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Solicitud de autorización de transporte escolar y de menores

Información

Descripción

Para una adecuada tramitación del expediente y dado el volumen de documentación a presentar, se recomienda efectuar la solicitud o renovación entre el 1 de julio y el 31 de agosto.

La solicitud o renovación de Transporte escolar y de menores está dirigida:

  • Transporte reiterado de estudiantes, de carácter público o privado complementario, con origen o destino en un centro de enseñanza, cuando la edad de al menos un tercio de los alumnos transportados sea inferior a dieciséis años, referida ésta al comienzo del curso escolar.
  • Transporte escolar el que se realice en el ámbito de servicios regulares de uso general, cuando al menos la mitad de las plazas del vehículo estén reservadas al transporte de alumnos menores de dieciséis años, con origen o destino en el centro escolar.

Para la prestación del servicio de transporte regular urbano de uso especial para transporte escolar y de menores siempre que se realice íntegramente dentro del término municipal de la ciudad de Madrid, será necesario estar en posesión de la correspondiente autorización municipal.

Se considera el 1 de septiembre como comienzo del curso escolar

La autorización tendrá validez para un solo curso escolar, debiendo ser renovada a la finalización de éste. Las autorizaciones se renovarán anualmente.

Información relevante

El tiempo máximo deberá ser inferior a una hora por cada sentido del viaje. 

El Ayuntamiento de Madrid facilitará un distintivo a los vehículos autorizados, que deberán llevar mientras presten servicio, adherido al cristal delantero del vehículo, en lugar visible.

Asimismo, en dicho cristal delantero deberán llevar un cartel, cuyas dimensiones mínimas serán de 0,50 x 0,30 centímetros, en el que se especifique el nombre del centro escolar y el número de ruta.

La autorización impresa, que contenga código seguro de verificación, deberá llevarse en el vehículo durante la prestación del servicio, debiendo ser exhibida a requerimiento de los agentes de la autoridad.

La autorización de transporte escolar no se otorgará por un plazo de duración superior al pactado en el contrato del centro escolar con la empresa transportista.

Las autorizaciones tendrán validez por el tiempo determinado en la propia autorización. La autorización perderá su validez si no se mantiene renovada y en vigor la documentación presentada para su solicitud.

¿A quién va dirigido?

Personas físicas y jurídicas titulares por cualquier título válido en derecho, de vehículos con autorización de transporte discrecional dedicados a la realización de transporte regular de uso especial.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Documentación

Documentación

Nueva ruta:

Documentación y/o información general: 

  • Representación legal de la empresa.

En caso de que el contrato haya sido adjudicado a favor de una unión temporal de empresas, la solicitud deberá ser presentada por el representante de dicha UTE.

La representación legal de la empresa se acreditará mediante copia de la correspondiente escritura pública de otorgamiento de poderes o de nombramiento de cargo o administrador. En el caso de actuación por persona distinta del representante legal de la empresa o del interesado, se presentará una autorización firmada por el representante legal de la empresa o del interesado en la que conste nombre, apellidos y DNI/NIF del autorizante y de la persona autorizada.

  • Contrato o certificación expedida por la entidad contratante y la empresa transportista, acreditativa de los itinerarios y paradas que se solicitan, duración del transporte, horarios de su realización y duración del contrato.

  • Habilitación o autorización para el transporte de viajeros en autobús.

  • Compromisos de cumplimiento de los requisitos de protección a infancia y adolescencia:

    • Declaración negativa de delitos sexuales: “Declaro ante la administración el compromiso expreso de exigir y comprobar durante la vigencia de la autorización de transporte de menores que se me otorgue para el presente curs, que los conductores y acompañantes en contacto habitual con menores cumplen el requisito previsto en el ar􀆡culo 57.1 de la ley orgánica 8/2021”.
    • Si la ruta no requiere acompañante: “Declaro que la ruta no requiere acompañante porque más del 50% de los escolares a transportar son mayores de 12 años y no se transportan alumnos de un centro de educación especial”.

 Documentación sobre la ruta:

  • Plano del itinerario consuficiente grado de detallecon el sentido de circulación y la ubicación de las paradas.

Documentacón por vehículo:

  • Permiso de Circulación del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo, acreditativa de haber pasado las inspecciones reglamentarias y cumplir los requisitos exigidos por la normativa estatal o autonómica de aplicación, para la realización del transporte regular de uso especial.

  • Para vehículos que al inicio del curso escolar tengan entre 10 y 16 años de antiguedad:  habilitación o autorización regular de uso especial del curso anterior, o bien certificado de desguace y habilitación o autorización regular de uso especial del curso anterior, correspondientes a otro vehículo.

  • Póliza del seguro que cubra, conforme al importe establecido en la normativa en vigor aplicable, la responsabilidad civil ilimitada por los daños que puedan sufrir los ocupantes de los vehículos en los que se realiza el transporte. Y último recibo al corriente de pago, correspondiente a la póliza referida. Ambos documentos podrán ser sustituidos por un certificado de la compañía de seguros que acredite el cumplimiento de sendos requisitos, en el que consten las matrículas de los vehículos, el tipo de seguro y la vigencia y pago del mismo.

  • En caso de colaboración entre transportistas: nombre de la empresa colaboradora, matrícula del vehículo/s, con la documentación señalada en los apartados anteriores y contrato de colaboración entre ambas empresas.

Renovación de ruta:

Las autorizaciones se renovarán anualmente.

Se entiende como renovación de autorización del transporte escolar, aquella en la que no varían las condiciones de la ruta en ninguna de sus parámetros.

Para la renovación se presentará la documentación arriba indicada, excepto el plano del itinerario y la información relativa a la ruta (como paradas y tiempos).

Observación: En el caso en el que varíe alguno de los parámetros se tratará como una nueva ruta.

Más Información

Tramitación

  • Presentación de la solicitud con la documentación pertinente.
  • Proceso de evaluación, estudio de la solicitud y documentación aportada, y consulta de información a otros organismos.
  • Proceso de subsanación: En el caso de que la información no sea completa se realizará un requerimiento de subsanación a través del Sistema de Gestión de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas y Postales del Ayuntamiento de Madrid, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles mediante la aportación de la documentación indicada a través del Registro electrónico.
  • Resolución del procedimiento, con expedición en su caso, de la correspondiente autorización y distintivo a los vehículos autorizados, a través del Sistema de Gestión de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas y Postales del Ayuntamiento de Madrid.
  • En el presente procedimiento el efecto del silencio será de carácter negativo o desestimatorio de la solicitud.

Fundamento legal

  • Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.

  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

  • Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018. Artículos 153 a 156.

Entidad Gestora

Dirección General de Planificación e Infraestructuras de la Movilidad. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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