde Duque 9-11, 28015 Madrid.

  • Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de la presente convocatoria en el BOCM núm 83, de 8 de abril de 2025. Plazo: del 9 de abril al 5 de mayo de 2025. 

Documentación

Documentación

A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación técnica:

  • a) Currículo, con una extensión máxima de tres páginas formato DIN A4. Se especificarán, en este orden: títulos académicos oficiales; cursos, congresos, seminarios y jornadas; publicaciones o comunicaciones sobre temas relacionados con el contenido de la beca, experiencia profesional, prácticas y voluntariados y conocimiento de idiomas de la UE, distintos al inglés y al castellano. Se adjuntarán los certificados o, en su defecto, la justificación documental de los méritos y actividades reseñados. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.

Respecto a los títulos universitarios, se deberá presentar la certificación oficial en la que consten los estudios realizados y finalizados para la obtención del título exigido en la convocatoria para acceder a cada beca, año de inicio y año de finalización, con indicación expresa de la nota media obtenida.  En el caso del resto de los títulos, no será necesario acreditar los títulos oficiales universitarios cuando hayan sido emitidos por una universidad española, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta por el Ayuntamiento.

  • b) Memoria explicativa del proyecto de investigación, que incluirá los siguientes apartados: objetivos y justificación del proyecto, metodología de la investigación y plan de trabajo (con el detalle de las tareas del proyecto y su calendario a lo largo de los cuatro meses previstos de duración de la beca).

Su extensión no será superior a 8 páginas, en formato DIN A4, cuerpo de letra no inferior a 10 ni superior a 12 e interlineado de 1,15 líneas. Si se considera oportuno para la presentación detallada del plan de trabajo, se admite incorporar una página DIN A3, manteniendo en todo caso la extensión máxima establecida.

La memoria de investigación incluirá un Informe de impacto de género en la ejecución del proyecto, referido a la aportación que realiza para contribuir a la igualdad, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 13 de septiembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la aplicación de la transversalidad de género en el Ayuntamiento de Madrid.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 convocatoria: publicación de las bases por las que se regirá la convocatoria pública de las becas de investigación. BOAM núm. 9856, de 8 de abril de 2025. Plazo de presentación de solicitudes desde el 9 de abril al 5 de mayo de 2025. 
  • Fase 2 subsanación: publicación de la resolución de solicitudes admitidas, que tienen defectos que subsanar y excluidas provisionales. Plazo de subsanación del 14 al 28 de mayo de 2025, ambos inclusive.

Información complementaria

Duración y cuantía de las becas:

  • La duración de las becas será de cuatro meses ininterrumpidos, contados desde el primer día natural del mes siguiente al de la publicación en la Sede Electrónica del decreto de concesión.
  • La dotación correspondiente a cada beca es de 6.000 euros en total, a razón de 1.500 euros mensuales. El importe que se conceda se considera bruto, procediéndose, en su caso, a efectuar las retenciones de IRPF y de Seguridad Social que proceda en el momento del pago, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

  • Las becas son directas, indivisibles e intransferibles. Dado su carácter formativo, su disfrute no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre los becarios/as y el Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, las becas no podrán suponer, en ningún caso, el ejercicio de funciones, tareas o competencias correspondientes al personal funcionario o laboral del Ayuntamiento. Su disfrute tampoco tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos, ni servirá como mérito para el acceso a la función pública ni para la adquisición de una relación laboral con ninguna Administración Pública o envidad vinculada o dependiente de ella.

  • El disfrute de las becas es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, siempre que su importe, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, no supere la cuantía total de lo que percibe un becario en todo el periodo.

Características de las becas:

  • Las becas tendrán carácter de investigación. Los trabajos de investigación se desarrollarán en los emplazamientos que para cada tipo de beca se especifica en el anexo de esta convocatoria. La persona beneficiaria de la beca habrá de disponer del equipo informático o del que pueda requerirse en función de los trabajos a realizar. Por su parte, las instituciones a las que se adscriben las becas le facilitarán el acceso a la documentación necesaria para llevar a cabo la investigación.
  • Las personas becarias contarán con el asesoramiento y supervisión de un tutor/a designado/a por la persona titular de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, entre el personal técnico de las instituciones a las que se adscriben las becas.
  • Las investigaciones desarrolladas con las aportaciones derivadas de esta convocatoria no podrán utilizarse con fines comerciales ni publicitarse en nombre de personas o entidades distintas a su autor/a.
  • La investigación realizada con la aportación otorgada por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid será propiedad del/de la autor/a, reservándose el Ayuntamiento de Madrid el derecho de su reproducción o utilización, de conformidad con la legislación de propiedad intelectual vigente. En caso de publicación del trabajo, deberá citarse de forma expresa que éste se realizó en el marco de una beca convocada por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid.
  • El Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte podrá, durante el disfrute de la beca, directamente o por delegación y en cualquier momento, solicitar información sobre el desarrollo del proyecto de investigación.
  • El Ayuntamiento no será en ningún caso responsable del contenido del proyecto de investigación.

Mas información: ver Bases de la convocatoria y anuncios de las resoluciones en "Información relacionada". 

Fundamento legal

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos aprobada por el Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha de 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 276, de 22 de noviembre de 2013.

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.

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